Para el año 2015, se tiene estimado que más de 39.000 neivanos que figuran como persona natural deben declarar renta ante la DIAN, 2.278 más con respecto al año anterior, sin embargo muchas de ellas no lo han podido hacer debido a que no han logrado obtener la expedición del Registro Único Tributario, RUT, debido a que primero el contribuyente debe estar inscrito en el RUT, para poder presentar su declaración de renta.
El RUT sin duda es uno de los documentos más importantes para cualquier persona que esté a expensas de iniciar una actividad económica, la DIAN ha dispuesto varios mecanismos para obtener este documento: Línea única de Agendamiento de Citas Nacional con costo al número 01 900 555 84 84, en Neiva en el 057(8) 8 711616 o al 8711640, además de la página web www.dian.gov.co, y la línea Gratuita Nacional 01 8000 12 90 80, donde los usuarios pueden acceder al agendamiento a través del portal digital, sin embargo cada vez son más recurrentes las quejas sobre este servicio.
Aunque el Gobierno Nacional estableció la llamada Ley Antitrámites, Ley 962 de 2005, con el objetivo de instituir directrices fundamentales para la política de racionalización de trámites de carácter público, con el fin de mejorar la atención al público mediante el uso de herramientas tecnológicas, en el caso de la solicitud del RUT, éstas no parecen estar dando buenos resultados.
LA NACIÓN realizó cada una de las opciones entregadas por la entidad para establecer de qué manera se presta el servicio, y si realmente es efectiva.
PÁGINA WEB
Como primera medida, y luego de ingresar a la página web de la entidad, www.dian.gov.co, donde se establece la asignación de citas para los municipios de Neiva y Pitalito (ver imagen 1), y acceder al servicio, la página remite al usuario a una nueva ventana en donde se deben ingresar los datos personales de quien espere obtener una cita (ver imagen 2), sin embargo y tras varios intentos con diferentes usuarios, la plataforma arrojó el mismo resultado “No se han encontrado citas”, aunque todas fueron establecidas para diferentes fechas (ver imagen 3).
En el servidor arrojó en la búsqueda la página www.emtelco.co, donde los usuarios pueden acceder de manera inmediata a la asignación de citas, sin embargo y tras varios intentos los resultados fueron los mismos. Es importante resaltar que si bien se buscaron diferentes fechas para obtener la cita en los meses de septiembre y noviembre, solo el día nueve del presente mes, fue el que se dejó seleccionar sin mejores resultados.
LÍNEA ÚNICA DE AGENDAMIENTO DE CITAS NACIONAL CON COSTO
Luego de realizar el proceso por la página web de la entidad, donde no se obtuvieron resultados para solicitar el RUT, LA NACIÓN intento comunicarseal número 01 900 555 84 84, que es una línea nacional con un costo para el usuario y que atiende únicamente con horario de lunes a viernes de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche y sábados y festivos de 8:00 de la mañana a 2:00 de la tarde. Los costos para esta llamada primero dependen de su operador, si la compañía telefónica es de UNE tiene un costo de $50, otros operadores $200 y para líneas fijas es de $800, sin embargo y tras varios minutos esperando la atención de la operadora, solo fue posible escuchar la melodía de fondo sin recibir la atención del personal.
Tras varios intentos a las líneas de atención, no se obtuvo respuesta de la operadora.
LÍNEA GRATUITA NACIONAL
Haciendo uso de cada una de las herramientas entregadas por la institución, LA NACIÓN procedió a llamar a la línea nacional sin costo 01 8000 12 90 80. Tras varios intentos y luego de que la llamada fuera rechazada por la operadora, se pudo establecer contacto con el conmutador.
Luego de obtener respuesta y activar la opción de “Asignación de citas”, se debe esperar para que pueda ser asignada, sin embargo y tras más de diez minutos de espera, no fue posible que la citación fuera concedida, ni tampoco obtener atención personalizada por parte de algún funcionario.
Ley 962 de 2005
La Ley Antitrámites es una iniciativa gubernamental que establece las directrices fundamentales de la política de racionalización de trámites, haciendo a las entidades gubernamentales más eficientes y eficaces, que guían las actuaciones de la Administración Pública en las relaciones del ciudadano-empresario con el Estado en sus diferentes niveles, para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones.
Tiene como objetivo la construcción de una gestión pública moderna y transparente, mediante el fortalecimiento tecnológico, permiten al ciudadano acceder a los servicios públicos de forma ágil y efectiva, genera ahorros en costos y tiempo, evita exigencias injustificadas a los colombianos. Todo requisito, para que sea exigible al administrado, deberá encontrarse inscrito en el Sistema Único de Información de Trámites, SUIT, que opera a través del Portal del Estado Colombiano, PEC, www.gobiernoenlinea.gov.co.
Con esta Ley se prohíbe que las autoridades públicas establezcan trámites, requisitos y permisos para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones, salvo que se encuentren expresamente autorizados por la Ley.