La Nación
Personero de Neiva amonestado por la Procuraduría 1 19 septiembre, 2024
NEIVA

Personero de Neiva amonestado por la Procuraduría

La Procuraduría impuso al personero de Neiva, Kleiver Oviedo Farfán, una amonestación escrita como sanción disciplinaria por una presunta falta que cometió cuando fue Personero de Palermo durante el periodo 2016-2020. “La Procuraduría no tuvo en cuenta las pruebas”, dijo el funcionario.

 

Carolina Argüello Cruz

comunidad@lanacion.com.co

 

Desde antes de posesionarse en el cargo como Personero de Neiva, sobre Kleiver Laureano Oviedo Farfán ya pesaba una investigación disciplinaria por parte de la Procuraduría por una presunta falta que cometió cuando ejerció este mismo cargo en el municipio de Palermo.

Oviedo Farfán se habría pasado por alto el requerimiento de un ‘despacho comisorio’ remitido por la Procuraduría Provincial de Neiva que le ordenaba “practicar una visita especial en la Alcaldía de Palermo con el objeto de revisar el proceso de selección abreviada de menor cuantía 011-2017 adelantado por esa entidad, y allegar pruebas documentales del mismo”.

El documento que fue enviado a la Personería de Palermo el 20 de marzo del 2018, y según la Procuraduría, al parecer, habría sido engavetado porque nunca se adelantó la respectiva visita, pues contaba con un plazo máximo de 10 días hábiles para su ejecución y nunca se enviaron las pruebas.

Por esta razón, la Procuraduría Provincial de Neiva le abrió una investigación disciplinaria y a finales del 2019, profirió contra él un único cargo: el de no dar cumplimiento, al parecer, de manera injustificada, al despacho comisorio, con lo cual probablemente incumplió los deberes que trata la ley 734 de 2002, e incurrió en la prohibición contenida en esta misma ley, en armonía con el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia.

Durante la primera audiencia realizada el 7 de enero de 2020, el apoderado de Kleiver Oviedo, no presentó descargos, pero sí solicitó y aportó pruebas que fueron decretadas y practicadas en fechas posteriores.

A declaración juramentada fueron llevados Diego Fernando Hernández y Oswaldo Valenzuela Lozada, contratistas encargados del manejo de la documentación y manifestaron que el despacho comisorio 005 nunca fue recibido.

Un año después, el pasado 6 de enero, el Personero de Palermo y hoy de Neiva y su apoderado, el abogado Alberto Yépes, presentaron los alegatos correspondientes especificaron que a Kleiver Oviedo Farfán “se le reprocha, al parecer, de manera injustificada no haber dado cumplimiento al despacho comisorio número 005 emanado por la Procuraduría provincial de Neiva”. Sin embargo, advierte que no se dio trámite a la solicitud porque el documento no fue recibido.

Para la Procuraduría el requerimiento fue recibido ya que así lo soporta la empresa de correo certificado 472 con guía RN922304887CO.

“Respecto al argumento  esbozado por la defensa relacionado con que el despacho comisorio N. 005 de 2018 nunca fue entregado al investigado Farfán Oviedo, pues así se predica de los testigos Oswaldo Valenzuela Lozada y Diego Fernando Hernández Vargas, personas que para la época de los hechos investigados laboraban en la Personería Municipal de Palermo y que, al parecer, recibieron y tramitaron el oficio N. 0707 de fecha 16 de marzo de 2018 con el cual la Procuraduría Provincial de Neiva remitió los despachos comisarios N. 003 y 005 de 2018; no es de recibo por parte de este despacho, toda vez que la responsabilidad del control, clasificación, vigilancia y custodia de la correspondencia estaba en cabeza del investigado Kleiver Oviedo Farfán no solo como jefe de despacho de la Personería de Palermo, sino como único funcionario de planta de dicho despacho, pues los señores Oswaldo Valenzuela Lozada y Diego Fernando Hernández Vargas eran contratistas vinculados con la Alcaldía de Palermo con funciones en la Personería, por ende no estaban obligados ni siquiera al cumplimiento de horario, mucho menos a realizar labores misionales de la Personería”.

De acuerdo con la decisión de la Procuraduría, la falta cometida por Kleiver Oviedo, cuando fue personero del municipio de Palermo, fue calificada como leve a título de culpa grave, por lo que recibirá una amonestación escrita o un llamado de atención que quedará registrado en su hoja de vida como parte de la sanción disciplinaria.

Decisión subjetiva

En diálogo con LA NACIÓN, el funcionario expresó su inconformidad frente a la decisión ya que no se tuvieron en cuenta las pruebas presentadas en las que se demostró que nunca tuvo en sus manos el despacho comisorio en el que se comunicaban los requerimientos expresados por la Procuraduría.

“Vamos a la apelación de que debo ser absuelto porque quedó comprobado que nunca conocí el despacho comisorio, la Procuraduría no tuvo en cuenta las pruebas y quedó demostrado que nunca tuve el documento en mis manos. Pienso que es un tema subjetivo, más que basado en derecho”.

Es de resaltar que el funcionario podrá seguir desempeñando sus funciones como Personero de Neiva, pues de todas las sanciones en el orden disciplinario, esta es la más baja que existe.