El enredo fiscal por boletería comprada al Atlético Huila

El Infihuila recibió 800 boletas para asistir a los partidos del Atlético Huila, como parte de las obligaciones de un contrato publicitario. Sin embargo, el manejo irregular de los pases y el inadecuado uso de los recursos, originó una investigación que se acaba de fallar.

Ricardo Areiza

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

El Instituto Financiero del Huila (Infihuila) y el Club Atlético Huila suscribieron el 22 de enero de 2013 un contrato de prestación de servicios publicitarios “para la generación de ejecución de estrategias de información”.

El contrato  SAG-02-2013 contemplaba una pauta publicitaria con la imagen corporativa de Infihuila en el antepecho de la tribuna occidental durante los torneos de la Copa Postobón 1 y 2 con por valor de 50 millones de pesos.

La oferta presentada por el Club Atlético Huila discriminaba el valor de las entradas dependiendo del lugar o zona de ubicación. En este caso serían 50 entradas por partido en la Tribuna Occidental por valor de diez mil pesos por persona. Efectuado la correspondiente operación matemática se invertían medio millón de pesos por partido.

Sin embargo, otras eran las cifras que entregó el club deportivo. Según el informe presentado por Club Atlético Huila durante el término de ejecución del contrato se le entregaba al Infihuila 800 boletas.

Por el manejo aparentemente irregular de la boletería, la Contraloría recibió varias denuncias ciudadanas, origen de la investigación.

Al considerar que hubo una destinación inadecuada de los dineros públicos, y por lo tanto, un detrimento patrimonial,  la Contraloría ordenó investigar a los exgerentes del Infihuila, Carlos Eduardo Trujillo González, designado por la ex gobernadora Cielo González y Sandra Liliana Rojas Hernández, designada por el nuevo gobernador Carlos Mauricio Iriarte.

Las cuentas

La Contraloría multiplicó las 800 boletas por diez mil pesos, lo que sumaba ocho millones de pesos en boletería que se entregaba como parte de las obligaciones del contratista, sin que se conozca el destino o la utilidad dada a la misma, lo que constituye un presunto daño patrimonial

“En ese orden tenemos que el Infihuila invirtió al parecer la suma de ocho millones de pesos para adquirir entradas para los partidos del Atlético Huila sin que se observe que estos recursos se hubiere generado un beneficio para la entidad o respondiera al cumplimiento de los fines del Estado”, concluyó el jefe de Responsabilidad Fiscal, William Sánchez Hernández.

El equipo auditor advirtió que el Infihuila al efectuar la mencionada erogación sin que existan evidencias del beneficio obtenido por el Instituto Financiero del Huila se cuantifica un presunto daño al patrimonio del Estado.

Al  analizar las pruebas que soportan el hallazgo el 29 de abril de 2016 el organismo de control profirió auto de apertura del proceso de responsabilidad.

Imputación

Como presuntos responsables la Contraloría vinculó oficialmente a Carlos Eduardo Trujillo González y Sandra Liliana Rojas Hernández, ambos en calidad de gerentes de la entidad.

El 30 de octubre de 2020, hace un año, la Contraloría les imputó responsabilidad fiscal el 24 de agosto de 2020 quienes deberán resarcir el daño patrimonial causado en las sumas de tres millones y cinco millones de pesos, respectivamente con motivo al manejo irregular de los recursos públicos asignados en cumplimiento del contrato,

Como tercero civilmente responsable vinculó a la compañía de seguros La Previsora.

El contrato

Según el contrato de publicidad el contratista debía mantener dos avisos de publicidad en los muros de la tribuna oriental y occidental y una valla en la parte externa frontal, zona occidental. Además, cuatro vallas móviles dentro del gramado durante los torneos de la Liga y publicidad en la página web.

En cambio el conjunto deportivo le ofrecía 50 boletas para tribuna occidental y un descuento del 30% para los clientes de la entidad.

Durante el término de ejecución del contrato ingresaron al Infihuila 800 boletas sin que se conozca el destino o la utilidad dada lo que se constituye en un presunto daño patrimonial cuantificado en la suma de ocho millones de pesos, en cabeza de los gerentes de la época Sandra Liliana Rojas y Carlos EduardoTrujillo.

“En este orden tenemos que el Infihuila invierte la suma de ocho millones de pesos para adquirir boletas para los partidos del Atlético Huila sin que se observe que la inversión de estos recursos se hubieren generado un beneficio para la entidad financiera correspondiente al cumplimiento de los fines del Estado”, concluyó el equipo auditor.

“Máxime cuando ni siquiera se conoce el destino dado a dichos títulos valores conforme se evidencia en los comprobantes de pago número 1110050501 de fecha 11 de mayo de 2013 por valor de 25 y nota débito número 201 500 0428 del 30 de mayo de noviembre de 2015 a favor del club deportivo Atlético Huila”.

Descargos

González Trujillo explicó que el contrato no se realiza con el fin de adquirir boletas. “Por el contrario, su objeto fue la prestación de servicios publicitarios mediante una pauta publicitaria con la imagen corporativa del Infihuila, por eso no se puede hablar de utilidad en las boletas, que en ningún momento tenían un destino comercial ni se estipula en el contrato un destino específico con relación a persona determinada”, explicó el ex funcionario en su versión libre.

“En varias ocasiones, la boletería fue entregada a los funcionarios y clientes del instituto, así como a los diferentes asistentes a la entrada del estadio”, explicó.

No obstante, la Contraloría insistió en un presunto detrimento al instituto financiero por el manejo irregular de los recursos erogados en cumplimiento del contrato donde los ex gerentes recibían 50 boletas como parte de las actividades y obligaciones a cargo del contratista.

