Así funcionará la Ley de cadena perpetua para violadores y asesinos de menores

El presidente Iván Duque sancionó ayer la Ley que reglamenta la aplicación de la cadena perpetua para violadores y asesinos de menores de edad en Colombia. Aunque este ha sido calificado como un paso histórico para proteger a la niñez en el país, falta esperar si esta figura consigue pasar el examen en la Corte Constitucional.

Temadeldía@lanación.com.co

El 6 de julio de 2020 en medio del repudio y la consternación, con plantones y globos blancos, decenas de huilenses le dieron el último adiós a la pequeña Salomé Segura Vega. La niña de 4 años de edad, residente en la vereda Puerto Alegría de Garzón, quien fue abusada y asesinada por Sebastián Mieles Betín, un labriego allegado a su familia.

Este fue el caso de violencia contra la niñez que más estremeció al departamento durante el año anterior, en el cual se registraron 21 homicidios y 451 delitos sexuales en Huila, en los que las víctimas fueron menores de edad, según Medicina Legal.

Ayer, un año después de la triste despedida de la pequeña Salomé, quien se convirtió en uno de los símbolos contra la violencia que afecta a los niños en Colombia, el país dio un importante paso para proteger a la niñez. El presidente de la República, Iván Duque, sancionó la Ley que reglamenta la aplicación de la cadena perpetua para violadores y asesinos de menores.

La iniciativa, que había sido radicada en marzo pasado con un mensaje de urgencia por el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, fue aprobada por el Senado el pasado 15 de junio tras recibir 67 votos a favor y 14 en contra. El articulado eleva a la máxima pena los asesinatos y actos sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes y determina, entre otras cosas, que en un plazo mínimo de 25 años podrá revisarse la resocialización del condenado.

Así lo aseguró el mandatario, en compañía de Yohana Salamanca, hija de la ex congresista Gilma Jiménez impulsora de esta Ley, al explicar que la norma permitirá hacer una revisión de la pena de prisión perpetua, en un plazo mínimo de 25 años, para imponer una pena temporal tras evaluar el proceso de resocialización.

“Y hoy, con esta reglamentación, estamos quizás dando el paso más importante en la protección de los derechos de los niños en nuestro país”, manifestó el Jefe de Estado en el acto efectuado en la Casa de Nariño para sancionar la ley.

Explicó que no quiere decir que “por sancionar esta ley se acabaron estas prácticas; tristemente no. Pero hoy quedan advertidos los que pretendan incurrir en estos delitos”, expresó

Duque indicó que esta ley llevará el nombre de Ley Gilma Jiménez, en memoria de la congresista y defensora de la niñez fallecida en 2013, quien promovió la implantación de penas severas para quienes violen los derechos de los menores.

ABC de la Ley

Con la sanción del Presidente, ayer martes entró en vigencia la Ley de prisión perpetua para violadores y asesinos de menores, la cual fue aprobada por el Congreso en la legislatura que acaba de terminar. ¿Pero cómo funcionará?

En primera medida, hay que dejar claro que las leyes penales no son retroactivas y mucho menos si se trata de una norma más perjudicial, explicaron los promotores y ponentes del articulado.

La senadora Esperanza Andrade, quien fue ponente de la Ley Gilma Jiménez, que estableció la cadena perpetua, explicó cómo funcionará su reglamentación.

“Esta Ley Estatutaria consiste en la reglamentación y desarrollo del acto legislativo 01 de 2020 “por el cual se modifica el artículo 34 de la Constitución Política, suprimiendo la prohibición de la pena de prisión perpetua, estableciendo la Prisión Perpetua Revisable”, afirmó.

“La Ley 2098 del 6 de Julio de 2021, la cual establece que cuando un niño, niña o adolescente sea víctima de las conductas de homicidio en modalidad dolosa, acceso carnal que implique violencia o sea puesto en incapacidad de resistir… se podrá imponer como sanción hasta la pena de prisión perpetua”, agregó Andrade.

