El exalcalde y exdiputado de Palermo, Helber Yesid Pinzón Saavedra, fue condenado a 206 meses de prisión y una multa superior de 4.600 millones de pesos. “(…) defraudó a la ciudadanía de Palermo entregando los lotes “a precio de huevo”, como lo refirió el Fiscal”, dijo la juez de conocimiento. El exmandatario se encuentra huyendo de la justicia.
Rafael Rodríguez C.
Un trámite amañando para enajenar dos lotes y favorecer a un privado, fue la ‘jugadita’ del entonces alcalde del municipio de Palermo, Helber Yesid Pinzón Saavedra, a 15 días de terminar su periodo en el 2011.
La maniobra del entonces mandatario, hoy prófugo de la justicia, fue probada con testimonios y documentos, que llevaron a que fuera condenado a 17 años y 2 meses de prisión por la Juez Primera Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento.
“Helber Yesid Pinzón Saavedra, fue quien interesado en el negocio de la venta de los inmuebles, motivo al Concejo Municipal de Palermo ad portas de finalizar su periodo como alcalde, para la enajenación de unos lotes justificando su poco uso o inutilidad pero con intenciones non sancta en un proceso de contratación pública de selección abreviada amañando…con fines de favorecer finalmente la adquisición a favor de la Sociedad Villegas”, dijo la operadora judicial.
El enredo de los lotes
Pinzón Saavedra, ingeniero electrónico y conocido entre sus amigos como ‘Chepe’, fue acusado por la venta irregular de dos lotes ubicados en el predio La Fuente en la inspección o zona industrial de Amborco, en diciembre de 2011. “La presunta comisión de los delitos se configuran por la adjudicación de los lotes de terreno por un menor precio al valor comercial y por un área menor a la real…”, dijo en la acusación el Jhon Alexander Gallego Arboleda, fiscal 25 adscrito a la Unidad Nacional Contra la Corrupción en la ciudad de Bogotá.
Según la Fiscalía el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales se configuró en la medida que como alcalde, Pinzón Saavedra, tramitó un contrato de compraventa sin el acatamiento de los requisitos legales esenciales. “No tuvo en cuenta los principios de planeación, publicidad y transparencia en la contratación exigidos para el correcto funcionamiento de la administración pública”.
Agregó el ente acusador que el mandatario, para el periodo 2008-2011, obtuvo autorización del Concejo de Palermo para celebrar el contrato de compraventa de los bienes inmuebles de propiedad del Municipio ubicados en la zona industrial del corredor suburbano.
El alcalde Pinzón Saavedra en la petición de la autorización señaló que el interés de vender los lotes era para continuar el desarrollo industrial del sector a raíz de “la existencia de una propuesta de adquisición de los dos lotes de terreno de propiedad del Municipio, para generar industria y proyectos complementarios a la misma”.
Sostuvo el mandatario que la venta de los terrenos es la oportunidad para “seguir contribuyendo con el desarrollo de la zona industrial y desarrollo complementario de la misma para consolidar aún más la inversión en el sector y acceder a mayores recursos”.
La venta de los dos lotes en una zona estratégica para el municipio fue calificada por el ente acusador como sospechosa al realizarse en menos de dos semanas para culminar su periodo como alcalde. “El panorama y la intención de la venta se torna difuso”.
Señaló el fiscal que la elaboración de los estudios, diseños, proyectos requeridos y los pliegos de condiciones están ausentes en el proceso liderado por el entonces mandatario lo que conlleva al incumplimiento de los requisitos necesarios en el contrato. “No cabe duda que en el escenario del trámite (previo) del contrato, no se estructuró de forma adecuada puesto que la necesidad de la administración en vender no encuentra respaldo jurídico, técnico, financiero, de oportunidad, ni mucho menos de conveniencia”.
