Los excomandantes de la Novena Brigada del Ejército con sede en Neiva, Jaime Lasprilla, Miguel Ernesto Pérez Guarnizo y William Pérez Laiseca, deberán responder por 192 ‘falsos positivos’ en el Huila. Junto a ellos, otros 32 militares fueron imputados por la JEP. El tribunal hace duros cuestionamientos y advierte que la amenaza de las Farc fue “sobredimensionada”.
Tres excomandantes de la Novena Brigada del Ejército con sede en Neiva y 32 militares más retirados o activos deberán responder por la ocurrencia de 192 ejecuciones extrajudiciales o ‘falsos positivos’ en el Huila entre los años de 2005 y 2008.
Los uniformados fueron imputados por la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, por crímenes de guerra y de lesa humanidad.
El anuncio de la trascendental decisión la hizo ayer el propio tribunal, tras determinar que 192 de las 264 muertes reportadas por las unidades militares adscritas a la Novena Brigada en esa época fueron en realidad homicidios cometidos contra personas fuera de combate.
La imputación de la JEP contra los excomandantes Jaime Lasprilla, Miguel Ernesto Pérez Guarnizo y William Fernando Pérez Laiseca y demás uniformados está consignada en el “Auto de Determinación de Hechos y Conductas del Subcaso Huila”.
Los militares activos y retirados que fueron imputados pertenecieron al Batallón de Infantería No. 26 ‘Cacique Pigoanza’ (BIPIG), al Batallón de Infantería No. 27 ‘Magdalena’ (BIMAG), a la Agrupación de Fuerzas Especiales Urbanas No. 11 (AFEUR 11) y a la Novena Brigada.
Los antiguos comandantes de la Novena Brigada deberán responder a título de “máximos responsables” por 192 asesinados presentados ilegítimamente como bajas en combate, 32 de los cuales “fueron víctimas de desaparición forzada, además de ocho tentativas de homicidio documentadas por la Sala de Reconocimiento de Verdad, crímenes que fueron perpetrados por integrantes del Ejército Nacional que operaron en el Huila”.
“Operaciones irregulares”
Si bien el ‘fantasma’ de las ejecuciones extrajudiciales ha atormentado a los excomandantes de la Novena Brigada, ninguno de ellos había sido afectado formalmente por algún tipo de medida judicial. Prueba de ello, es que escalaron al interior del Ejército. Miguel Ernesto Pérez alcanzó el grado de mayor general y William Pérez Laiseca el de brigadier general, mientras que Jaime Lasprilla fue general y llegó a ser comandante del Ejército Nacional.
Lasprilla Villamizar, quien era conocido en las filas militares como ‘La Máquina’, fue cuestionado alguna vez por uno de estos casos y, en tono airado, reconoció que “el Ejército no tenía ángeles ni arcángeles”. Incluso, trató de imponerle un veto a la emisora Hj doble K que lo cuestionaba por las acciones de sus hombres.
A los excomandantes, la Sala de Reconocimiento de la JEP, en la imputación, les dice que “debían proteger los bienes jurídicos de la población, controlar efectivamente a sus subordinados y, a pesar de contar con medidas razonables a su alcance para hacerlo, incumplieron sus obligaciones constitucionales. Desde el mando que ocuparon fueron permisivos, laxos en los controles y no ejercieron sus competencias de prevención, investigación y sanción. Esto facilitó la difusión, permanencia y encubrimiento de los crímenes. Sus omisiones contribuyeron a la consolidación de los tres patrones macrocriminales documentados en el Subcaso Huila, una de las seis zonas priorizadas en la investigación”.
Y agrega: “Las actuaciones de los tres altos oficiales transmitieron la percepción que desde la Novena Brigada se permitía el lanzamiento irregular de operaciones para perpetrar homicidios bajo la modalidad de combate simulado y, con ello, que era posible acudir al pago irregular de recompensas para financiarlos. Las presiones se dieron en un contexto de estricta jerarquía militar, falta de un control efectivo y la imposición de las muertes en combate como único indicador de éxito militar”.
Los señalamientos
Para la Sala de Reconocimiento de la JEP, los ‘falsos positivos’ cometidos en el Huila fueron perpetrados “como parte de una ataque generalizado y sistemático contra la población civil, y vulneraron las normas del Derecho Internacional Humanitario”.