Resaltó que dentro de lo que se aprobó en este proyecto fue lo siguiente. En primera instancia, “que la pena de prisión perpetua tendrá control automático ante el superior jerárquico a los 25 años de estar cumpliendo la condena, momento en el cual, el juez de ejecución de penas que ejerce el control, podrá ratificar o modificar la pena la cual no podrá ser inferior a 50 años y en caso de concurso de delitos a 60 años”.

Igualmente, “el articulado incluye la imprescriptibilidad de la acción penal cuando se trate de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, incesto y homicidio agravado, contra niños, niñas y adolescentes”.

La pena de prisión perpetua revisable prescribirá en 60 años contados a partir de la ejecutoria de la sentencia que la impone.

La Ley 2098 también contempla la creación de la prisión perpetua revisable como pena principal en el Código Penal y elimina la posibilidad que la pena máxima privativa de la libertad sea de 60 años, en caso del concurso de comisión de delitos sexuales u homicidio contra niños, niñas y adolescentes.

Además, establece que no se aplicará la pena de prisión perpetua revisable a los menores de 18 años y se elimina la posibilidad de libertad condicional para aquellos que se les haya impuesto la pena de prisión perpetua revisable.

“Hoy es un día histórico. Podemos afirmar que con esta Ley se da un mensaje claro al país, al establecer la prevalencia de los derechos de los niños sobre los derechos de los demás, y en ese sentido sancionar ejemplarmente a quienes atenten contra sus derechos a la dignidad humana, a la salud y a la vida. Le estamos cumpliendo a las familias y a nuestros niños. Ellos necesitan una verdadera política integral que garanticen su vida y su dignidad”, aseguró la senadora Esperanza Andrade Serrano.

Es de precisar que según explican expertos, falta esperar si esta figura consigue pasar el examen de la Corte Constitucional, que en los últimos 15 años ha tumbado medidas menos drásticas contra los violadores.

Oscuro panorama

Es desalentadora la realidad que vive la niñez en Colombia. Solo durante 2020, según datos de Medicina Legal, se registraron 18.043 casos de delitos sexuales, de los cuales 15.359 fueron contra niñas, niños y adolescentes entre los 0 y 17, equivalente al 85,1% del total de agresiones sexuales.

Asimismo, el Instituto reveló que en el país el año anterior 579 menores de edad fueron asesinados; 56 tenían entre 0 y 4 años.

A nivel regional, según la Oficina de Asuntos Sociales de la Gobernación del Huila, entre el 1 de enero y el 30 de mayo de 2021, se han registrado 363 casos de violencia sexual contra menores. Esta dependencia no entregó reporte de homicidios.

Medicina Legal, en su informe Forensis, ha establecido que los abusadores y asesinos de los niños pequeños (entre 0 y 12 años) están en la propia familia: son el papá, la mamá, el padrastro o la madrastra, el cuidador o alguien cercano al hogar. Aunque también hay desconocidos que aprovechan un descuido de los papás, los secuestran y en muchos casos los abusan sexualmente y después los matan. Porque esa es otra cruel realidad: a muchos niños y niñas, antes de matarlos, los violan.

De acuerdo con la Alianza por la Niñez Colombiana, en los actos violentos en contra de las niñas, niños y adolescentes, persisten los niveles altos de impunidad, que llegan a un 97% de los casos denunciados. Según el Inpec, en las cárceles hay 13.110 condenados o sindicados por delitos sexuales contra menores.

La directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Lina Arbeláez, recalcó que la sanción presidencial de la cadena perpetua es un gran avance en las leyes para proteger y garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

“El presidente Iván Duque se comprometió a apoyar la ley de cadena perpetua y cumplió. Su Gobierno sigue empeñado en construir un país donde los niños, niñas y adolescentes crezcan sin violencia y con sus derechos garantizados”, sostuvo.

 

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