Armando Ariza seguirá con prisión domiciliaria

Armando Ariza seguirá con prisión domiciliaria. La revocatoria no prosperó en las dos instancias

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

El ex director de la Caja de Compensación Familiar del Huila, Armando Ariza Quintero seguirá detenido en su residencia en  Sopó (Cundinamarca), donde permanece desde el 16 de junio de 2017. Las posibilidades que tenía para recuperar la libertad plena antes de terminar el año, se esfumaron.

El juez Cuarto Penal del Circuito de Neiva, Hermógenes Trujillo Salas, desestimó el martes pasado la solicitud de revocatoria y dejó en firme la medida de aseguramiento  impuesta el 3 de agosto de 2016 por supuestas irregularidades en el recobro de medicamentos de alto costo, para tratamiento de pacientes con hemofilia.

El funcionario judicial confirmó una decisión similar que profirió recientemente la jueza Cuarta Penal Municipal con función de garantías, Amanda Gissela Ruiz Solano.

En su criterio los elementos determinantes para decretar la medida de aseguramiento siguen incólumes. Las dos decisiones, proferidas en audiencia pública, tienen el mismo respaldo: las razones jurídicas para mantenerlo privado de la libertad siguen vigentes y la argumentación soportada no tienen la fuerza suficiente para derrumbarlas.

La gravedad de las conductas imputadas, la cercanía de Ariza  con los contratistas y funcionarios encargados de las entidades involucradas en la investigación, incluyendo con los miembros del consejo directivo, y su ascendencia en el medio por razones del cargo han soportado la imposición de la medida de aseguramiento.

El recobro

De acuerdo con el escrito de acusación, Ariza Quintero, en su calidad de representante legal de la EPS Comfamiliar,  tramitó entre 2009 y 2014 recobros por 4.797 millones de pesos, por el suministro de medicamentos ‘No POS’ del régimen subsidiado.  De éstos 996 millones fueron recobrados entre 2010-2012 a la Secretaría de Salud del Huila y 294,90 millones entre 2012-2014 a la Secretaría de Salud de Boyacá.

Aunque estos recobros están proscritos, como se lo advirtieron sus funcionarios,  Ariza Quintero  tramitó entre octubre de 2011 y septiembre de 2012 recobros por otros 3.506  millones. Sin embargo, esos giros  no se hicieron efectivos porque la Secretaría de Salud del Huila no contaba con la disponibilidad presupuestal.  No obstante, los pagos estaban autorizados.

El medicamento

El medicamento antihemofílico de alto costo fue adquirido a través de la empresa Distrimedical con sede en Ibagué (Tolima). La empresa constituida en el 2010, no registraba la solvencia económica, ni  la experiencia, ni contaba con la autorización o la franquicia para comercializar el medicamento en Colombia.

Sin embargo la firma recibió en tres años cerca de 11.000 millones de pesos por suministro del medicamento. Sólo que en el caso del Huila, los pacientes si existían y los medicamentos fueron suministrados. La falla es que no podían ser recobrados a las secretarías de salud del Huila y Boyacá.

La acusación

Por este hecho  Fiscalía le imputó inicialmente cargos por peculado por apropiación en favor de terceros, tentativa de peculado por apropiación en favor de terceros y fraude procesal.  Posteriormente, la propia Fiscalía modificó la calificación jurídica al constatar que las conductas detectadas en Neiva eran diametralmente distintas a las detectadas en el ‘cartel de la de la hemofilia’  en la costa caribe.

Bajo este revaluado escenario probatorio Ariza Quintero fue acusado en un tercer proceso penal por los delitos de fraude procesal y estafa agravada.

Las razones

El abogado Jesús Antonio Marín, consideró que las razones que soportaron la privación de la libertad desaparecieron. “No es posible- dijo- que el señor Ariza continúe privado de su libertad por un delito que ya no existe”.

Además, en otra acción judicial que presentó, separadamente,  solicitó expresamente la preclusión, el archivo definitivo del proceso,  por inexistencia del hecho investigado.

Con esta nueva calificación Ariza Quintero reclamó la libertad plena. Marín pidió desde el 17 de septiembre pasado la revocatoria de la detención domiciliaria, decretada el 3 de agosto de 2016 por la Juez Octava Penal de Garantías.

Marín Ramírez consideró que en este caso desapareció la inferencia razonable que en su momento tuvo en cuenta la Fiscalía para imponerle la medida de aseguramiento.

Y como pruebas sobrevinientes presentó dos documentos del Invima, que en su criterio, despejaría las dudas sobre la calidad del medicamento denominado comercialmente Fandhi Factor VIII antihemofílico.

Además, demostró que los dineros recobrados por medicamentos de alto costo fueron devueltos a las secretarías de Salud del Huila y Boyacá, con los intereses, debidamente actualizados, según certificado fechado el 7 de marzo de 2017.

Sin embargo, en las dos instancias, la solicitud no prosperó.

Los elementos materiales probatorios aportados por la defensa para solicitar la revocatoria de la medida de aseguramiento, en criterio de los togados, no tenían la entidad para derruir los argumentos que la Fiscalía tuvo en cuenta para la pedir la medida cautelar.

La solicitud de revocatoria de la medida de aseguramiento no ha sido la única. En otras cuatro oportunidades Ariza ha formulado la solicitud por distintas razones pero no todas han prosperado.

La medida de aseguramiento por supuestas anomalías en el manejo de recursos de la salud con la clínica Revivir, en Pitalito fue revocada el 3 de junio de 2017 por un juez de garantías de Bogotá por vencimiento de términos.

La detención preventiva por las supuestas anomalías en Medilaser fue revocada el 26 de septiembre de 2016 por el Juzgado Cuarto Penal Municipal con función de control de garantías.

En cambio, la tercera medida que lo mantiene con detención domiciliaria en su residencia en Sopó (Cundinamarca) no pudo ser desmontada. En la baraja sigue la preclusión, próxima a resolverse.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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