Según la investigación del tribunal, “entre el 2005 y 2008 ocurrieron la mayor cantidad de hechos victimizantes documentados por la JEP en el Huila. Este aumento coincide con el incremento de casos de asesinatos y desapariciones forzadas perpetrados por integrantes de la fuerza pública, tal como se ha observado en otras regiones del país”.
En el auto se indica que “se desplegó una estrategia de guerra en la que se privilegiaron las muertes sobre cualquier otro resultado operacional concreto o inmaterial. Como consecuencia, se presionó a las tropas o se les incentivó, positiva o negativamente, para que presentaran bajas en combate”.
Para la imputación contra los excomandantes de la Novena Brigada y demás uniformados, la Sala de la JEP dijo haberse basado en 7 informes aportados por entidades estatales, organizaciones de víctimas y defensoras de derechos humanos.
También reportó haber recopilado 129 versiones de integrantes de la fuerza pública ante la JEP. De ellos, 80 son comparecientes voluntarios y 49 forzosos. Además, 7 testimonios practicados a terceros. Así mismo, más de 100.000 folios de expedientes digitales que fueron obtenidos mediante inspecciones judiciales a las unidades militares priorizadas, así como 65 procesos de la Justicia Penal Ordinaria y la Justicia Penal Militar.
Los investigadores de la JEP accedieron a los archivos de la Novena Brigada y de allí tomaron los “libros de programas operacionales, misiones tácticas, actas de pago de recompensas y de levantamiento de cadáveres, órdenes del día, radiogramas operacionales y las carpetas oficiales de cada una de las supuestas bajas en combate”.
¿Patrones criminales?
La Sala de Reconocimiento de la JEP informó ayer haber descubierto tres patrones criminales al interior de la Novena Brigada del Ejército con sede en Neiva.
Uno de ellos, según el tribunal, fue el de “estigmatización de víctimas mediante señalamientos arbitrarios de pertenecer a un grupo armado. La preparación, ejecución y encubrimiento evidencian un alto nivel de planificación. Se buscaba lograr la percepción de ‘debilitamiento del enemigo’ y se alegaba debilidad institucional para la judicialización de los supuestos colaboradores de los grupos armados”.
Y pone como ejemplo el caso de Juan Cristóbal Alvarado, quien fue asesinado el 14 de diciembre de 2005 en el municipio de Algeciras frente a su hijo de 5 años. Al ciudadano le implantaron un arma corta que había sido incautada y no reportada, los militares se repartieron un poco más de 100 mil pesos que le encontraron en los bolsillos de la víctima y ellos mismos hicieron el levantamiento del cadáver.
El segundo patrón, según la JEP, fue el de engaño de personas aprovechando sus condiciones de vulnerabilidad. “Las víctimas no eran consideradas integrantes o afines al enemigo, sino que eran atraídas o reclutadas por miembros de la tropa o por civiles que, por contraprestaciones económicas, las convencían bajo engaño para ser trasladadas desde zonas como Garzón, Pitalito o Neiva a sitios donde terminaban siendo asesinadas. En su mayoría era personas vulnerables por circunstancias económicas, de desplazamiento, sin domicilio fijo, o habitantes de calle, con consumo problemático de sustancias, lo que hacía menos probable los cuestionamientos e investigaciones sobre los mismos”.
La JEP agrega que “así sucedió con los homicidios y desapariciones forzadas de Miller Andrés Blandón Álvarez, Juan Diego Martínez y Álvaro Hernando Ramírez, en julio de 2008. Las tres víctimas fueron contactadas y trasladadas de Neiva a Pitalito. Según revelaron los responsables, los crímenes fueron perpetraron después de que soldados del BIMAG se hicieron pasar por finqueros que buscaban mano de obra para recoger café. En el caso de Blandón Álvarez, el crimen trascendió, porque la víctima era conocida como ‘la estatua humana’. Todos los días se paraba, pintado de blanco, en frente del Palacio de Justicia de Neiva”.
El tercer y último patrón criminal que dice haber identificado la JEP es el de realización de acciones contra supuesta delincuencia común y/o milicias de las Farc en contravía de los lineamientos del DIH, del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y de la doctrina militar. Según el tribunal, “estas operaciones se originaban en falsas denuncias e informaciones sobre supuestas actividades de la delincuencia común y/o milicianos. En algunas oportunidades, integrantes de las unidades militares realizaban directamente acciones delincuenciales que luego eran denunciadas por la comunidad y a las que esas mismas unidades respondían asesinando a civiles señalados falsamente de ser los responsables”.
