El alcalde de Neiva, German Casagua solicitó formalmente a la empresa ESIP la terminación anticipada del convenio de actualización catastral firmado durante el mandato de Gorky Muñoz. Además, anunció que no autorizará ningún pago por la ejecución del convenio. Primicia.
RICARDO AREIZA
Confirmado. El polémico convenio 2105 sobre actualización catastral firmado el 28 de junio de 2023 durante la administración del alcalde Gorky Muñoz Calderón no va más. El negocio jurídico, ostensiblemente oneroso y perjudicial para el municipio, será reversado.
Según el alcalde de Neiva, German Casagua Bonilla, en este caso, no hay otra alternativa: terminación bilateral y liquidación.
En caso contrario, el ejecutivo, quien acaba de cumplir sus primeros cien días de gobierno, solicitó autorización para adelantar las acciones judiciales y administrativas legalmente procedentes.
“El convenio de catastro está viciado de nulidad absoluta y debe terminarse”, concluyó luego de un riguroso análisis jurídico realizado con varios expertos. La misma conclusión la presentó el procurador judicial, David de la Torre Vargas el 15 de enero de 2024.
El agente del Ministerio Público le solicitó medidas urgentes para frenar los daños contingentes, impedir los pagos ilegales y declarar la terminación anticipada del cuestionado negocio.
En su criterio, el convenio, bajo una fingida cooperación, contiene una ‘soterrada’ operación de crédito público no autorizada, en favor de la empresa ‘cooperante’ (ESIP) controlada por el ‘zar del alumbrado público’, Alfonso ‘El turco’ Hilsaca.
No va más
El alcalde German Casagua anunció que el convenio no va más. En consecuencia, le solicitó expresamente al gerente de la ESIP, Diego Alejandro Pérez, la terminación bilateral y, por lo pronto, la suspensión de inmediata de la ejecución del convenio.
Argumentó, entre otras razones, las deficiencias presupuestales del convenio que hacen imposible su ejecución sin infringir normas orgánicas en materia presupuestal.
La solicitud conocida en primicia por LA NACIÓN fue presentada el viernes 5 de abril de 2024 (Oficio No. DA 0105) con un término perentorio de diez días para responder.
La decisión de solicitar la terminación anticipada fue respaldada por el jefe jurídico Diego Andrés Torregroza y el director de Planeación, Camilo Gómez Segura.
En caso contrario, el equipo jurídico de la administración insistirá en una solicitud de conciliación prejudicial para acordar amigablemente, la terminación bilateral del convenio.
La fórmula, según los expertos consultados por LA NACIÓN, está bien avanzada. El miércoles pasado (10 de abril) el alcalde Casagua Bonilla solicitó al Comité de Conciliación su concepto previo para adelantar las acciones judiciales o administrativas pertinentes y definir una posible fórmula de arreglo.
“Mientras se surten los procedimientos administrativos, el director de Planeación, Camilo Gómez Segura, adelanta la supervisión del contrato para verificar el cumplimiento o no de las obligaciones contractuales”, confirmó el jefe jurídico Diego Andrés Torregroza.
Adicionalmente, el Procurador Judicial anunció que solicitará, separadamente, a través de una acción popular la nulidad absoluta del convenio por razones de ilegalidad e inconveniencia para impedir la ejecución del desventajoso contrato.
Convenio
Según el análisis realizado por la administración municipal con el acompañamiento de su equipo jurídico, en este caso, se trata de un convenio firmado en junio de 2023 con un plazo de ejecución de 15 años. En este convenio el entonces alcalde Gorky Muñoz Calderón contrajo obligaciones de pago a partir de 2024, sin existir la disponibilidad presupuestal.
En efecto, el convenio fue firmado sin tener certificado de disponibilidad, ni registro presupuestal, pero lo más grave: el convenio fue firmado a dedo, sin expresa autorización del concejo para comprometer vigencias futuras, lo que implica graves irregularidades en el proceso de contratación.
Anomalías
El convenio interadministrativo 2105 fue suscrito a la carrera, en un tiempo récord, el 28 de junio de 2023, mientras la gente disfrutaba de las fiestas del San Pedro.
El contrato fue firmado a puerta cerrada por el entonces jefe de contratación de la Alcaldía, Juan Diego Isaza Valderrama y el representante legal de ESIP Diego Alejandro Pérez Pineda.
