El próximo jueves de la presente semana vence el plazo establecido por la nueva reforma pensional para que los afiliados a Colpensiones, que no estén en régimen de transición y devenguen más de $3,2 millones, elijan su Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).
Todavía no se conoce cuál será el futuro que tendrá la reforma pensional (Ley 2381 de 2024) aprobada en el Congreso de la República el año pasado y que entraría a regir en el segundo semestre del presente año 2025, dado que la Corte Constitucional que es la encargada de estudiar este tipo de medidas aún no se pronuncia sobre la misma; no obstante, algunos plazos de cara al nuevo sistema se vienen ejecutando con normalidad.
Por ejemplo y de acuerdo con el Gobierno Nacional, el próximo jueves 16 de enero vence el plazo establecido para que las personas afiliadas a Colpensiones, que no estén en régimen de transición, elijan su Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).
Estas entidades serán las encargadas de recibir y administrar las cotizaciones aportadas por afiliados que perciban un ingreso superior a 2,3 salarios mínimos mensuales, es decir $3’274.050. Hasta ese monto el aporte irá al Componente de Prima Media que será administrado por Colpensiones, y a partir de ahí por la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).
Los afiliados que cumplan ese requisito y que hasta el próximo jueves no hayan elegido su Administradora, serán asignados aleatoriamente a una de las cuatro ACCAI ya autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia: Protección, Porvenir, Skandia y Colfondos.
Estas personas comenzarán a hacer el aporte del excedente a 2,3 salarios mínimos a la ACCAI que le corresponda a partir del primero de julio de 2025, cuando entra en vigencia la reforma. Según recalca el Gobierno Nacional, los aportantes podrán cambiar de ACCAI luego de seis meses de permanencia.
La reforma
La reforma pensional estableció un nuevo sistema que está compuesto por cuatro pilares: Solidario, Semicontributivo, Contributivo –que contempla los componentes de Prima Media y Complementario de Ahorro Individual–, y de Ahorro Voluntario. Si la Corte le da el visto bueno, entrará a regir el primero de julio de 2025.
Pero recuerde que no todos los trabajadores que cotizan a pensión pasarán automáticamente al sistema de pilares. Las personas que al primero de julio de 2025 cuenten con mínimo 900 semanas si son hombres o mínimo 750 semanas si son mujeres, se les seguirán aplicando las condiciones establecidas en el sistema pensional anterior (Ley 100 de 1993) en virtud del régimen de transición, además, podrán cambiarse a otra administradora durante dos años.
¿Qué pasará?
- Si está en Colpensiones, permanecerá en Colpensiones.
- Si está afiliado a un fondo privado, de ahora en adelante estará afiliado, obligatoriamente, a Colpensiones.
- Si está en un fondo privado, el saldo que tiene en su cuenta individual se lo seguirá administrando su fondo privado y, al momento de la pensión, este dinero ahorrado se trasladará a Colpensiones.
- Su administradora, para cualquier efecto, será Colpensiones.