“Repliegue guerrillero”
En la imputación a los militares activos o retirados, la JEP expone algo inquietante: para antes del año 2005 las amenazas y los riesgos que representaban las Farc en el Huila ya no eran tan altos. Y advierte lo siguiente: “esto se debía a que las estructuras guerrilleras se habían replegado, a raíz de la ofensiva desplegada por el Ejército Nacional. Según declararon miembros de la fuerza pública que hacían patrullajes y retenes, el departamento presentaba condiciones de relativa tranquilidad. Esa lectura contrasta con el orden público delicado que expusieron ante la JEP los oficiales de alto rango”.
La JEP cuestiona duramente que las operaciones desplegadas por los militares huilenses “no buscaban propinar grandes golpes o internarse en zonas apartadas y montañosas, donde se concentraba la mayor presencia de la guerrilla, sino que buscaban mantener el control en las zonas planas y las estribaciones de las cordilleras, en las que era muy baja la posibilidad de producir resultados operacionales mediante combates reales”.
Advierte, por ejemplo, que en el caso del Batallón Pigoanza con sede en Garzón “alrededor del 90% de las muertes cuestionadas se concentra en la parte de ladera, entre los 1.000 a 2.000 metros de altura, lejos de las zonas campamentarias de la extinta guerrilla que se hallaba a alturas superiores a los 3.000 metros, con excepción de uno que aparece a los 1.800”.
La JEP concluye además que “aunque los riesgos asociados a la presencia de milicias eran reales, esta amenaza fue sobredimensionada, al menos en el centro y el sur de Huila. En ese contexto se produjo el aumento de las presiones por resultados”.
Lo que viene
Tras ser notificados, los 35 imputados tienen 30 días hábiles para reconocer los hechos y su responsabilidad o rechazarlas. Por su parte, las víctimas acreditadas y el Ministerio Público tienen el mismo plazo para presentar sus observaciones frente a lo determinado en el auto.
Una vez venza el tiempo, la JEP decidirá si fija una fecha para una Audiencia Pública de Reconocimiento de Verdad, al considerar que hay reconocimiento y aporte a la verdad plena. Esta audiencia o audiencias serán preparadas y desarrolladas con participación de las víctimas. Si los comparecientes niegan su responsabilidad, se remitirá el caso a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP.
Los imputados
Además de los excomandantes de la Novena Brigada, la JEP imputó a los excomandantes del Batallón Magdalena con sede en Pitalito, Édgar Alberto Rodríguez Sánchez y Marcos Evangelista Pinto Lizarazo, quienes alcanzaron a ser mayores generales.
También fueron imputados 14 antiguos integrantes del Batallón Cacique Pigoanza: el coronel (r) Carlos Yair Salamanca Robles; los tenientes coroneles (r) Orlando Pico Rivera, Ricardo Andrés López García, Luis Carlos Aguilera Quintero, Domingo Peña Cepeda, Jair Arias Sánchez y los coroneles activos Alejandro León Campos y Faiver Coronado Camero; los capitanes (r) Jesús Mauricio Jiménez Botina y Miller Damián Forero Cruz; el sargento viceprimero (r) Jhon Esteban Urueta Ballesteros y los soldados profesionales (r) Luis Rodolfo Mulcué Sanza, Willinton Espinosa Baquero y Roberto Yesid Quintero Quintero.
Así mismo, deberán responder 14 antiguos integrantes del Batallón Magdalena. Entre ellos, los tenientes coroneles (r) Mario Hernán Duarte Méndez y Ómar Oswaldo Ojeda Oliva; los mayores (r) Francisco Adrián Álvarez Calderón y Ángel Fernando Carvajal Rojas, además de dos mayores activos, Félix Juan Carlos Araque Leal y Julián Andrés Calderón Motta; el capitán (r) Carlos Mahecha Bernal; el sargento viceprimero (r) Desaix de Jesús Palomino Mejía; el sargento primero (r) Fernando Riveros Sarmiento; los sargentos segundos (r) William Andrés Capera Vargas y Carlos Rodríguez Vera; el cabo primero (r) José Roldán López Cerón y los soldados profesionales José Yaty Anacona Bueno y Francisco Javier Castañeda Alfaro.
Además, fueron imputados dos integrantes de las Fuerzas Especiales Urbanas No. 11: el teniente coronel (r) Leonardo Ayala Remolina y el mayor (r) Felipe Andrés Ramírez Gómez.