“Ese contrato violaba expresamente los principios de transparencia, planeación y responsabilidad”, según lo denunció el procurador judicial David de la Torre. Por lo tanto, -añadió- está viciado de objeto ilícito por contravenir el derecho público de la Nación.
La misma conclusión fue ratificada por el alcalde de Neiva, después de conocer un peritaje técnico y un análisis de su equipo jurídico.
“Quienes suscribieron el acuerdo, omitieron que todos los compromisos que afecten el presupuesto público deben contar previamente con respaldo presupuestal, en atención al principio de legalidad del gasto. Además, desconocieron el principio de anualidad (contemplado en el artículo 346 constitucional y 14 del Decreto 111 de 1996), subrayó Casagua Bonilla.
Empeñado
Según el contrato, el valor es indeterminado pero determinable en el tiempo. No obstante, para efectos de la póliza se estableció un valor de 37.019 millones de pesos, solo por formación y actualización catastral y 52.981 millones por concepto de intereses que se comenzarán a pagar a partir de 2024.
Tentativamente se fijó un valor global 90.001 millones de pesos (más impuestos costos y gastos que no hayan sido contemplados en el presupuesto oficial), un monto abusivamente desproporcionado en favor del contratista.
Por conservación catastral, plataforma tecnológica y soporte técnico, el valor será el resultante de la sumatoria del presupuesto anual de conservación y el valor de la plataforma, lo que resultará abusivamente detrimental para el municipio, según el agente del Ministerio Público.
La etapa operativa de formación y actualización, según lo pactado, se realizará en 24 meses, a partir de la fecha de inicio.
En cambio, la etapa financiera, será de 15 años o más, hasta cancelar el valor total, incluyendo los intereses de los aportes realizados por la empresa ESIP, operadora del alumbrado público.
La etapa de conservación catastral y operación de la plataforma estará supeditada al tiempo que dure en recuperar los montos invertidos, incluyendo todos los intereses.
Sin vigencias
En este caso, según el alcalde Casagua Bonilla, el convenio firmado sin vigencias futuras, terminó impactando los recursos presupuestales.
“Es contraevidente que el bilateral suscrito en el 2023 afectó el presupuesto municipal por 15 años, sin recursos en la vigencia de celebración, por lo cual era obligatorio que se cumpliera con los requisitos fijados en el artículo 1 de la Ley 1438 de 2011 para comprometer vigencias futuras excepcionales”, precisó Casagua Bonilla.
De acuerdo con esta norma, las entidades territoriales sólo pueden comprometer vigencias futuras extraordinarias para proyectos de infraestructura, energía, comunicaciones y gasto público social en áreas específicas, de acuerdo con el monto máximo, plazo y condiciones del Marco Fiscal de Mediano Plazo, para lo cual se requiera aprobación por parte del Confis y expresa autorización del Concejo Municipal, lo que no se hizo.
Irrebatible
La norma dispone, además, que el Concejo Municipal debe negar la autorización si la vigencia supera el respectivo periodo de gobierno, excepto cuando se trata de proyectos declarados de importancia estratégica.
También, prohíbe la aprobación de cualquier vigencia futura en el último año de gobierno del respectivo alcalde, excepto para proyectos de cofinanciación con participación mayoritaria de la Nación.
“Para comprometer recursos públicos, las entidades previamente deben contar con soporte presupuestal, bien sea el respectivo CDP y el registro o la aprobación de vigencias futuras y “cualquier compromiso que se adquiera con violación a estos preceptos creará responsabilidad personal y pecuniaria a cargo de quien asuma estas obligaciones”, acotó Casagua Bonilla.
Como lo denunció el procurador Judicial David de la Torre, el convenio leonino, contempla obligaciones que son operaciones de crédito y el pago de intereses remuneratorios altamente onerosos. Casagua Bonilla reiteró esta posición de la Procuraduría.
Convenio leonino
Contrario a lo expresado por el exalcalde Gorky Muñoz, el convenio además de leonino, compromete en forma grave el patrimonio del municipio en por lo menos 15 años, sin tener autorizadas vigencias futuras.
