‘No estoy inhabilitada’: Contralora

Dos posiciones opuestas al determinar si había o no inhabilidad para la actual Contralora Departamental, dilataron y polemizaron la elección de la candidata esta semana. Dos posiciones opuestas al determinar si había o no inhabilidad para la actual Contralora Departamental, dilataron y polemizaron la elección de la candidata esta semana. Indira Burbano, nueva contralora del Huila y Sergio Younes Rincón, presidente de la Asamblea, explicaron desde sus posiciones lo sucedido. CAROLINA AMÉZQUITA CASTRO LA NACIÓN, NEIVA La nueva contralora del Huila Indira Burbano y el presidente de la Asamblea, Sergio Younes Rincón, dieron su opinión frente a lo sucedido en la elección de la contralora. Indira Burbano, economista de la Universidad Externado de Colombia y con amplia experiencia en los sectores públicos y privados, explicó a LA NACIÓN por qué la supuesta inhabilidad es falsa, además de las expectativas y retos frente al cargo. ¿Cuál es la verdad legal de la supuesta inhabilidad en so contra para ser electa como Contralora Departamental? He buscado el apoyo de juristas prestantes en torno a si existe o no inhabilidad por estar desempeñando el cargo como directora territorial de la Escuela de Administración Pública (Esap) con jurisdicción en los departamentos de Huila, Caquetá y Putumayo. La ley establece que no podrá ser Contralor Departamental, quien durante el año anterior haya ejercido cargos públicos en el orden departamental, municipal o distrital, yo me he venido desempeñando como directora Territorial de la Esap, que es un establecimiento público de carácter nacional adscrito al Departamento Administrativo de la Función Pública, por tanto no está contemplado que haya inhabilidad cuando una persona que haya ejercido funciones públicas en una entidad del orden nacional, esté inhabilitado para ser Contralor Departamental. ¿Qué injerencia tenía entonces su cargo? Al estar desempeñándome en la Esap, los recursos que maneja la escuela a nivel nacional son auditados por la Contraloría General de la República, yo voy a desempeñar un cargo donde voy a auditar los recursos del orden departamental y de los municipios donde no existe contraloría; adicionalmente si la norma no contempla que exista inhabilidad para que un funcionario del orden nacional pueda aspirar a ser contralor departamental, sencillamente no se configura la inhabilidad. Desde un principio, cuando presenté mi hoja de vida a los tribunales adjunté una declaración juramentada donde expreso que no tengo ninguna inhabilidad para ser electa como Contralora. En cuanto al cargo desempeñado en la CAM, ¿Le representa alguna inhabilidad? La Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM), es un ente corporativo de carácter público que para los efectos presupuestales y demás, es un establecimiento del orden nacional. En la CAM estoy inscrita en carrera administrativa y como tal tuve a bien solicitar una comisión para ejercer un cargo de libre nombramiento y remoción, como está consignado en la ley, es así como por haber obtenido una calificación sobresaliente en mi desempeño dentro de la corporación, puedo estar desempeñándome en comisión, es decir, guardándome los derechos que tengo en carrera administrativa pero ejerciendo el cargo de directora Territorial de la Esap, donde tomé posesión ante el director Nacional y ejecuto mis funciones como están estipuladas en los reglamentos y normatividad que rige la escuela. ¿Renuncia entonces a los dos cargos para sumir el cargo de Contralora? A la Esap renuncié a partir del lunes, día en que asumiré el cargo como contralora; y en la CAM estoy haciendo un análisis detallado de si debo renunciar definitivamente al cargo de profesional especializado, en aras de mayor trasparencia e independencia en la ejecución de las auditorías que debo adelantar. No obstante, la norma que mencioné antes, expresa que uno puede solicitar comisión tanto para desempeñarse en un cargo de libre nombramiento y remoción como para hacerlo en uno de periodo. ¿Cómo va a ser la relación con el gobierno departamental? La función de la Contraloría debe ser un ejercicio de carácter técnico garantizando el debido proceso a quienes se vean abocados a un juicio de responsabilidad fiscal, siendo lo más objetiva e imparcial posible, realizando con mucha trasparencia, honestidad y mesura los análisis y resultados de auditoría y revisoría fiscal. ¿Cuál es su gran reto como Contralora? Cumplir un papel importante para velar por que los recursos públicos lleguen a su destino correcto, por medir el impacto que se logre en el mejoramiento de la calidad de vida de los huilenses con las inversiones que planifique el departamento y los diferentes municipios objeto de control. ‘El gran ganador fue el Huila’ (Recuadro) Muchos dicen que el gran vencedor en la elección de la Contralora fue usted ¿Qué le dice a quienes afirman eso? Que el gran vencedor fue el departamento, que va a contar en la vigilancia y control de la gestión fiscal con una funcionaria eficaz profesionalmente y sólida éticamente. ¿Existen dudas acerca de una presunta inhabilidad? En eso los que elegimos a la Dra. Indira Burbano le damos plena confiabilidad y credibilidad a la decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, que entregó y avaló el nombre de ella dentro de la terna para la elección de Contraloría Departamental. ¿Cuáles son los argumentos para afirmar que Indira Burbano no está inhabilitada? Por un lado, que no es posible afirmar que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, integrado por prestantes juristas, jueces de la República, haya prevaricado o sido negligente en la escogencia o selección de las personas que habilitó para la elección de Contralor. Y por el otro, que la Dra. Burbano no ocupó cargo público alguno del orden departamental, distrital o municipal en el último año, que son las hipótesis que plantean según la ley. La Dra. Burbano  tanto como Directora Territorial de la Esap como funcionaria de la CAM, era servidora pública del orden nacional y eso es claro. ¿Qué piensa de la posición que asumieron los diputados que argumentaron lo contrario? Que vivimos en un país libre en el cual cada quien tiene el derecho de expresarse como quiere y asumir la responsabilidad de sus afirmaciones. ¿Qué opinión le merece que el diputado Raúl Rivera, vocero de la bancada de La U, diera su voto por Jesús Méndez Artunduaga en contraposición a la bancada? Cada uno es libre de votar o escoger el candidato que mejor le parezca, más aún cuando el Directorio Departamental de La U dejó en libertad a sus diputados para que individualmente decidieran. En eso radica la libertad de elección, donde cada cual opta por lo que considera más conveniente según su criterio. Algunas personas advierten que vienen acciones judiciales en su contra y en la de los otros cinco diputados que votaron a favor de Indira Burbano, ¿le preocupa? De ninguna manera. Colombia es un Estado regido por las normas del derecho. ¿Cuál fue la razón para escoger a Indira Burbano por encima de los otros dos ternados? La terna se conformó con tres excelentes hojas de vida. Los tres candidatos son respetables y calificados, tanto que fueron los Tribunales quienes los seleccionaron y postularon, pero no podía elegirse sino a uno de ellos.

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