El Consejo de Estado advirtió a los demandados: la Presidencia, el cantante J Balvin, el Ministerio de Cultura y la Consejería de la Mujer, que, si no contestan en un término de tres días, se asumirá la verdad de las acusaciones.
Redacción Web/LN
¡No para la polémica! Aunque el cantante paisa J Balvin salió el domingo pasado a pedir disculpas por el video de su canción ‘Perra’, A través de una tutela, el ciudadano Leonardo Santo Petro Llorente, quien en nombre propio y en defensa de las comunidades negras y afrodescendientes, solicitó al Consejo de Estado que interceda y le ordene al presidente de la República y las dependencias encargadas de velar por los derechos de la mujer, proteger los derechos fundamentales a la igualdad, a la no discriminación, al buen nombre, a la dignidad y a la honra de las mujeres.
La Sección Tercera del Consejo de Estado admitió la tutela del ciudadano, que consideró que el cantante antioqueño vulneró esos derechos con su tema ‘Perra’, cuyo video oficial fue retirado de la plataforma YouTube por el reguetonero hace unos días, debido a que contiene “palabras directa y abiertamente humillantes, sexistas, racistas, machistas, misóginas y en contra de la dignidad de la persona humana de la mujer”.
La tutela fue presentada en contra del cantante, pero además contra la Presidencia de la República, la Comisión Legal para la Protección de los Derechos de las Comunidades Negras o Poblacionales Afrocolombianas del Congreso de la República, la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer y el Ministerio de Cultura.
El caso está en manos del magistrado Jaime Enrique Rodríguez Navas. “Para efectos de realizar la notificación personal del señor Álvaro José Osorio Balvin, la Secretaría General de esta Corporación tendrá en cuenta la dirección de notificaciones aportada con el escrito de tutela, y cualquier otra que pueda obtener a través de las páginas de internet y redes sociales oficiales que pertenezcan al cantante, a sus representantes o manager, en atención a lo previsto en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991”, dice el auto de admisión.
“Además, oficiará a la Presidencia de la República para que publique en su página oficial la existencia de la presente acción de tutela”, agrega.