Se ha abierto un necesario y sano debate en el país respecto de la obligatoriedad de efectuar consultas previas a determinadas comunidades y grupos étnicos, del costo de las mismas, de su pertinencia y del papel que, finalmente, pueden terminar jugando tales grupos en materia de desarrollo y avance de grandes obras y proyectos para el país. Se ha abierto un necesario y sano debate en el país respecto de la obligatoriedad de efectuar consultas previas a determinadas comunidades y grupos étnicos, del costo de las mismas, de su pertinencia y del papel que, finalmente, pueden terminar jugando tales grupos en materia de desarrollo y avance de grandes obras y proyectos para el país. Lo que está pasando con las consultas previas a indígenas y afrodescendientes, previstas tanto constitucional como legalmente y a través de disposiciones internacionales a las que Colombia se ha obligado, no debería alarmar tanto como acaba de ocurrir con el señor Ministro de Agricultura, quien ha mostrado todo su enfado y desesperación por el poco avance de ciertas iniciativas de su cartera, justamente por el hecho de tener que obtener el punto de vista de esas comunidades. La consulta previa además de ser un derecho constitucional, son un mecanismo regulador, de supervisión y de atención al interés específico que tales grupos raciales puedan tener frente a obras y trayectos que les afectan directamente, bien porque se adelantan en sus zonas de población o bien porque e impacto directo o indirecto sea inevitable. Se fundamenta en el derecho que tienen los pueblos de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Ahora bien, no por ello debemos dejar de señalar que las consultas han adquirido un grado de discriminación alto frente a otras comunidades, que por no ser afrodescendientes ni indígenas no tienen derecho a emitir sus opiniones respecto de obras que les impactan directamente. Por ejemplo, no hubo ninguna consulta previa a todas las comunidades – campesinos y demás – afectadas por El Quimbo o las exploraciones petroleras en diversas zonas del Huila. Si se hubiese acreditado que en tales sitios había grupos indígenas o afrodescendientes otro sería el rumbo de tales megaproyectos. Los avances obtenidos en Colombia para proteger, y discriminar positivamente como lo ha dicho la Corte Constitucional, a determinados grupos antes abusados y víctimas de segregación se materializan en asuntos como estas consultas. Loable y necesario, pero que tal prerrogativa no se convierta en un bloqueo ni en una barrera infranqueable para que determinados planes que, a su vez, benefician a otros grupos poblacionales – como los mestizos que son la mayoría del país – se detengan ni se frustren, ni la opinión de esas comunidades sea la última palabra. Sobre todo si los demás colombianos no tienen también espacio para discutir los alcances de la respectiva obra. La discriminación positiva debe llegar hasta el nivel en que los que antes eran aislados y estaban por debajo en la escala social, se equiparen a los que ya desde antaño gozan de todos los derechos. Pero no que los superen. “No hubo ninguna consulta previa a todas las comunidades – campesinos y demás – afectadas por El Quimbo o las exploraciones petroleras en diversas zonas del Huila”. Increíble. Doce días después de la emergencia en los corregimientos de San Luis, Aipecito y Chapinero, las ayudas ni los apoyos han llegado. Los campesinos, sin alimentos, trabajan sólo con pica y pala, para remover 300 derrumbes. ¿Hasta cuándo? ¿Dónde está la gestión del riesgo?