La Nación
Superdemanda por fallida extinción de dominio 1 22 septiembre, 2024
INVESTIGACIÓN Sin categoría

Superdemanda por fallida extinción de dominio

La empresa huilense Serviambiental, usada como ‘gancho ciego’ por una estructura criminal dedicada a la venta de químicos para actividades de narcotráfico, reclama cerca de 10 mil millones de indemnización por daños y perjuicios que le ocasionó la Fiscalía.

 

RICARDO AREIZA

investigacioneshuila@gmail.com

 

La empresa huilense Serviambiental, especializada en recolección, disposición y tratamiento de residuos peligrosos de la industria petrolera, terminó vinculada como ‘gancho ciego’ en un proceso de extinción de dominio, que la colocó al borde del colapso.

Después de una dura batalla jurídica logró desmontar los cargos de la Fiscalía en épocas de Néstor Humberto Martínez y demostrar que fue víctima de un entramado criminal del que hacían parte grandes empresas y agentes de la policía. Ahora, tres años después, replicó contra la Fiscalía por los graves perjuicios materiales e inmateriales que no ha logrado superar.

La empresa, creada en el 2004 por extrabajadores de empresas liquidadas, fue asaltada en su buena fe, por una organización criminal dedicada al tráfico de sustancias químicas para procesar cocaína.   De esa estructura delictiva hacían parte policías activos y funcionarios de la empresa barranquillera ‘Reciambiente del Caribe’, implicada en otro proceso en el escandaloso robo de combustibles a Ecopetrol.

 

Desviación

Sin que se conocieran esos antecedentes la empresa costeña tomó en arrendamiento parte de una bodega ubicada en el parque industrial El Viso en el municipio de Palermo. El predio luego fue utilizado indebidamente para guardar precursores químicos, incautados por la Policía en carreteras del Huila.  Sin embargo, esos químicos eran desviados por los uniformados, aparentemente para organizaciones de narcotraficantes que operan en Putumayo.

El contrato fue firmado el 26 de noviembre de 2018. El canon fue fijado en 3,5 millones de pesos.

Tres meses después, un testigo anónimo informó que un cargamento de químicos sería trasladado desde la base antinarcóticos de la Policía ubicada en el aeropuerto ‘Benito Salas’ hasta una de las bodegas arrendadas por la empresa barranquillera y desde allí los químicos serían trasportados hasta el Putumayo. La información era cierta.

 

Entramado

Cuando la empresa huilense tramitaba un proceso de restitución del inmueble, por quejas de los vecinos, se produjo el certero golpe que puso en evidencia el entramado criminal orquestado por operarios de la empresa ‘Reciambiente del Caribe’, representada por Ricardo Castrellón.

En el predio había tres personas, a quienes identificaron como Jairo Andrés Uribe, William Javier Guamanga y Faiber Arley Borrero, trabajadores de la empresa ‘Reciambiente del Caribe’. Esta empresa, según la Fiscalía, fue vinculada en otro proceso por el escandaloso robo de combustibles a Ecopetrol entre 2016 y 2019.

Según la Fiscalía, el combustible robado era enviado a los parqueaderos de las empresas Reciambiente del Caribe, Districombustibles y Exportécnicas, encargadas presuntamente de su comercialización.

Sin embargo, la empresa caribe responsable de la ilícita operación y tráfico de químicos para el narcotráfico, como quedó evidenciado en este expediente, nunca fue investigada ni sus operarios judicializados. ¿Qué pasó?

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Las canecas con químicos halladas en la bodega.

Primer golpe

El primer golpe se produjo el 19 de febrero de 2019.  Tropas del Batallón Magdalena habían sido alertadas.

Como lo había advertido el informante un camión particular, procedente de Neiva fue interceptado en el retén militar.

En la caja de carga, escondidas entre bultos de cascarilla de arroz fueron halladas 40 canecas con 600 galones de ácido sulfúrico, utilizado para el procesamiento de alcaloides.

Según el conductor, Wilky Sneider Lizcano Galindo, las canecas fueron subidas al camión en una bodega de la zona industrial de Palermo.

