Nuevo reglamento para el arbitraje nacional

Colombia adoptará normas de Naciones Unidas para arbitraje internacional a través de una ley que inició trámite en el Congreso. Colombia adoptará normas de Naciones Unidas para arbitraje internacional a través de una ley que inició trámite en el Congreso. LA NACIÓN, NEIVA Inició trámite en el Congreso de la República un proyecto de ley que pretende ofrecer un instrumento normativo encaminado al fortalecimiento del arbitraje como mecanismo alternativo de solución de controversias. La iniciativa fue presentada por el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Justicia y del Derecho, con el apoyo de expertos en el tema. “Se trata de un fortalecimiento del arbitraje en Colombia, tanto nacional como internacional, que conllevaría a una inminente mejora de nuestro país en los diferentes índices internacionales en relación con la seguridad jurídica ofrecida a inversionistas nacionales e internacionales y el mejoramiento del clima de inversión”, explicó el senador Hernán Andrade, uno de los ponentes. También considera que el arbitraje juega un papel preponderante dentro del proceso de globalización de la economía colombiana, así como en la atracción de inversión extranjera y el aumento de la inversión nacional, teniendo en cuenta que el proyecto tiene como objeto dotar de seguridad jurídica a los operadores y usuarios del arbitraje. De esta manera, “el país adoptará normas de Naciones Unidas para arbitraje internacional. Esta Ley Modelo ha sido acogida, entre otros, por países como Estados Unidos, Canadá, Honduras y Nicaragua”, dijo el congresista huilense. Exposición de motivos En el texto del proyecto se equiparan las entidades públicas a las personas que desempeñan funciones públicas, y se equilibra el derecho de postulación entre la jurisdicción ordinaria y la justicia arbitral, de tal manera que se acabe con el desequilibrio o trato diferencial hoy existente. En el proceso arbitral podrán utilizarse medios electrónicos para todas las comunicaciones, tanto del tribunal con las partes, como con terceros, para la notificación de las providencias, la presentación de memoriales y la realización de audiencias, así como para la guarda de la versión de las mismas y su posterior consulta. La ley dispone que la Procuraduría General de la Nación intervenga en los eventos de amigable composición en los que haga parte el Estado, o alguna de sus entidades. “Si bien es cierto que la amigable composición es un mecanismo estrictamente contractual y no jurisdiccional de solución de controversias, resulta conveniente asegurar la participación del Ministerio Público en procura de la defensa del orden jurídico, del patrimonio público y los derechos y garantías fundamentales, al igual que se prevé para el arbitraje”, dice la norma.

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