Un concejal en ejercicio y dos exconcejales de Palestina (Huila) fueron condenados por haber recibido plata por la elección del personero Efrén Pinzón Valencia, ocurrida hace ochos años.
Los dirigentes liberales comprometidos Epifanio Arias Narváez y Guillermo Edmundo Hoyos Samboní, absueltos en primera instancia, recibieron una ejemplar condena, en una trascendental decisión adoptada por el Tribunal Superior de Neiva.
El escándalo lo destapó el concejal del Movimiento Colombia Viva, Teófilo Cortés Guerrero, quien arrepentido, devolvió el millón de pesos que le entregaron por su voto. Esa circunstancia, no lo eximió de responsabilidad. El denunciante también fue condenado por haber contribuido en la elección irregular.
La Sala Penal libró orden de captura contra los tres políticos acusados y pidió que se investiguen a otras tres personas, entre ellos al propio expersonero, por la confabulación para comprar el cargo de representante del Ministerio Público.
Voto prepago
El abogado Efrén Pinzón Valencia, de 41 años, egresado de la Universidad La Gran Colombia fue elegido el 9 de enero de 2008. Obtuvo siete de los once votos, al parecer pagos. Diana Patricia Calderón, obtuvo cuatro votos y el tercera candidata Mónica Alexandra Coy, no tuvo votos.
Pinzón Valencia, sin mayor experiencia, obtuvo el cargo pero por dinero. Desde antes de su elección, familiares, amigos y directivos de la corporación promovían su candidatura que finalmente logró sobornando a varios concejales. Según su hoja de vida, durante nueve meses, laboró como auxiliar judicial en el Consejo de Estado. El joven profesional será investigado también por esta conducta.
Sobornados
El concejal denunciante, Teófilo Cortés Guerrero, reveló que el 6 de enero de 2008, el presidente del Concejo Epifanio Arias llegó a su residencia y le ofreció un millón de pesos por su voto en favor de Efrén Pinzón. “Don Epifanio, el presidente del Concejo, fue a mi casa y me llevó un millón de pesos (…) es la plata que hoy entrego aquí porque me he puesto a pensar que eso no es normal, por eso la guardé, en un comienzo yo pensé que era normal que le dieran planta a uno por elegir al personero”, confesó cuando puso en evidencia la irregularidad.
El 24 de mayo de 2010 el Fiscal 27 Seccional de Neiva les imputó cargos ante el Juez Promiscuo por los delitos de concusión y cohecho por dar u ofrecer.
Al denunciante le imputó cohecho impropio. Los dirigentes políticos fueron acusados formalmente el 18 de febrero de 2011. Sin embargo, dos años después, sorpresivamente, pese a las evidencias, el juez Primero Penal del Circuito de Pitalito, los absolvió. El juicio oral terminó el 22 de agosto de 2013 con fallo absolutorio.
Retractación
Después, en el juicio oral, cambió la versión, pero no lograron desvirtuar la gravedad de su denuncia. “Ese solo hecho no desvirtúa necesariamente el contenido de lo expresado en su momento. El juzgador debe analizar en conjunto la prueba practicada, según la sana crítica, para establecer cuando dijo la verdad”, aseguró el magistrado Hernando Quintero.
Según los magistrados, el concejal Cortés Guerrero “relató las circunstancias en que se desarrolló la conducta criminal y el rol desempeñado por todos y cada uno de los coautores”.
Resulta innegable -dijo- que el juez de instancia omitió en el proceso de valoración que le era debido, la versión inicial del denunciante, el alto contenido incriminatorio y la coherencia con las demás pruebas. Tampoco otros testimonios sobre el ofrecimiento que hizo el presidente de la corporación a otros concejales ni las denuncias que presentó el personero saliente. Además, “descalificó dos versiones trascendentales que daban cuenta de unos hechos probatoriamente acreditados”.
