La modificación a la Ley de Garantías quedó congelada, así lo definió mediante un fallo el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Según este organismo, el juez vulneró el proceso al no tener en cuenta al presidente de la República.
Redacción Web/LN
La ‘novela’ de la modificación a la Ley de Garantías continúa su curso. En esta oportunidad, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló el fallo que congeló la modificación. Según este organismo, el juez vulneró el debido proceso al no tener en cuenta a la Presidencia de la República.
“En virtud de lo anterior, y a pesar que el debate se centra en el procedimiento legislativo y el análisis de constitucionalidad que corresponde a la Corte Constitucional, el Despacho considera que la vinculación del señor Presidente de la República, doctor IVAN DUQUE MÁRQUEZ era necesaria toda vez que la Ley 096 de 2021 Senado y 158 de 2021 Cámara “Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022” requiere su sanción, lo cual incide directamente en los derechos fundamentales alegados por la parte accionante”, indica un apartado del fallo.
Por otro lado, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca concluyó que el Juzgado Tercero Administrativo de Bogotá no tenía la competencia para tramitar una tutela,
Concluyó el Tribunal que el Juzgado Tercero Administrativo de Bogotá carecía de competencia para tramitar la acción de tutela, “por lo tanto, las reglas de competencia permiten determinar que la primera instancia de la presente acción de tutela le corresponde conocerla al Honorable Consejo de Estado en primera instancia”.
Ahora, en manos del Consejo de Estado quedó el ‘balón’ para definir la demanda presentada en contra de la modificación de la ‘Ley de Garantías’ que fue aprobada tanto en la Cámara de Representantes como en el Senado.
Con información de: Caracol Radio