El vehículo con placas THR-503 ingresó a las 9:32 de la mañana a la bodega en la zona rural, fue cargado con los bidones llenos de químicos decomisados por la Policía y salió a las 11:00 de la mañana hacia Mocoa (Putumayo). Sin embargo, no alcanzó a llegar a su destino. En la vereda El Roble, en la zona limítrofe fue descubierto el alijo, lo que originó las acciones judiciales, contra la empresa dueña del predio, incluido el secuestro de los bienes con fines de extinción de dominio.

 

El complot

Los precursores químicos, según el voluminoso expediente, eran decomisados por las autoridades y luego eran vendidos a estructuras criminales que operan en el sur del país.

Según el fiscal de la Unidad Regional Antinarcóticos (URA), se puso en evidencia la existencia de una organización criminal integrada por funcionarios de la Policía Antinarcóticos de Neiva, quienes, en calidad de custodios de sustancias prohibidas decomisadas a grandes organizaciones criminales dedicadas al narcotráfico, aprovechaban tal condición para comercializar las sustancias y trasladarlas a laboratorios ubicados en el departamento del Putumayo.

“Para ese propósito esa estructura delincuencial utilizaba la bodega de Serviambiental, donde se almacenaban los químicos”, aseguró el funcionario.

 

La coartada

El intendente de la policía Antinarcóticos José Wilson Santana fue el encargado de contratar el camión para otros fines. Lo hicieron en tres viajes. Cuando se dirigían a la bodega fueron interceptados en un retén, en ‘El Bote’, frente a la sede de la Electrificadora del Huila.

El uniformado les indicó que las canecas contenían ácido sulfúrico y hacían parte de un requerimiento de destrucción ordenado por el Fiscal 4 Especializado. El fiscal corroboró la coartada. Dos días después comenzó el calvario.

En un operativo conjunto, la Fiscalía Quinta ocupó la bodega 6, en el Parque Industrial El Viso. En su interior fueron hallados otros 74 recipientes plásticos (43 con capacidad de 15 galones y 31 con capacidad de 5 galones), con ácido sulfúrico.

La prueba de identificación preliminar, homologada a la sustancia química, arrojó un resultado positivo para ácido sulfúrico, con un peso de 800 galones.

 

Confesión

Posteriormente el fiscal antinarcóticos ordenó otro allanamiento a la sede de Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional en el barrio Las Granjas. Según el funcionario, los policías involucrados utilizaban las órdenes para movilizar cantidades superiores a otros lugares no autorizados.

Los dos uniformados implicados en la actividad ilícita Jaime Alonso Gutiérrez Quiroz y José Wilson Santana Gil fueron destituidos.

El primero fue capturado. El Juzgado Único Promiscuo Municipal de Tello le dictó medida de aseguramiento. Confesó y fue condenado. Santana Gil pidió vacaciones y huyó, sin que se conozca su actual paradero.

 

El calvario

El 3 de mayo de 2019 la Fiscalía 53 Especializada de Extinción de Dominio de Bogotá en épocas de Néstor Humberto Martínez, inició el proceso de expropiación de los bienes ocupados.

El 10 de junio de 2019 emitió demanda de extinción de dominio y remitió el expediente al juzgado de conocimiento. Ese mismo día decretó las medidas cautelares.

En plenas fiestas del San Pedro, en un envolvente operativo el Fiscal 53 Especializado José Iván Caro Gómez, realizó la diligencia de secuestro del inmueble con fines de extinción de dominio. La bodega quedó a disposición de la Sociedad de Activos Especiales (SAE).

El Juzgado Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Neiva admitió la demanda el 12 de julio de 2019.

 

Exonerada

Después de un largo debate probatorio, el juez, con las mismas pruebas de la Fiscalía, demostró que, en este caso, la actividad ilícita no puede atribuirse por acción u omisión al propietario del inmueble y por lo tanto negó la extinción de dominio.

En su criterio, Serviambiental no tuvo ninguna relación con la recepción, movilización y custodia del químico, lo que sí ocurrió con la empresa ‘Reciambiente del Caribe’, arrendataria del inmueble. Tampoco tuvo “complacencia del titular de dominio”, como lo aseguró la Fiscalía.