Insólita absolución
El Juez Primero Penal del Circuito de Pitalito inicialmente convencido de la materialidad de las conductas imputadas y de la responsabilidad de los acusados, sorpresivamente se apartó del universo probatorio y los eximió por supuestas contradicciones.
La Fiscalía criticó la posición del fallador de primera instancia. En su criterio, desestimó las pruebas de cargos por duda, sin plasmar las razones para negar su valor y credibilidad, como el dinero entregado por un concejal para la elección del personero.
El juez tampoco sometió a las reglas de la sana crítica el testimonio inicial del concejal Teófilo Cortés, quien denunció la irregularidad y le dio credibilidad a la coartada que montó posteriormente para justificar el dinero que recibió por su voto.
“El juzgador se sustrajo de analizar las evidencias que allegó la Fiscalía, que respaldaban la prueba directa que da cuenta del proceso de elección de Personero y la exigencia de dinero para votar en esa elección”, como lo corroboró Juan Pablo Hoyos Rojas, quien pretendía ser reelegido, estructurándose la conducta punible por las que fueron acusados”, sostuvo el vocero del ente acusador.
Descargos
El concejal Guillermo Edmundo Hoyos Samboní, alegó que el dinero que devolvió el denunciante fue un préstamo para la práctica de una cirugía. También dijo que “hubo un desmedido ánimo de venganza” del Comandante de la Policía y del Personero” contra su pupilo.
Epifanio Arias, alegó que la Fiscalía no demostró la ocurrencia de los delitos imputados. Además dijo que la denuncia de Cortés Guerrero no fue autenticada, reconocida o incorporada al proceso por la persona que la instauró.
Otras versiones
El concejal Pablo Antonio Carvajal corroboró los ofrecimientos que le hizo el presidente de la corporación para votar por Pinzón.
La concejala Delfina Chimonja, amiga del denunciante reveló que Cortés Guerrero le confirmó que “Epifanio Arias le había ofrecido un millón de pesos por el voto”.
Igual ocurrió con Luz Mary Andrade. Dijo que a su casa fue Álvaro Mora, vecino dela vereda San Isidro y le confirmó que “había un dedo para que votara por la elección del doctor Efrén Pinzón”. El emisario le explicó, según aparece en el expediente, que “Un dedo era un millón de pesos”. La concejala rechazó la propuesta.
“Es evidente que las incriminaciones que hacen los testigos de cargos sobre las solicitudes y ofrecimientos remuneratorios para favorecer a un candidato en la elección de Personero, específicamente a Efrén Pinzón, no se quedaron en simples rumores o especulaciones, como concluyó el juez de instancia”, afirmaron los magistrados al revocar la sentencia.
Ejemplar condena
El concejal Teófilo Cortés Guerrero, declarado penalmente responsable de cohecho impropio, fue condenado a 64 meses de prisión. Además, deberá pagar una multa equivalente a 66,66 salarios mínimos (46 millones de pesos aproximadamente). Como pena accesoria fue inhabilitado para ocupar cargos o funciones públicas durante 80 meses.
Los concejales liberales Epifanio Arias Narváez y Guillermo Edmundo Hoyos Samboní fueron condenados por concusión y cohecho a la pena principal de 130 meses de prisión, multa de 176 salarios mínimos (121,34 millones de pesos) e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 120 meses.
Los magistrados les negaron los beneficios de suspensión condicional de la ejecución de la pena y detención domiciliaria. En consecuencia, los condenados deberán purgar la pena impuesta en establecimiento carcelario.
El Tribunal Superior de Neiva les libró orden de captura. Además, compulsó copias para que se investigue por los mismos hechos al personero Efrén Pinzón Valencia, quien pagó por su elección; a su hermano Camilo Pinzón y al dirigente político Álvaro Mora, quien sirvió de emisario.
La Sala Penal compulsó copias a la Dirección Seccional de Fiscalías para que investigue la posible responsabilidad en la elección irregular del personero Pinzón Valencia.
Los procesados interpusieron separadamente el recurso extraordinario de casación que deberá surtirse ante la Corte Suprema de Justicia.