No a las vías de hecho

Decíamos en recientes columnas que nuestra democracia garantiza -y así lo plasma en la Constitución- todos los derechos y las libertades públicas, sin discriminaciones, pero que -contra sus valores y principios-  en Colombia se están perdiendo las proporciones y se ha llegado al absurdo de considerar que la única manera de hacer valer los propios derechos consiste en bloquear, interferir, desconocer y violar los derechos y las libertades de los demás, en particular cuando se trata de personas, instituciones o entidades cuyas ideas y criterios no se comparten. Grave y peligrosa equivocación que la sociedad debe corregir con prontitud.

Eso lo que demuestra es incapacidad y falta de preparación. Atacar al contradictor de manera personal -ejerciendo violencia verbal, escrita o física-, en vez de exponer los fundamentos de la opinión contraria -pacífica y civilizadamente- delata, en el atacante, pobreza argumental, inferioridad conceptual, carencia y ausencia de sustentación y soporte intelectual.

Lo que hemos visto en estos días nos muestra que se hace necesario reflexionar acerca de los derechos, las libertades y sus límites.

La Constitución Política garantiza, como fundamentales, los derechos a la libre expresión y a la información veraz e imparcial, prohíbe la censura y abre a plenitud -sin barreras, obstáculos ni exigencias- la posibilidad que tiene toda persona, empresa o institución de fundar medios de comunicación masiva, pero también protege los derechos a la presunción de inocencia, intimidad, honra y buen nombre de toda persona. Es decir, rechaza la calumnia, la injuria, la ofensa, la amenaza, con el pretexto de ejercer tales derechos. Y prevé el derecho a pedir rectificación respecto de informaciones falsas o engañosas. Según los preceptos constitucionales, la información debe ser veraz e imparcial. Además, el abuso de las libertades de información y expresión puede dar lugar a procesos penales, civiles o de tutela.

No hay derechos absolutos. Su ejercicio implica deberes, responsabilidades y cargas; debe ser respetuoso de los derechos de los demás y es en ese sentido que se reconoce, como inherente a la dignidad de la persona humana. En la medida en que se abusa y se daña u ofende a los demás o se violenta el orden jurídico, ya no estamos ante un derecho, sino ante una conducta contra derecho, que debe ser sancionada.

Es evidente que algunos medios han perdido la independencia, veracidad e imparcialidad que durante muchos años caracterizó y distinguió al periodismo colombiano; han caído en la politización, informando sin objetividad e involucrando sus propias y particulares posiciones políticas en la información, que, en consecuencia, ya no cumple los aludidos requisitos constitucionales de veracidad e imparcialidad.

No obstante, de conformidad con el expuesto principio, quien se considere afectado de alguna manera por el mal uso de las libertades de expresión e información, o por la inclinación o parcialidad de un medio, debe hacer uso de los instrumentos legales enunciados. Y, para hacer valer sus propios derechos, oponer razones, argumentos, ideas, sin acudir jamás a la violencia o a las vías de hecho.

Ejemplo reciente: el acceso violento, por parte de integrantes de una comunidad indígena, a la sede de la revista SEMANA en Bogotá, una forma innecesaria e indebida de reclamar o reivindicar derechos, que debe ser rechazada, investigada y sancionada.

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