Jaque a libertad de asociación. Por Obert Alejando Ortiz

Frecuentemente expresamos que con la Constitución del 91, Colombia pasó de ser un Estado de Derecho a un Estado Social de Derecho. Frecuentemente expresamos que con la Constitución del 91, Colombia pasó de ser un Estado de Derecho a un Estado Social de Derecho. Es decir, al que ya no le hacemos tanto culto a la Ley, sino en donde se garantiza a todas las personas sus derechos de primera, segunda y tercera generación.  Los de tercera o genéricamente llamados derechos sociales económicos y culturales, o derechos colectivos, fueron reconocidos después de la segunda postguerra, particularmente a partir de la aprobación de la Carta de las Naciones Unidas en 1948. Los de primera o derechos individuales (vida, igualdad, libertad, propiedad, honra, debido proceso, presunción de inocencia, entre otros) se consagraron en las Constituciones en el transcurso del siglo XIX y parte del siglo XX inspirados en las Declaraciones Francesa de 1789, las de Derechos Norteamericanos y el Bill of Rights Inglés de 1689. Los de “segunda (derecho al trabajo, libertad sindical, huelga…) se adoptaron durante el periodo comprendido entre el triunfo de la Revolución Rusa de 1917 y el final de la primera guerra mundial y el inicio de la segunda, constituyendo estos, la expresión de la solidaridad humana y la manifestación de la igualdad real y efectiva ante la vida. Igualmente, la libertad de asociación perteneciente a este grupo, formalmente se incorporó en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos al disponer que toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otra, incluso el derecho de fundar sindicatos  y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses, no pudiendo el ejercicio de tal derecho tener restricciones distintas a las previstas por la ley, que sean necesarias en una sociedad democrática. Transcribo esto, porque es insólito que una prestigiosa entidad (Comfamiliar) por no decir su Director, desconozca y viole flagrantemente estos mandatos reconocidos constitucionalmente y despida sin piedad en tiempo record a más de 40 personas por querer hacer uso de este derecho. Este penoso detalle contradice los buenos balances obtenidos y pone entre dicho su modelo de gerencia. Máxime, al tener como referente un Vicepresidente de corte sindicalista y candidato a Director General de la OIT y un TLC con EEUU exigente en estos asuntos. Personalmente, no creo que estos sindicalizados despedidos y los pocos en turno debilitaran la institucionalidad de Confamiliar. Pésimo ejemplo.

Accidente en la vía Pitalito-Garzón dejó cinco personas heridas

Un accidente de tránsito se presentó en la vía Pitalito-Garzón. De acuerdo con el reporte de las autoridades, este...

El 2024 fue un año récord para las quejas en el sistema de salud colombiano

Según cifras de Acemi, entre enero y noviembre de 2024 se registraron más de 1,5 millones de PQRS, superando...

Vuelve proyecto para reducir salario de los congresistas

La iniciativa radicada en el Congreso de la República no tocaría el salario de los magistrados u otros altos...

Síguenos en:

Artículo Relacionado

Universidad Surcolombiana, secuestrada por la politiquería

Con la apertura esta semana del proceso de inscripción para candidatos a ocupar la rectoría de la Universidad...

Ciencia ciudadana: del asombro cotidiano al conocimiento colectivo

Una tarde de enero bajo los árboles, mi padre y yo nos deleitamos con la sinfonía de las...

Todo puede ser peor

Parece ser que la idea que tiene el ejecutivo sobre el poder transformador de la administración pública consiste...

Hasta el final y de la mano de Dios

Este titular proviene del mensaje dirigido a todos los venezolanos el pasado lunes en su cuenta de X...