Desde este 1 de agosto de 2017 empezaron las multas a todas las personas que no cumplan con las normas del nuevo Código Nacional de Policía, aquí les mostramos cuáles son las infracciones más comunes que pueden parecer normales para que no caiga en la trampa y peque por inocente.
Tenga en cuenta:
- Limitar u obstruir las manifestaciones de afecto y cariño que no configuren actos sexuales o de exhibicionismo en razón de la raza, origen nacional o familiar, orientación sexual, identidad de género u otra condición similar.
- Emplear o inducir a los niños y adolescentes a utilizar indebidamente las telecomunicaciones o sistemas de emergencia.
- No recoger el excremento de su mascota o después de recogidos dejarlos abandonados en espacio público o áreas comunes.
- Permitir que animales o mascotas en espacio público esparzan las bolsas y recipientes de basura puestas para la recolección.
- Obstruir la ciclorruta o carril exclusivo para las bicicletas.
- Reñir, incitar o incurrir en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas.
- Lanzar objetos o sustancias peligrosas que puedan causar daño a personas.
- Amenazar con causar daño físico a personas por cualquier medio.
- Portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes o sustancias peligrosas en áreas comunes o lugares abiertos al público. Se exceptúa quien demuestre que esos materiales constituyen una herramienta de su actividad deportiva, oficio, profesión o estudio.
- Portar armas neumáticas, de aire, fogueo, de letalidad reducida o sprays, rociadores, aspersores, o aerosoles de pimienta o cualquier elemento que se asimile a arma de fuego en lugares abiertos al público, donde se desarrollen aglomeraciones de personas, o en lugares donde se consuman bebidas embriagantes, o se advierta su utilización irregular, o se incurra en un comportamiento contrario a la convivencia.
- Irrespetar a las autoridades de Policía.
- Permitir que los niños o adolescentes tengan animales potencialmente peligrosos.
- Impedir el ingreso o permanencia de perros lazarillos que acompañen a su tenedor como guía en sitios públicos, sistemas de transporte o en edificaciones privadas o públicas.
- Tener caninos potencialmente peligrosos en espacio público, zonas comunes, transporte público sin bozal, traílla o demás elementos que exige la ley, para saber cuáles son potencialmente peligrosos.