Cada vez que ocurre un nuevo hecho luctuoso cuyo responsable es un conductor borracho, la sociedad nacional revive el debate de cuáles son las medidas preventivas, represivas y penales apropiadas para el castigo de esta conducta altamente peligrosa. Cada vez que ocurre un nuevo hecho luctuoso cuyo responsable es un conductor borracho, la sociedad nacional revive el debate de cuáles son las medidas preventivas, represivas y penales apropiadas para el castigo de esta conducta altamente peligrosa. El solo hecho de conducir, aún en buenas condiciones, se considera una actividad de riesgo por el alto nivel de contacto al que se expone frente a otros vehículos, peatones, calles y carreteras. El más reciente caso de un automovilista en estado de embriaguez, que arrolló y mató a tres motociclistas entre La Calera y Bogotá, ha despertado airadas reacciones, considerando entre otras cosas que las autoridades lo dejaron en libertad pese al grave daño causado y a las evidencias de su estado de alicoramiento. Aunque las normas penales en Colombia consideran todas las muertes producto de colisiones, choques y arrollamientos como homicidio culposo, es decir el acto o la omisión imprudente o negligente, hace poco la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia se modificó para indicar que, cuando los homicidios sean accidentales pero quien los cometa sea plenamente consciente de que es precisamente esa la consecuencia que puede derivar de su actuación, el causante debe ser juzgado por dolo y no por culpa, es decir, se debe calificar que lo hizo intencionadamente. Han dicho los magistrados que quien cause un accidente de esta naturaleza no puede estar actuando bajo la inconciencia del mal que puede causar, pues tiene plena certeza de que ciertas conductas pueden originar la ocurrencia del homicidio, aun cuando no sea su propósito causarlo. Es claro que una persona que ingiere licor tiene pleno conocimiento, por la experiencia y la razón, que el conducir un vehículo en ese estado puede derivar en la ocurrencia de un accidente que bien puede acabar con la vida de otras personas, luego es consciente de la magnitud de las consecuencias penales que para él puede traer aventurarse así. Pese a esa sentencia, con fundados argumentos, han fracasado varios intentos de proyectos de ley para que el Congreso de la República apruebe sanciones más drásticas a quienes conduzcan borrachos. Quien lo hace en ese estado es un verdadero peligro al volante, y lo que está en juego es la seguridad e integridad del resto de ciudadanos que están en su camino. De manera olímpica, la mayor parte de los congresistas se ha opuesto a que se impongan castigos severos por esta conducta, pese a los constantes hechos de suma gravedad que se registran en el país. Lo mínimo que podría esperarse es que al ser evidente la condición de embriaguez, no sólo se inmovilice el vehículo sino también al infractor, por lo menos mientras le dure la borrachera. Se trata, ni más ni menos, de una lógica precaución a favor tanto del resto de la sociedad como del mismo conductor embriagado. DESTACADO “Quien lo hace en ese estado es un verdadero peligro al volante, y lo que está en juego es la seguridad e integridad del resto de ciudadanos que están en su camino”. Editorialito El ministro del Transporte Miguel Peñalosa estará hoy en el Huila, honrando su palabra para examinar con las comunidades y contratistas los avances de las obras en el occidente del Huila. Y para ratificar que sus compromisos siguen vigentes y se cumplirán al pie de la letra. La visita como estaba pactada restablece la credibilidad.