Los vendió a menor precio
Recordó el ente acusador que los lotes fueron adquiridos por el municipio de Palermo por 671.250.000 millones de pesos el 18 de abril de 1997, por el entonces alcalde José Reynel Cerquera Perdomo con aprobación del Concejo. “El alcalde de la época compró los predios necesarios para la creación del Parque Industrial Palermo futura zona franca. Igualmente para realizar las ventas una vez adquiridos los predios delimitando sus puntos geográficos”.
Los predios el Municipio los compró con un crédito con el entonces Banco Cafetero por un plazo de cinco años y con un interés de plazo DTF + 5 puntos de T.A. y que tenía como garantía de pago la pignoración a favor del banco, de las rentas provenientes de las regalías de la explotación de hidrocarburos que le debía cancelar Ecopetrol al Municipio.
Sostuvo el fiscal que la venta de los lotes por parte de Pinzón Saavedra obedeció a un interés de un particular en adquirirlos y no a una selección de contratista por parte de la administración municipal. “No se evidencia que la venta de los lotes sea fruto de una selección de contratistas, o de una tarea programada y preconcebida. Todo lo contrario, fue la manifestación de un contratista para luego convocar al Concejo a la aprobación de un proceso de contratación que entre otras es apresurado pues se llevó a cabo en 12 días”.
Para la Fiscalía hubo un “actuar desbordado” del exalcalde a fin de favorecer a un tercero para la adquisición de los dos lotes por 551.416.400 millones de pesos, el 26 de diciembre de 2011. “La extensión del área adquirida fue de 11 hectáreas, sin embargo el área real del terreno corresponde a 17 hectáreas, fue incluso corregida la extensión por parte del nuevo adquiriente”.
Más irregularidades
El fiscal señaló que además se presentaron otras irregularidades por parte del exalcalde Pinzón Saavedra, al omitir la obligación del avalúo comercial como lo había señalado el Concejo en la aprobación de la venta.
“La administración municipal para proceder a la venta del bien inmueble realizará previamente el correspondiente avalúo comercial debidamente elaborado por el Instituto geográfico Agustín Codazzi o por una persona natural o jurídica de carácter privado, que se encuentre registrada en el Registro Nacional de Evaluadores”, indica el artículo 3 del Acuerdo 069 de 2011 con el que el Concejo autorizó al Alcalde para la venta de los lotes.
El delegado fiscal indicó que el exalcalde en su “premura” para contratar el respectivo avalúo, omitió su obligación de obtener el avalúo comercial y presentó en el proceso dos avalúos elaborados por la Lonja Profesionales Avaluadores (Lonpa) que “no fueron ni contratados, ni pagados por el Municipio…”.
Precisó que para el año 2011 el Municipio solo celebró dos contratos con Lonpa, uno fue el 7 de marzo de 2011 y otro el 1 de agosto de 2011 que no incluían la elaboración de avalúos comerciales de los lotes vendidos en diciembre de 2011.
“La omisión de la entidad en el avalúo, se traduce en el incumplimiento tanto de lo ordenado por el Concejo, como por el Decreto No 4444 de 2008, situación que empeora la precaria planeación, pues no existe un elemento que permitiese conocer las condiciones reales del predio y su respectivo precio”, explicó el fiscal.
“Estudios previo amañados”
La juez en el sentido de fallo contra Helber Yesid Pinzón, manifestó que se probó más allá de duda razonable y frente a la materialidad de la conducta que el exalcalde Helber Yesid Pinzón, se interesó en favorecer a la sociedad Villegas en la venta de los lotes.
Precisó la operadora judicial que la Fiscalía ha acreditado que la sociedad días antes de la publicación de pliegos definitivos el 21 de diciembre de 2011, había consignado 200 millones de pesos a las 3:30 de la tarde. “Es decir con antelación a la publicación de los pliegos de condiciones definitivas que se hace sobre las 4:30 horas, con un porcentaje superior al equivalente de 36,27% más del requerido para la postura que era del 27%”.
