9 años y 5 meses de prisión tendrá que cumplir John Anderson Mejía Gonzales, al ser hallado responsable de los delitos de acceso carnal violento y hurto calificado y agravado. El punible se consumó el 29 de julio del año 2022, al interior del centro comercial Santa Lucía Plaza, en el oriente de la capital huilense, donde el hombre citó a su víctima para una supuesta oferta de trabajo.
Tras dos años y dos meses de un largo proceso judicial se hizo justicia para una joven de 20 años que fue víctima de una violenta agresión sexual en el oriente de Neiva.
John Anderson Mejía Gonzales, de 31 años de edad, fue hallado responsable de los hechos registrados el pasado 29 de julio del año 2022, al interior del centro comercial Santa Lucía Plaza, en donde una mujer denunció los aberrantes actos a los que fue sometida tras llegar hasta allí mediante engaños.
Las pruebas reveladas en las audiencias confirmaron que Mejía Gonzales, citó a la ciudadana por una supuesta oferta laboral. El hombre afrodescendiente oriundo de Villa Rica, Cauca, había llegado tan solo hace dos días a Neiva, para visitar a su hermano, que se encontraba prestando el servicio militar en la Novena Brigada del Ejército.
Todo fue planeado
Solo le bastó 48 horas para planear la violación. Por medio de WhatsApp le escribió a dos mujeres para cuadrar unas supuestas entrevistas en el centro comercial Santa Lucía Plaza.
El día de los hechos él llegó por la mañana con varias horas de anticipación y recorrió el lugar con el fin de ubicar una zona en la que pudiese cometer el reprochable acto. Luego de identificar un punto ciego para las cámaras de seguridad, mandó un mensaje a la afectada que llegó de primero para que acudiera al lugar restringido en donde la esperaba para asecharla.
“Por redes sociales Mejía González programó un encuentro con dos mujeres en el centro comercial Santa Lucía Plaza. La primera que llegó, fue quien terminó asechada por el presunto depredador sexual, que fue captado por las cámaras de seguridad”, expresaron en aquel momento los voceros de la Policía.
Evidencias
Las cámaras registraron cada paso que dio John Anderson, hasta intimidar a la joven con un arma traumática para colocarla en estado de indefensión. Allí no solo la accedió carnalmente, sino que también le robó su teléfono celular y su dinero en efectivo.
Finalmente, el hombre escapó saliéndose por la entrada principal e internándose por la zona boscosa. Su identificación plena se logró gracias a que su rostro había quedado en las grabaciones de seguridad.
“Se colaboró con toda la información solicitada, incluyendo las grabaciones de nuestras cámaras de seguridad”, dijo para la época de los hechos Helber Hernández Devia, gerente del centro comercial a través de un comunicado de prensa.
En el proceso fue determinante la presencia de la segunda mujer que había sido citada allí, ya que ella le informó a uno de los guardas al darse cuenta de la situación, que había sido convocada por un sujeto, suministrando su número de celular.
El proceso judicial
Las pesquisas de la Sijin, sumadas a la denuncia de la víctima condujeron al paradero del violador que fue detenido tres meses después. Fue el 28 de octubre que se hizo efectiva su orden de captura en la ciudad de Cali, capital del Valle del Cauca. Es importante mencionar que en su poder le hallaron el arma con la que habría intimidado a la víctima.
En las audiencias preliminares la Fiscalía Cuarta Seccional adscrita al Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas) de Neiva, le imputó los delitos acceso carnal violento y hurto calificado y agravado. Al finalizar la diligencia el juez le ordenó la medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro de reclusión.
En julio de este año durante la audiencia de preparatoria para el juicio oral ante el Juzgado Sexto Penal del Circuito de Neiva con Funciones de Conocimiento, Mejía Gonzales, decidió aceptar los cargos.
Su condena
Fue así como dos meses después se conoció el fallo condenatorio en el que deberá purgar la pena de 9 años y 5 meses de prisión sin derecho a ninguna rebaja.