La nueva tabla de avalúo vehicular

Finalmente se comenzó a aplicar la nueva tabla de avalúos vehiculares para el 2016. El Ministerio de Transporte, en cabeza de Natalia Abello Vives, logró realizar los ajustes necesarios a la misma en compañía de gremios como Fenaldo, Andi, Andemos, Asopartes, Asousados, Asorenting y la Asociación de Propietarios de Vehículos Particulares, y ya se encuentra vigente (esperando que no se presenten problemas posteriores) la Resolución 0829 de 2016, la cual deroga la tan controversial Resolución 5358 de 2015, y fija la base gravable de los vehículos automotores para el año que transcurre.
 
Para tranquilidad de muchos, la nueva base gravable no supera en ningún caso el valor comercial del vehículo, punto muy discutido en la extinta Resolución 5358. La nueva norma incluye adicionalmente una herramienta llamada línea base estándar, la cual busca facilitar los trámites a las Secretarías de Hacienda y a los mismos propietarios en caso de que algún tipo de vehículo no se encuentre dentro de las tablas expedidas.
 
Para el gobierno departamental, esta nueva realidad no ha sido motivo para generar ningún tipo de traumatismos a la hora de que los ciudadanos realicen los respectivos pagos por concepto de impuestos vehiculares, puesto que a la fecha, por ejemplo, se han reportado un promedio de más de 4.000 contribuciones.
 
Con la entrada en vigencia de la nueva norma, se determina la posibilidad de que al contribuyente que hubiere cancelado el impuesto del vehículo correspondiente al año 2016 y que con la implementación de la nueva resolución se le genere un saldo a favor, las Secretarías de Hacienda descontará dicho valor para la vigencia 2017 en las declaraciones sugeridas, si estas no son objeto de solicitud de devolución por parte del contribuyente al 31 de diciembre de 2016.
 
Ante esta realidad, la Secretaría de Hacienda del Departamento del Huila ya se encuentra estructurando la hoja de ruta para que los eventuales procedimientos de devolución de dineros por mayor valor sean ágiles y oportunos, buscando con ello que al ciudadano no se le generen traumatismos; y que a la administración, la cual deberá soportar todo el proceso por inoperancias del Ministerio de Transporte, tampoco se le convierta el tema en un foco de inconformismos y retaliaciones.
 
De esta manera, palabras más, palabras menos, el ciudadano que ya ha realizado el pago de su impuesto vehicular – vigencia 2016 – podrá de manera oportuna, y mediante el procedimiento que anuncie pertinentemente la Secretaría de Hacienda, solicitar que o bien se le reintegren los rubros que resulten del cotejo de los valores pagados, o que los mismos les sean integrados como saldo a favor para el pago respectivo en el año 2017. Esta situación no deberá representar ningún tipo de inconveniente. Al contribuyente se le respetará la escogencia que tuviere y la administración se encargará de promover los mecanismos expeditos para que así se lleve a cabo.
 

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