El Consejo de Estado explicó que el presidente Gustavo Petro sí debe responder por los delitos de injuria, calumnia u omisión por los hechos delictivos que lleguen a su conocimiento pese a su fuero de juzgamiento penal.
Redacción Web/LN
El Consejo de Estado explicó que el presidente Gustavo Petro sí puede ser investigado y juzgado si incurre en el delito de injuria y calumnia, pues el fuero constitucional no lo exime de responsabilidad penal.
“Se previene al presidente de la Republica a este respecto, con la precisión de que su fuero de juzgamiento penal no lo exime de responder por los delitos de calumnia o injuria, o por el delito de omisión de denuncia de los hechos delictivos que lleguen a su conocimiento, si fuere el caso”, dice el fallo.
La decisión se conoció en medio del fallo que dio el Consejo a la tutela que interpuso el exministro de Educación, Alejandro Gaviria, contra el presidente Gustavo Petro, luego de que arremetiera en su contra, al señalarlo de “participar” en la perdida de 2.5 billones de pesos destinados a la construcción de universidades.
Sobre ese recurso, el alto tribunal negó “la solicitud de tutela presentada por el Señor Alejandro Gaviria Uribe contra el presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, por la supuesta vulneración de los derechos fundamentales a la dignidad, el buen nombre y la honra”.
El alto tribunal explicó que Gaviria ha participado en discusión pública y política, por lo tanto, tenía que acreditar una mayor carga argumentativa para que la tutela fuera aceptada en el Consejo de Estado.