Daciones en pago, un negocio redondo

Así disfrazaba Gorky Muñoz el canje de tierras por pago de impuestos de mínima cuantía. Una ‘jugadita’ para ocultar una verdadera compra-venta, hoy en el radar de la Fiscalía. Juez suspendió los efectos jurídicos de estas transacciones.

RICARDO AREIZA

Investigacioneshuila@gmail.com

Las daciones en pago, utilizadas irregularmente por el exalcalde de Neiva Gorky Muñoz Calderón para canjear bienes por impuestos terminaron convertidas en una simulada compraventa de terrenos, violando expresamente el estatuto tributario, el régimen de contratación estatal y posiblemente el código penal.

Aunque usted no lo crea, la figura de las daciones en pago, permitía canjear deudas futuras o inexistentes sin ningún soporte y curiosamente el Municipio terminaba ‘empeñado’ a los grandes propietarios.

La ‘jugadita’ era sencilla. Los dueños ofrecían predios, algunos con sobrecostos para pagar impuestos de mínima cuantía o incluso tributos inexistentes. Pero el municipio, al aprobar el negocio, descontaba el valor del impuesto y se comprometía a cancelar los cuantiosos saldos. Negocio redondo.

La figura, ilegalmente aplicada antes de culminar su gobierno terminó favoreciendo a grandes contribuyentes, que entregaron a última hora bienes, incluso algunos de propiedad del municipio, con mayores avalúos.

La precipitada aplicación de este mecanismo excepcional, tendrá efectos fiscales perversos. Según la administración municipal, estas transacciones, impedirán que este año el municipio pueda percibir cerca 13.343 millones de pesos, recursos que no le ingresarían en la vigencia fiscal 2024 y que por ley deben destinarse para atender los programas de inversión social.

Las múltiples transacciones realizadas en las últimas semanas de su gobierno, hoy quedaron en el aire.

Predio 2 en la carrera 2 línea férrea con Calle 64.

El origen

Con el sol a sus espaldas, el alcalde Gorky Muñoz, cuatro meses antes de terminar su gobierno, reglamentó la figura excepcional (Decreto 0758 de 2023) soportado en el Acuerdo 028 del 13 de diciembre del 2018.

Los ‘micos’ desvirtuaron la aplicación de la figura en casos excepcionales. Aunque ese decreto fue derogado el 12 de marzo por el alcalde German Casagua (Decreto 0211 de 2024) el funcionario ordenó otras acciones judiciales para frenar los efectos jurídicos.

Según la administración, el mandatario excedió las facultades e invadió las competencias del Concejo al modificar la figura de la dación en pago, en contravía de lo expresamente regulado en el estatuto tributario.

El abogado William Alvis Pinzón, consideró que el exalcalde Gorky Muñoz Calderón, al expedir este decreto, excedió su facultad reglamentaria, al permitir que la dación de pago se hiciera sobre obligaciones futuras a pesar de que el estatuto tributario, precisa que sólo puede usarse para extinguir obligaciones existentes (no futuras o inexistentes).

Además, el estatuto tributario determina con claridad que el valor del bien debe ser proporcional a la obligación o que la “satisfagan” que se pretende extinguir sin contemplar que el Municipio pueda reconocer saldos, o que mediante esta figura la entidad se convierta en deudora del contribuyente.

“Adicionalmente- agregó- la norma permitía que el bien tenga un mayor valor, que incluya las deudas futuras, y que el saldo se impute a favor del contribuyente quien podrá incluso negociarlo con terceros”.  Y, contrario a lo esperado, “permitía crear obligaciones en contra del Municipio, lo que resulta verdaderamente inaceptable en una dación en pago”.

Al expedir esa norma Gorky Muñoz rebasó los límites legales, desconoció el régimen de contratación estatal y traspasó olímpicamente las fronteras del código penal.

En estas condiciones las daciones en pago tramitadas y aprobadas irregularmente antes de terminar el mandato deben invalidarse y, por lo tanto, deben inaplicarse.

Atendiendo estas argumentaciones, el Juzgado Décimo Administrativo de Neiva decretó las primeras medidas cautelares, dispuso la suspensión de sus efectos jurídicos y ordenó a la Oficina de Instrumentos Públicos que se abstenga de protocolizar las escrituras públicas y congelen la transferencia de dominio.

La decisión es la primera que se produce. Las acciones judiciales fueron instauradas por el equipo jurídico de la Alcaldía de Neiva, con el aval del alcalde German Casagua.

El impuesto pendiente.

Primer caso

La primera negociación se hizo con Martha Elisa Falla de Falla. La contribuyente propuso cancelar un pequeño impuesto con el lote “La Alborada” en la urbanización El Dorado (Calle 66 con carrera 2A) contiguo al barrio Villa Magdalena. A un lado, está el espacio público, entregado para construir una estación de servicio.

El lote con un area 1.148 metros cuadrados, está localizado en el cono de aproximación del aeropuerto Benito Salas y limita con una zona reservada para la línea del ferrocarril. El predio tiene un avalúo comercial por valor de 638,42 millones de pesos.

Le entregaba el lote para pagar 893.300 pesos de impuesto predial. El municipio le quedaba debiendo el saldo (cerca de 637 millones de pesos), valores que tendría que pagarle a la contribuyente. Increíble.

