Es un proceso común, pues está diseñado para controversias generales y no específicas.
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El proceso ejecutivo es aquel que busca ejecutar al deudor que incumplió su obligación, que debe estar plasmada en un documento que contenga una obligación clara, expresa y exigible; que provenga del deudor y que preste merito ejecutivo. Lo encontramos en el artículo 422 del código general del proceso.
Si la obligación es cumplida dentro del término establecido en el mandamiento ejecutivo se procede a condenar en costas el ejecutado, pero si no se cumple con la orden del mandamiento ejecutivo y no se propusieren excepciones en el tiempo estipulado para proponerlas, por medio de auto se ordenara seguir adelante la ejecución para el cumplimiento de las obligaciones determinadas en el mandamiento ejecutivo, practicar la liquidación del crédito, el avaluó y remate de los bienes embargados y condenar en costas al ejecutado.
En el poder de proceso ejecutivo el demandante se llama ejecutante y el demandado ejecutado. En el caso de que la obligación sea cumplida dentro del término estipulado en el mandamiento ejecutivo el siguiente procedimiento es la condenación en costas del ejecutado, sin embargo si no se realiza su cumplimiento con la orden del mandamiento ejecutivo y no se ofrecieran excepciones en el tiempo establecido para brindarlas, a través de un auto se ordenara continuar adelante con la ejecución para el cumplimiento de las obligaciones específicas en el mandamiento ejecutivo, practicar la liquidación del crédito, el avaluó y remate de los bienes embargados y condenar en costas al ejecutado.
Carlos Alberto Perdomo Restrepo
Abogado especialista
¿Qué es un proceso ejecutivo?
Es una demanda que inicia un acreedor o beneficiario cambiario de un título valor o ejecutivo que de manera coactiva a través de la solicitud de medidas cautelares, inicia en contra de una persona denominada deudora u obligada cambiario, para exigir su cumplimiento con respecto a obligaciones de dar, hacer o no hacer o de contenido claro, expreso y exigible.
¿Cuáles son las etapas procesales de la demanda ejecutiva?
El trámite procesal que a petición de parte desarrolla el órgano jurisdiccional, se dispersa a través de las siguientes fases;
- Radicación de la demanda
- Radicación de medidas cautelares
- Mandamiento ejecutivo
- Notificación del auto ejecutivo
- Cumplimiento de la obligación
- Contestación de la demanda
- Sentencia que ordena seguir adelante la ejecución
- Medidas ejecutivas para el cumplimiento de la obligación
- Remate de bienes
- Pago al acreedor
¿Cuál es la clasificación de los procesos ejecutivos?
En el País, actualmente existen dos clases de proceso ejecutivos, los cuales se derivan en procesos ejecutivos singulares y procesos ejecutivos concursales o plurales, dentro de estos dos tipos de procesos ejecutivos se encuentran unas subclases como lo son los ejecutivos por equivalencia, ejecutivo por transformación, ejecutivo directo, ejecutivos laborales y los concursales.
¿Qué es un título ejecutivo?
El código general del proceso en su artículo 422 Código general del proceso lo representa de la siguiente manera; Pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles que consten en documentos que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él, o las que emanen de una sentencia de condena proferida por juez o tribunal de cualquier jurisdicción, o de otra providencia judicial, o de las providencias que en procesos de policía aprueben liquidación de costas o señalen honorarios de auxiliares de la justicia y los demás documentos que señale la ley.
¿Qué clases de títulos ejecutivos existe en Colombia?
En Colombia son títulos ejecutivos son de orden judiciales, para judiciales, fiscales y privados
Que pueden ser los siguientes:
- Las copias auténticas de los actos administrativos de reconocimiento de derechos
- Sentencias judiciales
- Documentos contractuales
- Actas de conciliación
- Entre otros.