La Nación
‘Santa’, borrada del mapa 1 19 septiembre, 2024
INVESTIGACIÓN

‘Santa’, borrada del mapa

La aerolínea opita Servicios Asociados Nacionales de Transporte Aéreo (Santa) quiso alcanzar el sol como Ícaro, pero sus alas se le derritieron después del primer vuelo. Después del fallido intento la Aeronáutica Civil borró los últimos vestigios.

RICARDO AREIZA

La aerolínea huilense Santa, cuyas turbinas financieras se apagaron en pleno vuelo, quedó, ahora sí, borrada del mapa.

Después de cuatro años de un viejo pleito judicial la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) acabó con los últimos vestigios que la mantenían vigente. Y de paso apagó otro sueño de inversionistas privados liderados por Jairo Pinzón Guerrero para operar con capital opita una flotilla de aviones en rutas regionales en la provincia colombiana.

La meta del grupo empresarial Andalucía era competir en el mercado regional donde operaban con fuerza otras compañías de bajo costo como Easy Fly y gigantes como Avianca, en esa época la aerolínea más poderosa del país con 140 rutas, cerca de 710 vuelos directos y una flotilla de 140 aviones Airbus 320, Boeing 787 Dreamliner que conectaban con más de 75 destinos en 25 países de América y Europa.

Santa, como Ícaro, emprendió la odisea, pero el aire no le alcanzó para sostenerse y el empuje inicial del decolaje empresarial se derritió como la clásica leyenda de la mitología griega.

Decolaje

La empresa Servicios Asociados Nacionales de Transporte Aéreo (Santa) como un sueño esperaba incursionar en ese mercado en los departamentos del Huila Caquetá, Valle, Putumayo, Amazonas y Risaralda, entre otras regiones de la provincia colombiana. Pero no le alcanzó el aire.

Santa fue fundada a mediados de 2014. Tres años después obtuvo el certificado de aeronavegabilidad por parte de la Aeronáutica Civil. Hasta aquí la hazaña estaba cumplida. Había sorteado exitosamente las primeras cuatro fases del proceso.

En diciembre de 2018 Santa recibió por parte de la Aeronáutica Civil un permiso provisional de operación en las rutas asignadas.

Según el presidente Jairo Pinzón, la compañía tenía aprobadas varias rutas entre ellas Neiva-Bogotá con 21 frecuencias semanales. Además, pretendía reabrir la ruta Neiva-Florencia, Neiva-Puerto Asís, Neiva- Villagarzón, Neiva- San Vicente, Neiva- Puerto Leguízamo, Neiva-Villavicencio-Neiva y otra novedosa; Neiva-Pereira –Neiva Cali-Villagarzón-Cali, entre otras.

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Jairo Pinzón inauguró el primer vuelo el 15 de marzo de 2019.

Vuelo inaugural

La aerolínea Santa (Servicios asociados nacionales de transporte aéreo) realizó el 15 de marzo de 2019 su vuelo inaugural desde el aeropuerto Benito Salas en la ruta Neiva – Puerto Asís – Neiva.

La aerolínea huilense inició ese día a operar con tres aviones turbo hélice B-1900D, de 19 puestos, fabricados por la compañía Beech Aircraft Corporation de Estados Unidos.

Las aeronaves fueron suministradas en alquiler por su empresa matriz Searca para cubrir las rutas que le fueron inicialmente asignadas. Sin embargo, la meta era adquirir en cinco o en seis meses los primeros aviones a través del sistema Leasing para operar las nueve rutas.

Entre ellas figuraban nueve rutas regionales y nacionales hacia Bogotá, Florencia, Puerto Asís, Villa Garzón, San Vicente, Puerto Leguízamo, Yopal, Villavicencio, Pereira, Cali y Quibdó.

La compañía acreditó las tres aeronaves con certificado de aeronavegabilidad vigente, el capital exigido lo que le permitió la expedición del permiso temporal de operación.

Además, debía avanzar en la constitución de una sociedad como empresa de servicios aéreos comerciales para tramitar el permiso definitivo.

En medio del alborozo que había suscitado su incursión en el mercado aéreo regional, sorpresivamente, tres meses después, la Aeronáutica Civil le cortó las alas.

La Aerocivil, intempestivamente, ordenó la suspensión de sus operaciones y en junio Santa dejó de operar.