“Esto representan una erogación patrimonial dentro del valor del contrato donde no se demuestra la utilidad ni la destinación que le dieron a las boletas. Está claro que se efectuó una erogación por unos bienes que no se prestaron beneficio alguno a la entidad financiera”, precisaron los investigadores.

Certeza

“El daño ocasionado al instituto es anormal porque el perjuicio está dado en la erogación de dineros por los gerentes de la época sin que se conozca la destilación , pero es cuantificable dado que en el material probatorio obrante dentro del proceso  está soportado la entrega de 50 boletas de entrada por cada partido, cuyo destino se desconoce”.

“Teniendo la certeza del daño patrimonial al Estado estimamos que fue producto de una gestión fiscal antieconómica, ineficaz, ineficiente e inoportuna y obedece a un actuar culposo grave de los dos gerentes”, afirmó el jefe de Responsabilidad Fiscal.

En su criterio, los dos ex gerentes  de la entidad, en calidad de representantes legales les era exigible un cuidado extremo, diligencia debida y atención en el cumplimiento del deber funcional.

Los cargos

Sandra Liliana Rojas fue nombrada el 18 de abril del 2013 por el gobernador Carlos Mauricio Iriarte, elegido en una jornada atípica tras el retiro intempestivo de su titular Cielo González Villa.

“Como gerente concibió un manejo irregular de los recursos asignados en cumplimiento del contrato que había suscrito su antecesor”,  según la Contraloría. La funcionaria recibió un total de 500 boletas como parte de las obligaciones del club deportivo.

“En consecuencia el comportamiento de la funcionaria vulnera, sin lugar a duda, los principios que rigen la gestión fiscal y la función administrativa”, concluyó el organismo de control.

“Por lo tanto este despacho considera procedente delegarle responsabilidad fiscal por el presunto daño patrimonial ocasionado a los recursos destinados para la prestación de los servicios de la entidad”.

Trujillo González, quien suscribió el contrato, durante su gestión recibió por parte del contratista 300 boletas como parte de las obligaciones. No obstante, no se demostró la destinación que le dio a las boletas.

“Entonces se efectuó una erogación por unos bienes que no prestaron ningún beneficio a la entidad financiera. En consecuencia, la actuación del ex funcionario público se encuentra inequívocamente investida de gestión fiscal y por lo tanto, tiene la obligación de realizar las acciones necesarias para garantizar el cabal cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales encomendadas”, precisó.

Ahora bien demostrada la transgresión a los principios que orientan la gestión fiscal se puede afirmar que no asumió un adecuado desempeño de sus deberes asignados.

“Es evidente la relación que existe entre la conducta desplegada por el implicado y el daño patrimonial causado al erario por cuanto las actividades realizadas no cumplieron con las obligaciones contractuales, sin justificación para ello”.

“Esa omisión es una de las causas para que se considere que ha realizado una gestión indebida por tanto su falta de cuidado tiene una relación directa con el daño y no se advierte ninguna causa extraña que rompa ese nexo de causalidad”, subrayó, el organismo al imputarles responsabilidad fiscal.

El auto fue proferido el 30 de octubre de 2020, hace un año.

Reversazo

El 7 de enero de 2021 la apoderada de González Trujillo  respondió los descargos de la imputación. Su sucesora, Sandra Liliana Rojas, no concurrió y lo hizo un abogado de oficio, solicitando la nulidad porque en su criterio los hechos de la imputación no constituyen detrimento patrimonial.

Sorpresivamente, el jefe de Responsabilidad Fiscal, William Sánchez Hernández, cambio de parecer.

El pasado 24 de agosto profirió un fallo sin responsabilidad fiscal. La decisión fue remitida al Contralor del Huila en grado de consulta el 9 de septiembre pasado.

El grado de consulta es una instancia  que permite la revisión de decisiones de fondo en un proceso de responsabilidad fiscal.

Testimonios

“Las boletas eran entregada a los funcionarios de la entidad, dependiendo del núcleo familiar. En mi caso particular, algunas veces me regalaba dos o cuatro boletas si mi familia podía asistir. Lo mismo hacía con las demás personas”, explicó la secretaria de la entidad, Luz Mireya Murcia.

La misma versión la entregó  Ruby Cuéllar, funcionario de la entidad. “Todos estábamos pendientes cuando llegaban las boletas. El gerente las entregaba a los funcionarios, el resto no sé qué destino les daba”, afirmó.

También se entregaron boletas a personas que solicitaban créditos. Saturia Chávarro, supervisora del contrato, aseguró que en el caso de la gerente Sandra Liliana, ordenaba que las boletas se entregaran a los usuarios de créditos como a los alcaldes, gerentes de otras empresas.

Esas declaraciones sirvieron para desmontar la imputación por la indebida utilización de los recursos de la entidad.

“Las boletas fueron destinadas acertadamente a las personas que se relacionaban con el Infihuila, desvirtuando con eso los planteamientos de la denuncia que sirvieron para abrir la investigación”, afirmó el contralor Amaury Luis Flórez.

“Significa entonces que no se ha configurado daño patrimonial, razón por la cual este despacho, no hará análisis de los demás elementos que configuran la responsabilidad fiscal al corroborar que no existe daño dentro del proceso que nos ocupa, por lo tanto, es procedente confirmar el fallo sin responsabilidad fiscal proferido en primera instancia el 24 de agosto de 2021”, explicó Flórez Reino.

Carlos Eduardo Trujillo, ex gerente del Infihuila, quien firmó el contrato.

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