Un cuadro en óleo de la Virgen de Chiquinquirá pintado en 1653 tiene ante la justicia enredada a Lina María Perdomo Liévano. Su sobrino Juan Pablo Liévano Gutiérrez la demandó ante la Fiscalía por el delito de hurto agravado por confianza depositada por el dueño. La obra se la habría dejado Jorge Enrique Liévano Rodríguez a Juan Pablo.
Rafael Rodríguez C.
Una obra de arte de más de tres siglos de existencia, pintada al óleo, tiene enfrentada a una de las familias prestantes de Neiva, Liévano Perdomo, ante la Fiscalía.
El ‘enfrentamiento’ judicial se originó por el presunto robo del cuadro de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá de 1653, pintado por bogotano Antonio Acero De La Cruz, por parte de Lina María Perdomo Liévano.
La mujer fue denunciada por su sobrino Juan Pablo Liévano Gutiérrez, quien sostuvo a las autoridades que la obra de arte la recibió de su tío, Jorge Enrique Liévano Rodríguez, el 9 de septiembre de 2017.
“Mi tío Jorge Enrique Liévano Rodríguez y su esposa Luz Perdomo Martínez de Liévano, me dieron como regalo de cumpleaños el cuadro de la Virgen de Chiquinquirá pintado en 1653; que se encontraba colgado en la sala de su apartamento 905 de la torre 2, ubicado en el condominio Reserva de la Sierra”, señala la denuncia instaurada ante la Fiscalía.
Juan Pablo precisó que la entrega de la obra fue verbal. “Eso lo hicieron verbalmente delante de Jean Paul Liévano y Martha Cecilia Gutiérrez; mis padres”.
Recordó que en una reunión familiar su tío volvió a manifestar que el cuadro era de Juan Pablo. “En el apartamento estaban reunidos, Mariela Plazas de García, Marcela Tapicha, Constanza Liévano Rodríguez (Chiqui), Amparo Trujillo de Liévano, Martha Cecilia Gutiérrez y Cecilia Plazas de Gutiérrez, Esmeralda Cadena Puentes, entre otros; a quienes mi tío Jorge Enrique Liévano se refirió que ese cuadro – refiriéndose al cuadro de la Virgen de Chiquinquirá- que estaba colgado en su sala era de Juan Pablo Liévano; que él y Lucero se lo habían regalado”.
Jorge Enrique, como si presagiara que se presentarían inconvenientes con el cuadro, decidió el primero de septiembre de 2020, protocolizar el regalo de la obra con una carta suscrita en una Notaria Cuarta de la capital huilense. “Mi tío efectuó manifestación de su voluntad en una carta (especie de testamento cerrado) que notarizó en presencia de la Cuarta de Neiva, Deyanira Ortiz Cuenca; donde entrega el dominio del cuadro de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá de 1653 pintado por Antonio Acero De La Cruz a nombre de Juan Pablo Liévano Gutiérrez”, sostuvo Liévano Gutiérrez en la denuncia.
La carta señala “Le heredo a mi sobrino Juan Pablo Liévano Gutiérrez…el cuadro pintado por la escuela Vásquez de Arce y Ceballos, en el que fue retratada Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá de 1653 en la época de la colonia en Colombia…”,
No solo las manifestaciones verbales y la carta serían prueba del regalo del cuadro, sino una dedicatoria en un libro que le obsequió Jorge Enrique a su sobrino Juan Pablo, el 20 de diciembre de 2020. “Mi tío Jorge me escribió una dedicatoria en la primera página de un libro, que se titula Chiquinquirá 400 años, libro que también me obsequió. La dedicatoria dice “espero que este libro le de más prevalencia a esta obra artística” (refiriéndose al cuadro de la Virgen de Chiquinquirá que me había regalado) cuídalo y gózalo”, indicó Liévano Gutiérrez.
Juan Pablo, quien se fue a vivir a la ciudad de Miami, Estados Unidos, en el 2023, y tras el fallecimiento de su tío Jorge Enrique, el 11 de enero de 2024, pidió a sus padres que estuvieran pendientes del cuadro. “El 2 de febrero de 2024 se hace apertura del testamento…mis padres en compañía de mi abuela Cecilia Plazas de Gutiérrez, se encontraron a Lina María Perdomo Liévano, quien les dijo: “Marthica, a partir del martes puedes pasar a recoger el cuadro de Juanpa”.
Han pasado los días y el cuadro no ha sido entregado a los padres de Liévano Gutiérrez por parte de Lina Marcela, por lo que fue demandada por el presunto delito de hurto agravado por confianza depositada por el dueño. “No ha efectuado entrega material del mismo; a pesar de habérselo requerido en diferentes oportunidades… se ha apoderado del referenciado cuadro que es de mi propiedad y se niegan a entregármelo como fue la voluntad de mi tío Jorge Enrique Liévano Rodríguez”.