El Concejo de Neiva aprobó el proyecto de acuerdo que presentó la Alcaldía para modificar importantes artículos del estatuto tributario del municipio e incluir otros; la administración percibirá $9.700 millones/año adicionales vía impuestos.
CATERIN MANCHOLA
@cate_manchola
Durante la jornada anterior y en el marco de las sesiones extraordinarias, el Concejo de Neiva le dio el visto bueno a la propuesta que presentó la Alcaldía, en cabeza de German Casagua y modificó el estatuto tributario del municipio
“Es un acuerdo tributario histórico, se crea todo un paquete de beneficios tributarios con los cuales esperamos que se creen más de 4.000 nuevos empleos tanto para jóvenes, como para adultos mayores, población LGTBI, y especiales”, resaltó el secretario de Hacienda, Oscar Iván Leiva.
“Decirle a los empresarios que hay un acuerdo que no solo trata de impuestos, sino que crea beneficios tributarios para que ellos los aprovechen y dinamicen la economía”, agregó.
Con los cambios la administración percibirá $9.700 millones/año adicionales vía impuestos, menor a los $14.000 millones inicialmente previstos, debido a los ajustes que le se hicieron a la propuesta, fundamentalmente en lo relacionado con el ICA al sector financiero. Estos son los puntos aprobados por los concejales.
ACTUALIZA LA TABLA DE RANGOS DE AVALÚO CATASTRAL PARA PREDIOS URBANOS Y RURALES.
En el Acuerdo 028 de 2018, se estableció el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV) como la variable que determina los rangos de las tarifas anuales aplicables para liquidar el impuesto predial unificado para todas las categorías de predios establecidas. El proyecto de modificación del estatuto plantea el cambio de dicha variable a Unidades de Valor Tributario o UVT, lo que genera un cambio en los rangos de precios y por consiguiente un aumento en la tarifa aplicable para algunos predios en las vigencias futuras.
MODERNIZA LAS TARIFAS DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO EN ATENCIÓN A LOS CÓDIGOS DE CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME – CIIU.
Se hizo una homologación y unificación de las actividades y códigos.
AUMENTA LA TARIFA DE ICA PARA EL SECTOR FINANCIERO:
Estatuto tributario anterior: 5 X mil.
Propuesta aprobada en Concejo: 14 X mil.
SUBE LA TARIFA DE ICA PARA EL SECTOR COOPERATIVO FINANCIERO:
Estatuto tributario anterior: 5 X mil.
Propuesta aprobada en Concejo: 8 X mil.
Serán 27 cooperativas de captación de recursos del público en general y/o de también de asociados las que tributarán más.
INCREMENTÓ LA TARIFA DE ICA PARA EL TRANSPORTE AÉREO:
Estatuto tributario anterior: 4 X mil.
Propuesta aprobada en Concejo: 10 X mil.
El recaudo por este concepto generará un mayor recaudo de $451 millones anual.
AUMENTA LA TARIFA DE ICA PARA ACTIVIDADES DE PRÉSTAMO DE DINERO FUERA DEL SISTEMA FINANCIERO, ACTIVIDADES CASA DE EMPEÑO Y DEMÁS RELACIONADAS NO VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA.
Estatuto tributario anterior: 5 X mil.
Propuesta aprobada en Concejo: 8 X mil.
DISMINUYE LA TARIFA DE ICA PARA EDICIÓN DE PROGRAMAS DE INFORMÁTICA (SOFTWARE).
Estatuto tributario anterior: 6 x mil.
Propuesta aprobada en Concejo: 4 x mil.
BAJA LA TARIFA PARA LAS ACTIVIDADES DE CARÁCTER OCASIONAL, PUNTUALMENTE, PARA EL FESTIVAL GASTRONÓMICO O DE ALIMENTOS, POR CADA PUESTO.
Estatuto tributario anterior: 4 UVT.
Propuesta aprobada en Concejo: 1 UVT.
ACTUALIZA LOS REQUISITOS PARA PERTENECER AL SISTEMA PREFERENCIAL DEL IMPUESTO DE ICA.
Se reduce el límite de los ingresos brutos totales provenientes de la actividad comercial de 1.500 U.V.T. a 1.400 U.V.T, para acceder al sistema preferencial del impuesto de industria y comercio; así mismo, la tarifa se reduce de 7 U.V.T a 5 U.V.T..
CREA BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA EMPRESAS NUEVAS Y EMPRESAS EXISTENTES:
Los beneficios serán para empresas que empleen a adultos mayores de 55 años; y a jóvenes que sean empleados por primera vez, así como a población trans y reinsertados. Durante tres años, los contribuyentes del régimen ordinario del impuesto de Industria y Comercio y Avisos y Tableros, podrán descontar de su base gravable anual, en su declaración privada, una suma equivalente al 120% del valor de los pagos por concepto de salarios efectuados en el año o período gravable base del gravamen.
CREA EL PREMIO FISCAL:
Como estímulo a la cultura tributaria se sorteará un premio fiscal entre los contribuyentes del régimen ordinario del impuesto de industria y comercio que han cumplido oportunamente con dicho tributo. Consiste en un descuento del impuesto de industria y comercio equivalente al cinco por 5% de este impuesto. Será para 15 empresas.
AMPLÍA LOS TÉRMINOS Y MEJORA LOS INCENTIVOS TRIBUTARIOS PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS NUEVAS.
Dependiendo del número de empleados, las nuevas empresas que se creen hasta el año 2033 estarán exentas durante tres años de los Impuestos Predial Unificado, Industria y Comercio, Avisos y Tableros y complementarios y el impuesto de Delineación Urbana.
Además, introduce una nueva categoría de beneficios para las “Empresas que se dediquen al desarrollo de software”.
AUMENTA TASA PRO-DEPORTE:
Estatuto tributario anterior: 1%.
Propuesta aprobada en Concejo: 2%.
También se unificaron algunos estampillas. Se crearon normas de tipo procedimiental por ejemplo la notificación electrónica de los actos administrativos. Y ya no habrá más daciones en pago.
Concejo da sorpresiva ‘voltereta’ y aprueba beneficios a pastores
Apelando a la “igualdad tributaria”, casi todos los concejales de Neiva se patrasearon y aprobaron la propuesta de igualar la exclusión del impuesto predial para todas las iglesias, porque se cambió la palabra vivienda por casa pastoral.
Aunque inicialmente el Concejo no le había dado el visto bueno, ayer durante la continuidad del debate para modificar el estatuto tributario los cabildantes sacaron a colación nuevamente el tema y al final determinaron extender la exclusión del predial a más predios de otras iglesias que estén destinados exclusivamente al culto, igualando los beneficios con los que goza la católica.
“Está dentro del amparo constitucional”, recalcaron. Así mismo, el secretario de Hacienda, Oscar Leiva explicó que “en virtud de que el Estado colombiano es un Estado laico y que todas las iglesias bajo la ley tienen que tratarse tributariamente en condiciones iguales, quedó claro que estas iglesias están es excluidas del impuesto predial siempre y cuando se dediquen exclusivamente al culto, entonces, todas las iglesias tanto las católicas como no católicas, todos los predios que se dediquen al culto están excluidas del impuesto predial, es decir, no van a pagar”.
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