Aunque el presidente de la compañía Jairo Pinzón Guerrero, creyó que la decisión sería temporal, la medida de suspensión, ordenada durante el gobierno de Iván Duque (2018-2022) era el principio del fin.

En su criterio, el permiso provisional comenzó a correr a partir de marzo cuando inició formalmente las operaciones y no desde diciembre como quedó consignado en la expedición del permiso.

Sin embargo, detrás de esa decisión, había una dura puja con las grandes empresas que mantienen el monopolio de la aviación comercial. Pinzón admitió esa puja titánica de David contra Goliat y resultó vencido.

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La Aerocivil recuperó los bienes de la fallida aerolínea.

Las razones

El jefe la Oficina de Transporte Aéreo de la Aerocivil, Lucas Rodríguez, explicó que la suspensión de las operaciones, fue producto de los incumplimientos de la aerolínea, en términos de trámites, pero especialmente de seguridad.

“Santa no está volando porque se le venció su permiso provisional de operación, no cumplió con la última parte que es la fase cinco que es la de seguridad operacional, para poder obtener su permiso definitivo de operación”, explicó a LA NACIÓN.

En plata blanca, Santa no cumplió con el número aviones disponibles requeridos en ese momento y, además, se reportaron hallazgos sobre deficiencias en materia de seguridad aérea que los sacó del aire.

Hallazgos

La Secretaría de Seguridad Operacional de la Aeronáutica Civil detectó 53 hallazgos. Entre otros, las pólizas de garantía habían vencido el 14 de junio de 2019, circunstancia que le impedía continuar con las operaciones.

Santa pidió más tiempo para adelantar los correctivos. Según la Aerocivil le concedieron un plazo adicional de un año, contado a partir del 13 de agosto de 2019 y hasta el 14 de agosto de 2020 para culminar la última fase.

Santa, según la Aerocivil, no cumplió con las condiciones técnicas, operativas y financieras.

Santa no logró cerrar la fase cinco y no pudo obtener el permiso definitivo de operación. Santa no pudo despegar.

Cuentas pendientes

La aerolínea de Servicios Asociados Nacionales de Transporte Aéreo (Santa) pese a que canceló abruptamente sus operaciones poco después del pomposo vuelo inaugural tenía cuentas pendientes con la Aeronáutica Civil y conservaba en su poder los bienes inmuebles claves para la operación. Las oficinas, el hangar, los módulos comerciales nunca fueron entregados y por esa razón, casi cinco años, la extinta compañía conservaba la marca y los locales donde realizaba sus operaciones.

En su calidad de empresa arrendataria la aerolínea opita incumplió adicionalmente con el pago de los cánones de arrendamiento acordados desde el 12 de noviembre de 2019.

Desde entonces hasta el 8 de agosto de 2023 la aerolínea debía 412,16 millones de pesos por arrendamiento, sin incluir los intereses.

En tales circunstancias, la Aerocivil demandó la restitución de estos bienes, alegando que la aerolínea incumplió el contrato de arrendamiento cuando inició sus fallidas operaciones.

El pleito

El contrato fue firmado el 24 de marzo de 2017 por Camilo Albeiro Pardo Muñoz, director Regional de la Aerocivil Cundinamarca como arrendador y Andrea Lucía Pinzón Tamayo en calidad de representante legal de la aerolínea.

Los bienes abarcan un área de 530.99 metros cuadrados representados en los módulos 112 y 113 destinados para para el registro y chequeo de pasajeros (Counter de check-in), dos locales comerciales (102 y 203 destinados para oficinas) y el hangar 22A con un área de 456.00 metros cuadrados.

El arrendamiento se hizo por tres años con un canon mensual de 6,61 millones de pesos. La empresa, entró en mora, por las dificultades para despegar como una aerolínea regional que operaría en Huila, Caquetá, Putumayo Meta y Amazonas.

Descalabro

Sin embargo, después del inesperado descalabro financiero, la aerolínea Santa abandonó desde 2019, las áreas que tomó en arrendamiento y nunca las entregó oficialmente.

Esta obligación no se cumplió a cabalidad por parte de la compañía, dando origen a dos procesos de cobro jurídico por parte del Grupo de Jurisdicción Coactiva de la entidad.