El funcionario judicial ordenó a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Neiva el levantamiento de las medidas cautelares

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La ocupación del predio, objeto de extinción.

Segunda instancia

El Tribunal Superior de Bogotá reiteró que la empresa de Serviambiental no participó en la comisión de actividades ilícitas, como quedó demostrado en el expediente.

La Sala de Extinción de Dominio concluyó que la empresa opita actuó de buena fe, ejerció los debidos controles y resultó ajena a la actividad ilícita, en la que resultaron comprometidos dos agentes de la Policía Antinarcóticos.

“No queda duda que en el presente caso los titulares del dominio efectivamente cumplieron con ello, a la luz de la prudencia y diligencia en el actuar del propietario a la hora de ejercer los deberes de vigilancia y cuidado, así como en el cumplimiento de la función social de la propiedad”, explicó el magistrado Pedro Avella Franco.

“En el presente asunto, -dijo- los propietarios comprobaron haber dado cumplimiento cabal de su deber de vigilancia al haber actuado con diligencia y prudencia tanto al momento de celebrar el contrato de cesión, así como en la ejecución de este, siendo ello lo que conlleva a determinar que actuaron con buena fe exenta de culpa”.

 

Superdemanda

Ahora, después de casi dos años, la empresa huilense demandó a la Fiscalía General de la Nación por los perjuicios materiales e inmateriales causados a por las acciones y omisiones derivadas del proceso de extinción de dominio. La superdemanda asciende a 10 mil millones de pesos, sin intereses.

Por perjuicios materiales causados, la empresa reclama 4.410 millones de pesos, según el dictamen pericial (A título de daño emergente 181,32 millones y por lucro cesante 4.229 millones de pesos).

Adicionalmente, reclamó el pago de una indemnización estimada en 5.363 millones de pesos por afectaciones al buen nombre y al prestigio (goodwill) en un horizonte razonable de diez años, plazo utilizado por el perito para reflejar el impacto de decisiones estratégicas y mitigación de perjuicios.

“La extinción de dominio fue una decisión basada en suposiciones propias y subjetivas que conllevaron a la configuración de perjuicios patrimoniales y morales de la empresa”, aseguró la gerente de la empresa, Ángela María Aroca.

 

Daño continuado

El registro público del proceso de extinción de dominio le ocasionó a la empresa huilense enormes perjuicios que no ha logrado superar. De entrada, causó la ruptura de la relación contractual y comercial con Ecopetrol en la disposición y tratamiento de sustancias peligrosas procedentes de la actividad petrolera.

“El daño es continuado y sucesivo que ha interferido constantemente en las relaciones con clientes y aliados, de manera que, por más esfuerzos y explicaciones que brinde, de ninguna manera podrá quitarse la marca que las omisiones y actuaciones de la Fiscalía han causado y que han degradado el patrimonio económico de la Empresa, la imagen y buen nombre de la empresa”, afirmó, Andrés Orlando Pastrana, abogado de la entidad.

A pesar de los fallos favorables que la eximió en primera y segunda instancia, la empresa sigue siendo afectada en su buen nombre, pues continúan las acciones de veto, finalización de contrato y pérdida de oportunidades negociales con clientes, aseguradoras y aliados.

Aunque la Sociedad de Activos Especiales (SAE) devolvió los bienes que estaban en su poder, las condiciones deplorables condiciones en que se encontraba obligó a la compañía a realizar cuantiosas inversiones para la recuperación y reactivación.

 

La contraparte

La Fiscalía no cuestionó las razones de fondo que terminaron hundiendo la fallida extinción de dominio. Solamente se opuso a la tasación de los perjuicios ocasionados.

“El adelantamiento del proceso de extinción de dominio, ‘per se’ no representa un daño antijurídico, sino una carga que en condiciones de razonabilidad le corresponde sobrellevar a los demandantes ya que el mueble de su propiedad se vio vinculado al ejercicio de actividades ilícitas”, aseguró Mayra Alejandra Ipuz, abogada de la Fiscalía.