Condenado ‘paramilitar’ por asesinato de joven en Garzón

El Tribunal Superior de Neiva condenó a Rudesindo Urbina Martínez, por el asesinato del joven Edwin Javier Capera Tique, en el municipio de Garzón. El hombre, conocido con el alias ‘Pedro Coral’ fue reclutado por el ‘Bloque Calima’ de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). En el 2022 un juez especializado de Neiva lo había sido absuelto por duda en las pruebas.

Rafael Rodríguez C.

rafael@lanacion.com.co

Un giro dio la sentencia absolutoria a favor del ‘paramilitar’ Rudesindo Urbina Martínez, quien afrontó un juicio oral por el asesinato a manos del ‘Bloque Calima’, del joven Edwin Javier Capera Tique, en zona rural del municipio de Garzón.

Y es que el hombre deberá pagar ahora una condena de 36 años de prisión, luego de que ayer el Tribunal Superior de Neiva revocara el fallo de primera instancia del Juzgado Te4rcero Penal Especializado de Neiva, el pasado el 30 de septiembre de 2022.

Reclutado

Urbina Martínez, de 70 años de edad, manifestó en la indagatoria que perteneció al ‘Bloque Calima’, de las autodefensas, tras haber sido reclutado a la fuerza cuando se encontraba en su casa en la vereda Bombonal en el municipio de Acevedo, en el año 2003.

El labriego indicó que fue sacado de su casa a otra finca donde se encontraba el comandante al que le decían ‘Gavilán’, quien le dijo que tenía que mostrarle las vías de la región y le enseñó los caminos de Pitalito, San Adolfo, y por el lado de Gallardo.

Agregó que después fue enviado para Pitalito donde permanecía por el lado de la galería porque le pagaban el arriendo y le daban la comida; luego fue enviado a Gigante a un punto que le decían Las Pulgas, y de allí pasó a Acevedo donde se desmovilizó después de un año de permanencia en las AUC. “Se desmoviliza ante el Batallón Magdalena en la vereda Las Brisas, en Acevedo y entregó el armamento que le habían dejado”.

Reiteró que lo reclutaron para mostrar las cordilleras, los caminos de Acevedo y otros municipios “pues de lo contrario lo mataban, se mantenía encerrado en piezas que el grupo le pagaba”.

Asesinato de Capera

El Fiscal Quinto Especializado de Neiva acusó a Urbina Martínez de los delitos de homicidio en persona protegida y concierto para delinquir agravado.

Según el fiscal, el labriego habría participado en el asesinato de Capera Tique, quien fue atacado a bala a las 5:45 de la mañana en su vivienda, en la vereda Las Mercedes, en el municipio de Garzón, hasta donde llegaron cinco hombres armados, el 6 de noviembre de 2003.

Según la versione de familiares de la víctima, los sujetos preguntaron por el joven, se dirigieron hasta el dormitorio donde estaba, le dispararon, lo sacaron al corredor de la casa donde le propinaron otros disparos.

El exparamilitar Jhon Alexander Escobar Robayo, alias ‘El Caleño’, indicó en su versión que entraron primero a la casa donde había una señora pero Capera Tique no estaba, continuaron con la pieza siguiente y procedieron a dispararle a través de la puerta porque la había trancado y estaba herido. “Había otra muchacha y muchachitos, por lo que procedieron a sacarlo unos metros en donde fue rematado con una pistola Prieto Beretta y un revólver, siendo que luego se fueron para Garzón y alias ‘William’ le reportó a alias ‘Sánchez’ que ya se había cumplido la orden”.

Llevó a los asesinos

Según la versión de los exparamilitares y del mismo Urbina Martínez, su tarea fue conducir la camioneta en la que iba el grupo hasta la casa de Capera Tique.

José Fernando Serna Cardona, alias ‘El Gato’, exparamilitar y quien confesó su participación en la muerte de Capera Tique, manifestó que Urbina Martínez llevó a los paramilitares hacia la vivienda de la víctima. “Fue Rudesindo la persona que hizo la diligencia para ubicar la casa de Capera Tique en la vereda Las Mercedes…”.