La entidad demandó la restitución y entrega de los bienes, argumentando que la aerolínea incumplió con el pago de los cánones de arrendamiento acordados desde el 12 de noviembre de 2019 el 8 de agosto de 2023, fecha en que presentó la reclamación. Hasta esa fecha la deuda ascendía a 412,16 millones de pesos.

El abogado Juan Manuel Villamizar alegó que la empresa abandonó desde 2019, las áreas cedidas en arrendamiento e incumplió el pago de los cánones de arrendamiento desde el 12 de noviembre de 2019 y desde esa fecha abandonó las oficinas, los locales comerciales y el hangar ubicados en el aeropuerto Benito Salas.

En esas circunstancias solicitó por vía judicial la restitución y entrega de los bienes.

Cobro judicial

Según el demandante esta obligación (restitución y entrega) no se cumplió a cabalidad por parte de la empresa Santa, originando dos procesos de cobro jurídico por parte del Grupo de Jurisdicción Coactiva. Uno por 263 millones y otro por 145 millones, por el incumplimiento del pago de los cánones de arrendamiento.

“El arrendatario renunció expresamente a los requerimientos para ser constituido en mora, de manera que incurrieron en ella, por el solo retardo en el pago, así como a los derechos de retención que a cualquier título le conceda la ley sobre el inmueble objeto del contrato; derechos a los cuales no renuncia el arrendador”, explicó Villamizar. Sin embargo, dejó vencer los términos.

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Facsímil del contrato.

Vencimiento

El contrato de arrendamiento feneció el 17 de abril de 2020. A partir del día siguiente surgió la obligación de Santa de efectuar la restitución de los inmuebles arrendados sin que el incumplimiento suponga la extensión indefinida del vínculo contractual.

El contrato terminó por expiración de su plazo. El contrato de arrendamiento estatal no es susceptible de prórroga automática o renovación tácita.

El contrato de arrendamiento no tenía cláusula alguna sobre la liquidación. No obstante, teniendo en cuenta que el contrato de arrendamiento es de tracto sucesivo requiere liquidación.

“Como el término del contrato expiró el 17 de abril de 2020, el término de cuatro meses para la liquidación bilateral feneció el 18 de agosto de 2020 y; el plazo de dos meses para la liquidación unilateral, el 18 de octubre de 2020”, explicó el juez sexto Administrativo Miguel Augusto Medina.

‘Descache’

Al producirse la terminación del contrato de arrendamiento, por vencimiento del plazo, se hace exigible la obligación del arrendatario de restituir o devolver el bien objeto del arrendamiento y la del arrendador de recibirlo

La demanda de restitución fue presentada por la Aerocivil un año, dos meses y diez días después de fenecido el término.

Por un descuido de la Aerocivil, dejó vencer los términos para la liquidación del contrato.

Por ese ‘descache’ solicitó la liquidación judicial del contrato de arrendamiento, creyendo que este negocio jurídico se prolongó en el tiempo porque Santa no entregó los bienes inmuebles al momento de la expiración del plazo pactado.

“Dicha pretensión, – según el juez- tiene su égida en el yerro de la entidad al considerar que el contrato de arrendamiento se prolongó en el tiempo porque Santa no entregó los bienes inmuebles al momento de la expiración del plazo pactado, pues, no existe un contrato estatal que lo sustente, siendo en gracia de discusión una ocupación de hecho”.

Vía libre

Como los bienes entregados en arrendamiento por la Aerocivil a Santa se encuentran clasificados como bienes fiscales propiamente dichos, no puede otra persona natural o jurídica de derecho público o privado ocuparlos o tenerlos, sin que medie un acto jurídico o contrato vigente, pues se tornaría en una ocupación ilegal.

Los bienes inmuebles no se encontraban bajo la tenencia de Santa, sino que se encontraban “abandonados”.

En este caso, físicamente el arrendatario particular lo dejó fuera de su acción y dominio, habilitando a la entidad oficial habilitado a la restitución de la tenencia del bien sin intervención de autoridad judicial o policiva alguna. “Sencillamente, según el juez, porque no hay una situación fáctica o jurídica a vencer o retirar, el bien público está libre de cualquier afectación jurídica y no hay voluntad alguna que se oponga a su legítimo derecho”.

En estas condiciones, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil recuperó las oficinas, el hangar, los módulos comerciales y el hangar que pertenecieron a Santa, la compañía opita que quiso como Ícaro alcanzar el sol, pero sus alas se le derritieron después del primer vuelo.