Sostuvo que se demostró que se hizo una venta por menor valor al de compra, con un avalúo “amañado”, ya que se había hecho cuatro meses antes que se realizara la solicitud de venta de los lotes, en agosto de 2011, y se presentó en el 9 de diciembre. “Le cambiaron la fecha, lo que le permite al despacho (juzgado) inferir que está acreditada la materialidad del interés indebido en la celebración de contrato por parte del alcalde Helber Yesid Pinzón, defraudó a la comunidad palermuna”.
Aseguró la juez que fue clara la falta de rigor y responsabilidad por el precio irreal, probándose así la responsabilidad de Pinzón Saavedra en el delito de interés indebido en la celebración de contrato. “Fue quien permitió que se ejecutara el peculado, por el menor valor en la venta de los lotes, por las irregularidades en el trámite de contratación…”.
Precisó que entre el 15 y 16 de diciembre de 2011, Pinzón Saavedra en su condición de Alcalde de Palermo, 2008-2011, adelantó, gestionó y adjudicó, a través de un proceso de selección abreviada la venta de los dos lotes del municipio. “No se observaron los requisitos legales esenciales, no se tuvo en cuenta los principios de planeación, publicidad y transparencia”.
La condena
La juez de conocimiento señaló en la sentencia que es “claro” que el avaluó desconoce la misma Escritura Pública 190 del 18 de abril de 1997, por valor de $671.500.000 por 13 ha con un costo de $.5000 metro cuadrado para tenerse como base de estimación real del predio, “menos cuando el citado avaluó no dice porque no atiende el precio de compra y dada las condiciones encontradas en el predio”.
Agregó que con escritura pública 615 del año 2007, se vende en avaluó de la misma Lonja Lonpa por un valor de $153.000.000 de pesos es decir a $10.522 metro cuadrado, “que desdicen de la seriedad con que se adelantó el actual dictamen avaluatorio soporte de la negociación y lo plasmado en los estudios previos, que favoreció injustificadamente a un tercero particular Sociedad Villegas”.
Sostuvo la operadora judicial que el precio de venta pactado entre el alcalde Yesid Pinzón la Sociedad Villegas, desconoció la cuantía real del predio, las condiciones de favorabilidad y proyección de la zona y que fue estimado en $5.191.637.064. “Es decir con un detrimento de $4.640.220.664 pesos, de los cuales se apropiaron a favor del vendedor de los bienes del Estado-Municipio de Palermo”.
Indicó la togada que Pinzón Saavedra fue Pinzón Saavedra, quien firmó la escritura pública de venta, además, fue quien gestionó, tramitó y adjudicó la venta de los lotes a la Sociedad Villegas “…es quien defraudó a la ciudadanía de Palermo entregando los lotes “a precio de huevo”, como lo refirió el Fiscal”.
Las pruebas permitieron establecer que el entonces alcalde Pinzón Saavedra, vulneró el principio de planeación, requisito esencial que rige la contratación pública. “En un claro actuar negligente y espontaneo, desatendiendo los deberes que impone su investidura como servidor público…”, manifestó la juez de conocimiento.
Precisó que el acusado se apartó de sus deberes “voluntariamente”, procediendo a tramitar la Selección Abreviada No. 008 de 2011, sin asegurarse que los documentos aportados para la elaboración de los estudios previos, habían sido obtenidos sin el cumplimiento de los requisitos legales y con el fin de perfeccionar el peculado por apropiación a favor de terceros. “Pasando por alto los principios de planeación, transparencia y moralidad”.
La juez señaló que Helber Yesid Pinzón Saavedra es coautor responsable de los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros agravado e interés indebido en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
La operadora judicial lo condenó a 17 años y 2 meses de prisión, además de una multa de e $4.640.220.664 más 80 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La sentencia en primera instancia fue apelada por la Fiscalía y la defensa de Pinzón Saavedra.