Dos semanas antes de terminar el gobierno, el 15 de diciembre de 2023, el Comité de Evaluación aprobó la dación en pago por tres votos a favor: Gorky Muñoz, el secretario de Hacienda Jaime Ramírez, y director de Planeación José Eustacio Rivera.

La secretaria General María Salomé Bahamón votó negativo. La funcionaria se opuso a la dación en pago, “por cuanto no existe proporcionalidad entre el valor a recibir como dación en pago y la deuda tributaria que a la fecha presenta el solicitante”.

La documentación fue presentada en la Notaría Segunda de Nieva. Sin embargo, por los afanes propios de la terminación del gobierno, el alcalde Gorky Muñoz no alcanzó a firmar la escritura pública.

El 24 de febrero de 2024 la beneficiaria solicitó el impulso de la escrituración de la dación en pago, lo que destapó las anomalías.

En la mira

En las mismas condiciones están por lo menos diez transacciones, entre ellas una presentada el 31 de junio de 2023 en el mismo sector por la representante legal de la Constructora Norte y otra por la sociedad Construcciones e inversiones D&R y Alianza fiduciaria SA para entregar un predio ubicado en la carrera 32 con calle 2H avaluado en 1.593 millones de pesos para pagar deudas por 153,31 millones de pesos.

Según un equipo jurídico, estos predios fueron contabilizados de forma errónea, incluyendo una zona de protección ambiental como área de afectación y como área de cesión en los dos predios, lo cual indujo a error en la obligación real en las cesiones y por lo tanto en su valor. “Como consecuencia de esta irregularidad, se avaluaron los bienes de manera errónea, es decir, el hecho de contemplar el área de zona de protección natural como área propia conllevó a que se afectara el valor del bien”, expresaron.

Compra-venta

En este caso, no se trató de daciones en pago sino de una típica compra-venta de bienes inmuebles.

En este caso, según Alvis Pinzón, el precio del impuesto pagado no alcanzaba a representar el 1% del precio del inmueble; mientras que más del 99% restante es una venta por cuanto el Municipio contrae obligaciones en favor de quien entrega el inmueble, lo que no sucedería si estuviésemos frente a una simple dación en pago.

“Lo que realmente existe es una compraventa, negocio que genera una serie de consecuencias frente a la legalidad de la actuación administrativa”.

La medida cautelar.

Medida cautelar

En estas el Juzgado Décimo Administrativo suspendió los efectos jurídicos.

“En efecto, no hay proporcionalidad, y la dación en pago, resultaría inviable, al no existir proporcionalidad entre la obligación a extinguir y el valor del inmueble”, anotó el juez Álvaro Andrés Cabrera Álvarez. En su criterio, la diferencia es desmesurada.

Por otro lado, -dijo- el enorme saldo que resultaría a favor de la señora Martha Elisa Falla de Falla, sugiere a primera vista, una aparente adquisición del inmueble por parte de la administración municipal procedimiento contractual, que no correspondería a una dación en pago.

Según el juez, en este caso, “se estaría utilizando indebidamente esta figura, para generar una obligación a cargo del Municipio, pero, además, para beneficiar a los particulares”. ¿A qué costo? Nadie lo sabe.

En su opinión, al tratarse de un contrato unilateral, para el acreedor no surge, ni debe surgir ninguna obligación, a diferencia de la de suscribir la escritura pública.

“Cosa distinta, -ocurre- con la resolución demandada, donde aparentemente surgiría un saldo a favor de la deudora, y una deuda a cargo de la entidad territorial”.

Al congelador

 En estas condiciones, consideró que no estando perfeccionada la dación en pago, ni firmada la escritura pública de traspaso y entrega del predio, es viable decretar la medida cautelar.

En consecuencia, suspendió los efectos jurídicos de ese acto administrativo expedido el 20 de diciembre de 2023, diez días antes de terminar el gobierno.

Para materializar dicha medida, el juez le ordenó al alcalde German Casagua que se abstenga de firmar o suscribir cualquier tipo de escritura pública, documento o similar que tenga por intención el perfeccionamiento de esta dación en pago.

 A la propietaria del predio le ordenó que se abstenga de realizar cualquier acto o adelantar cualquier actuación tendiente a perfeccionar la dación en pago, irregularmente expedida en las postrimerías del mandato.

De igual manera, el despacho judicial le ordenó a la Oficina de Instrumentos Públicos de Neiva, que se abstenga de registrar cualquier escritura pública de esa dación en pago o la transferencia del dominio.

Por tratarse de un proceso en defensa y protección de los derechos e intereses colectivos, el juez estimó que, en ese caso, no hay lugar a pedirle a la entidad pública demandante, que preste caución para decretar y materializar la medida cautelar.

Denuncia penal

Por estos hechos, la administración municipal formuló una denuncia penal por las eventuales infracciones que se hayan podido cometer.

Según voceros de la administración, “existen graves irregularidades en las daciones en pago que podrían ser constitutivas de los delitos de contrato sin el lleno de los requisitos legales y peculado por apropiación”.

La denuncia penal fue radicada el 7 de julio pasado en el Centro de Servicios Judiciales inicialmente contra el exalcalde Gorky Muñoz, su secretario de Hacienda Jaime Ramírez Plazas y otros funcionarios y particulares que intervinieron en su realización.

La denuncia penal se tramita en la Fiscalía 17 Seccional de Neiva. En los próximos días será ampliada a por lo menos otras seis operaciones similares realizadas antes de terminar el gobierno.

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