La Nación
Otra batalla perdida por ajustes al predial 2 23 octubre, 2024
INVESTIGACIÓN

Otra batalla perdida por ajustes al predial

El Consejo de Estado reunido en Sala Plena declaró la improcedencia de una tutela de la Alcaldía de Neiva para resucitar los ajustes al impuesto predial. No obstante, la administración intenta tramitarlos en otro proyecto antes de terminar el actual mandato. Polémica.

RICARDO AREIZA

Investigacioneshuila@gmail.com

La Alcaldía de Neiva perdió la última batalla que tenía para revalidar los derogados ajustes al impuesto predial. Primero, no logró neutralizar la objeción que le hizo la Gobernación por haber sido expedidos vulnerando el principio de legalidad tributaria.

Por tratarse de un fallo de única instancia, intentó un incidente de nulidad que tampoco prosperó. El 18 de mayo, el Tribunal Administrativo del Huila negó la solicitud de nulidad, argumentando que las pruebas allegas por el municipio no fueron suficientes para invalidar la iniciativa. Pero, adicionalmente, estimó que el Acuerdo 016 de 2022 “fue expedido contrariando el ordenamiento jurídico legal para la definición de las tarifas del impuesto predial unificado y del impuesto de industria y comercio para las actividades del sector financiero”.

Al haber abortado el incidente, recurrió a la tutela. El recurso de amparo le correspondió a la Sala de lo Contencioso Administrativo (Sección Segunda). Fue admitida el 14 de julio pasado y fallada negativamente el 15 de agosto dejando en firme la invalidez de la reforma. Para completar, la Sala Plena, revocó el jueves pasado la tutela, pero declaró la improcedencia, reiterando, de todas maneras, el naufragio.

La discordia

La administración municipal, en esencia, mantuvo la misma posición al impugnar el fallo que negó la tutela. La decisión fue proferida el 15 de agosto de 2023 por la Sala de lo Contencioso Administrativo (Sección Segunda).

Según los magistrados César Palomino Cortés y Juan Enrique Bedoya Escobar, los concejales de Neiva no podían fijar las tarifas, omitiendo expresamente lo establecido por la ley, ni incrementar el impuesto predial desconociendo la estratificación socio-económica y la progresividad contemplada en el ordenamiento constitucional.

El secretario de Hacienda, Jaime Ramírez Plazas, reiteró que el Tribunal Administrativo del Huila desconoció, sin justificación, la autonomía de las entidades territoriales en materia tributaria ni se pronunció sobre los alcances de la Ley 2082 de 2021 (artículo 14) que creó la categoría municipal de ciudades capitales y adoptó mecanismos para fortalecer la descentralización administrativa.

En su opinión, la corporación judicial, incurrió en una vía de hecho por defecto fáctico, al no valorar en debida forma las pruebas documentales allegadas al expediente, pero, además, otro defecto por decisión sin motivación.

“La razón es precisamente porque esta norma habilitó a los municipios clasificados en esta categoría de ciudades capitales, para asumir las normas de impuestos de industria y comercio y predial aplicables al Distrito de Bogotá, y por ello, el Alcalde de Neiva presentó proyecto de acuerdo”, alegó el abogado Carlos Gutiérrez, funcionario de la Oficina Jurídica.

La tesis del equipo económico y jurídico es que la Ley 2082 de 2021 (Artículo 14) expresamente le permitió a los concejos municipales adoptar a iniciativa de los alcaldes las normas que rigen para el Distrito Capital de Bogotá en materia de impuesto predial unificado y de industria y comercio.

Omisiones

La normatividad vigente sobre esta materia establece que las tarifas del impuesto predial deben ser establecidas mediante acuerdo por los concejos municipales dentro de los rangos que fija la ley (no por el Gobierno Nacional como equivocadamente lo informaron los grandes medios de comunicación, sin ningún fundamento).

Estas tarifas por mandato constitucional deben establecerlas los municipios por iniciativa del alcalde, pero, de manera diferencial y progresiva teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la estratificación socioeconómica, usos del suelo en sector urbano, antigüedad de la formación o actualización catastral, rangos de área y avalúos catastrales.

Bajo este contexto, los magistrados reiteraron que el Concejo de Neiva omitió la fijación de las tarifas del impuesto predial para predios urbanos de uso habitacional o rural con destino económico agropecuario estratos 1, 2 y 3, cuyo avalúo catastral sea inferior a 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes, como quiera que la regulación la efectuó de manera general y con la tarifa general.

