La Nación
Efectos de una sentencia 1 23 septiembre, 2024
COLUMNISTAS

Efectos de una sentencia

Bastó que el Tribunal Administrativo del Huila expidiera el fallo de una acción popular sobre las termales de Rivera, para que le cayeran con todo a los magistrados que la expidieron.

Contrario a lo que afirman los interesados en el proceso, en dicho fallo no se establece que no se usen las aguas termales o suspender las actividades turísticas en el área, lo que ordena el Tribunal, entre otras cosas, es darles adecuado manejo a las aguas residuales y retirar las obras construidas sobre las rondas de las quebradas, no solo por la prohibición al respecto, sino también porque debe evitarse el riesgo sobre vidas humanas ante eventuales avalanchas.

Lo sorprendente del asunto es que el proceso lleva 13 años, es decir que ese riesgo ha estado latente durante ese tiempo, con la fortuna de no haber padecido ninguna tragedia en ese periodo.

Antes de responsabilizar al Tribunal por la morosidad y por cumplir con su obligación de fallar en derecho, debemos cuestionarnos sobre la actitud de las entidades accionadas que conocían perfectamente la situación, y que por consiguiente, eran las llamadas a actuar para proteger el medio ambiente y las vidas humanas. Si lo hubieran hecho, el fallo no habría generado inconveniente alguno.

En consecuencia, además de los propietarios de los predios que construyeron infraestructura contrariando las normas, son responsables: la Alcaldía de Rivera, la Gobernación del Huila, la CAM, Inturhuila y la Caja de Compensación Familiar del Huila, porque sabían de los riesgos y el quebrantamiento de las normas, sin que actuaran como era su obligación.

Esas entidades son las que deben dar las explicaciones del caso, porque si no se hubiesen vulnerado las normas por parte de quienes explotan las termales y las autoridades hubiesen cumplido con su deber poniendo en orden a quienes transgredieron esas normas, no habría sido necesario que el Tribunal actuara.

La pregunta obvia es: ¿Qué sigue?, lo primero es cumplir el fallo dentro de los tiempos previstos por el Tribunal; nadie en un Estado de derecho puede decidir lo contrario. Tal vez sea una oportunidad para adecuar la infraestructura, corregir los errores, cumplir las normas y reorientar las actividades de servicios que se prestan, de tal manera que no se pongan en riesgo vidas humanas y, por ende, el turismo.

Es imprescindible que se acate el fallo. Debemos dejar la costumbre de pretender desconocer las sentencias y atacar a quienes las expiden, para proteger los intereses de unos cuantos. Los verdaderos demócratas acatan las sentencias, no las discuten, porque no tienen dudas sobre la obligatoriedad de su cumplimiento.