“No es cierto que el convenio interadministrativo no genere erogación alguna para el Municipio de Neiva. Por el contrario, está comprometiendo el patrimonio del municipio con pagos absolutamente costosos y a largo plazo sin haberse agotado los requisitos previos para comprometer vigencias futuras ni las autorizaciones provenientes del concejo y de los análisis del marco fiscal requeridas para que un municipio pueda asumir créditos”, aseguró el procurador David de La Torre.
En su criterio, el convenio implica una clara operación de crédito público encubierta bajo otras formas jurídicas como quiera que se evidencia una proyección por valor superior a los 90.000 millones de pesos por concepto de financiación y pago de intereses a largo plazo”.
No habrá pagos
Después de un amplio análisis jurídico y financiero, el alcalde Casagua Bonilla advirtió que en estas circunstancias se abstendrá de autorizar cualquier pago derivado de este convenio, como lo demandó con urgencia el agente del Ministerio Público.
“El funcionario que pretenda hacer cualquier pago a la ESIP por prestaciones realizadas en el marco del bilateral en cuestión incurriría en falta disciplinaria gravísima y en el posible delito de prevaricato, pues no se cuenta con la aprobación de vigencias futuras excepcionales, ni para realizar operaciones de crédito, ni con ningún tipo de respaldo presupuestal”, aseveró Casagua.
“Tampoco es de recibo legal el mecanismo de pago que propone el contrato, según el cual se debe establecer un proyecto de inversión este año y pagar con cargo a este las obligaciones pactadas desde año pasado, pues para poder afectar el presupuesto de inversión de la entidad, o el componente de deuda pública, debían primero llevarse a cabo los procesos presupuestales y de autorización por parte del Concejo Municipal que hemos explicado”, insistió el mandatario.
En su opinión, ejecutar de cualquier forma pagos a favor de la ESIP implicaría incurrir en la figura denominada como hechos cumplidos.
Esta figura, implica materializar una obligación sin el trámite presupuestal correspondiente. “Estas obligaciones no se podrán cumplir sin la existencia de una sentencia judicial condenatoria o de una conciliación judicial”, aclaró el ejecutivo local.
Cláusulas ilegales
En este caso, además, las dos partes acordaron una serie de cláusulas ilegales, con las cuáles se pretendía burlar el ordenamiento, pese a que el Gerente de la ESIP y el Jefe de la Oficina de Contratación del Municipio, tenían la calidad de servidores públicos, por lo cual estaban obligados a garantizar el cumplimiento de las normas en materia contractual y presupuestal expuestas.
“Colorario de lo anterior: no existe ninguna figura legal que permita subsanar las gravísimas irregularidades expuestas, por lo cual la administración municipal no puede de ninguna forma lícita cancelar por vía administrativa las prestaciones llevadas a cabo por parte de la ESIP”, advirtió Casagua Bonilla.
Liquidación bilatetal
En consecuencia, -advirtió- no hay otra alternativa: terminación bilateral y liquidación.
“En respeto a las normas en materia de hacienda y contratación pública y para proteger los derechos colectivos a la moralidad administrativa, defensa del patrimonio público, acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna, el Municipio y la ESIP deben suscribir, cuanto antes, la terminación bilateral del convenio e iniciar el proceso para su liquidación”, afirmó Casagua Bonilla.
La solicitud fue radicada al gerente de la ESIP hace dos semanas, sin que hasta el momento la entidad haya respondido.
Suspensión inmediata
“En todo caso, si la ESIP decide no suscribir la terminación bilateral del convenio, el Municipio iniciará las acciones legales pertinentes para que la Jurisdicción decida sobre la validez del convenio”, anticipó el alcalde de Neiva.
“Por tal razón, en caso de renuencia a terminar el bilateral, por lo menos debería suspenderse bilateralmente en su ejecución, mientras la justicia se pronuncia. dadas las imposibilidades de pago arriba señaladas”, sugirió el mandatario.
En estas condiciones, Casagua Bonilla reiteró que la administración actuando en derecho “no puede permitir, ni autorizar ningún pago a la ESIP producto de la ejecución del convenio No. 2105 de 2023”.
A pesar de la advertencia, el gerente de la ESIP, Diego Alejandro Pérez no ha respondido. El plazo perentorio era de diez días. Lleva cinco. ¡Comienza la cuenta regresiva!