Sin salvavidas

No obstante, el equipo jurídico de la administración municipal impugnó de nuevo, esperando un ‘salvavidas’. La apelación fue admitida el 6 de octubre. Contrario a lo que esperaban, el jueves 9 de noviembre, esta posibilidad volvió a naufragar.

La Sala Plena del Consejo de Estado revocó la sentencia negativa que había sido impugnada oportunamente por el abogado Carlos Enrique Gutiérrez Repizo, apoderado de la administración municipal.

El funcionario demandó del alto tribunal la protección del debido proceso y la garantía constitucional de contradicción. En concreto, solicitó la revocatoria del fallo proferido el 16 de marzo de 2023 por el Tribunal Administrativo del Huila. La decisión, fue adversa.

Con ponencia del magistrado Wilson Ramos Girón, los 31 magistrados del alto tribunal reunidos en Sala Plena, revocaron el fallo de tutela y en su defecto, declararon la improcedencia.

Además, dispuso la remisión del expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. El fallo será notificado en las próximas horas a la administración municipal.

Vuelve y juega

Mientras a nivel nacional se creaba una falsa alarma sobre un incremento del 300% por parte del Gobierno Nacional que resultó una especulación mediática, en el Concejo de Neiva se tramita un proyecto que introduce cambios sustanciales al Estatuto Tributario Municipal (Acuerdo 028 del 2018) y replantea los rangos de los avalúos catastrales de los predios urbanos edificados y predios rurales residenciales edificados

La iniciativa radicada desde el 20 de septiembre de 2023 revive las normas contenidas en el acuerdo que fue derogado por el Tribunal Administrativo y, además, profundiza el monto de las tarifas y extiende a otros sectores las medidas en materia tributaria.

“El proyecto de acuerdo ajusta el estatuto tributario a la realidad socioeconómica del municipio, a fin de establecer tributos progresivos y más equitativos”, precisa la exposición de motivos.

El proyecto de acuerdo según el alcalde Gorky Muñoz Calderón está soportado en las competencias exclusivas asignadas por mandato constitucional a los municipios. La iniciativa extiende y duplica el Impuesto de Industria y Comercio al sector financiero. Estas tarifas pasarán del 5 al 12 por mil (sube siete puntos, comparativamente con el acuerdo 016 de 2022 anulado recientemente.

Debate pendiente

El proyecto, pendiente para el primer debate plantea cambios en materia de impuesto predial, “subsanando- según la administración municipal- la disparidad que resulta entre el porcentaje de incremento del avalúo catastral y el porcentaje de incremento del salario mínimo legal que aprueba el Gobierno Nacional para cada vigencia fiscal”

Estas variables inciden en la aplicación de la tarifa del impuesto predial para los predios urbanos edificados y predios rurales residenciales edificados.

Por lo tanto, la propuesta oficial, de acuerdo con la exposición de motivos, disminuiría las cargas en el sector industrial y reducirá la tarifa para el sector comercial y el sector servicios, según las tarifas a la que tributan dichos sectores en el régimen ordinario.

Otra batalla perdida por ajustes al predial 8 23 octubre, 2024

Impacto fiscal

En el caso de Neiva se propuso una tarifa del 12 por 1.000 para actividades financieras y del 10 por 1.000 para actividades de seguros.

De aprobarse la propuesta se pasaría de un recaudo de 5.750 millones a recaudar 13.869 millones de pesos. El impacto fiscal sería de 8.118 millones de pesos adicionales lo que representaría un aumento del 100% en el recaudo anual del Impuesto de Industria y Comercio del sector financiero.

Adicionalmente, se modificarán las tarifas del sistema preferencial del Impuesto de Industria y Comercio, ajustándolo al principio constitucional de progresividad tributaria.

Proyecciones

Actualmente, según el equipo económico de la administración, se está gravando por igual los contribuyentes de Neiva ya que en los dos escenarios se debe pagar anualmente la misma suma en Unidad de Valor Tributario (UVT).

De acuerdo con las proyecciones, las tarifas propuestas hubiesen generado un impacto fiscal negativo en la determinación del impuesto causado para la vigencia fiscal del año 2021 por valor de $163.916.835 pesos, lo que se traduce en un menor recaudo que se espera compensar con el mayor incremento de las tarifas del sector financiero y de seguros.

El proyecto está andando, con un bajo perfil. Lo crucial es que las sesiones ordinarias terminarán el 30 de noviembre. Tendría que surtirse en sesiones extras en lo que resta del mandato. ¿Pasará?