El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) desestimó este jueves el recurso del ciclista colombiano Nairo Quintana contra la sanción que le impuso la Unión Ciclista Internacional (UCI), que le descalificó del último Tour de Francia por infringir su reglamento médico.
Redacción Web/LN
El TAS dio a conocer que se rechazó el recurso del boyacense contra su descalificación del último Tour de Francia, debido al uso de tramadol, analgésico prohibido por el reglamento médico.
El órgano jurídico deportivo, con sede en Suiza, estimó, según su comunicado, que la presencia esta sustancia en la sangre del ‘escarabajo’, de 32 años, quien había finalizado sexto en la general, bastaba para justificar la sanción infligida por la Unión Ciclista Internacional (UCI), el pasado 17 de agosto, lo que causó un gran revuelo en ese entonces.
La Unión Ciclista Internacional anunció por medio de un escueto comunicado su satisfacción porque el TAS haya ratificado su decisión sobre la sanción a Nairo Quintana.
“La Unión Ciclista Internacional acoge con satisfacción la decisión de hoy del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) que confirma la descalificación del ciclista colombiano Nairo Alexander Quintana Rojas del Tour de Francia 2022 por infringir la prohibición de uso de tramadol en competición. Esta decisión refuerza la validez de la prohibición de tramadol en el Reglamento Médico de la UCI para proteger la salud y la seguridad de los corredores. La UCI no hará más comentarios sobre este asunto”, señalaron en el comunicado.
¿Qué es el tramadol?
El tramadol es un analgésico prohibido por la UCI desde el 1 de marzo de 2019 para proteger la salud y la seguridad de los ciclistas ante los efectos secundarios de esta sustancia, pero no figura en la lista de sustancias prohibidas de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).