Agregó que su labor dentro de la organización consistió en ir a mostrar las rutas por donde pasaba la guerrilla o por donde podría accederse a las diferentes veredas de Pitalito y Acevedo. Además el día del crimen del joven no ingresó a la vivienda y se quedó en la camioneta. “Lo que hizo fue únicamente mostrar la casa”, señaló el exparamilitar Escobar Robayo.

Señalado por un policía

Los exparamilitares manifestaron en la versión en la justicia transicional que según la información entregada por el policía, Capera Tique le colaboraba a la guerrilla de las Farc.

“Capera Tique, alias el ‘Mocho’, tenía una banda dedicada a robar motos y carros para ser llevadas a la guerrilla, esto conforme a información del intendente Prieto de la Policía Nacional”, señala la declaración entregada por Serna Cardona.

Agregó que “el intendente Prieto fue el que hizo el señalamiento…”, al manifestar que se reunió con el “intendente Prieto, quien le dijo que ya tenía ubicado al ‘Mocho”.

La versión del exparamilitar fue corroborada por su compañero Escobar Robayo, quien manifestó que el subintendente Prieto, le mostraría la casa donde vivía Capera Tique.

Al parecer, la colaboración del uniformado ya se venía dando antes del crimen de Capera Tique, según la versión de los exparamilitares a raíz de la información que recibían de alias ‘Sánchez’, quien lideraba el grupo en la población garzoneña. “Él (‘Sánchez’) le pidió colaboración al intendente Prieto, comandante de la estación de Policía de Garzón, quien siempre le apoyaba cuando él iba a realizar algún operativo en Garzón, más que todo relacionado con algún homicidio”, señala la acusación contra Urbina Martínez.

Agrega que según la versión del líder paramilitar, el uniformado le indicó que le diera unos días mientras averiguaba y que luego le daría el dato. “Pasada una semana el subintendente Prieto (sic) lo buscó y le informó en donde se encontraba alias ‘El Mocho’, por lo que se armó el operativo llegando a la casa del hoy occiso”.

Absuelto por duda

El Juez Tercero Penal Especializado de Neiva absolvió a Rudesindo Urbina Martínez de los cargos que le endilgó el fiscal por la muerte de Edwin Javier Capera Tique.

Las declaraciones de los exparamilitares José Fernando Serna Cardona, alias ‘El Gato’ y Jhon Alexander Escobar Robayo, alias ‘El Caleño’, y pruebas documentales sirvieron para que el togado decidiera absolverlo por duda. “Para esta judicatura subsisten serias dudas acerca de la responsabilidad del acusado en los hechos…no existe alguna en cuanto a que Urbina Martínez tuvo relación con el homicidio de Capera Tique “pues fue quien dio las indicaciones de la vivienda del hoy fallecido…”.

No obstante manifestó el operador judicial que su participación fue obligada. “Lo cierto es que su accionar se muestra coaccionado u obligado por las Autodefensas a donde arrimó por miedo y coacción”.

Sostuvo al igual que el abogado del acusado, que si él no puso en conocimiento de las autoridades la amenaza en su contra fue también por miedo al conocer que un policía en la organización delictiva. “Ello obedeció a su condición de campesino, quien vivía del jornal, y fue abordado por personas armadas quienes contaban con el respaldo de la institucionalidad del Estado”, dijo el juez, al señalar que resulta aceptable el que, “si las autodefensas recibían apoyo de la fuerza pública, ¿de qué manera podría un ciudadano del común, o más aún un campesino, buscar refugio en aquella?”.

Precisó que si bien el procesado sí pudo haber participado de manera voluntaria en la muerte de Capera Tique y demás actividades a las que se dedicaba de manera ilícita las autodefensas, “lo cierto es, las argumentaciones de la defensa basadas en que su agenciado fue obligado generan en esta judicatura duda al respecto, y más teniéndose en cuenta que Rudesindo no accionó arma alguna contra el hoy occiso, pues el día de los hechos, a diferencia de los demás sujetos, no se bajó siquiera de la camioneta…”.

Agregó que no se demostró que hubiera participado de manera voluntaria en los hechos por los cuales fuera llamado a juicio. “El material probatorio al respecto resultó insuficiente, impidiendo a este juzgado llegar a la certeza, más allá de toda duda razonable como lo exige la norma…”.

 

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