Convenio gestión catastral debe suspenderse: Procuraduría

La Procuraduría pidió la inmediata suspensión del cuestionado convenio de gestión catastral, firmado con la empresa de Alumbrado Público. El alcalde tendrá que declarar la terminación anticipada.

 

RICARDO AREIZA

La Procuraduría General de la Nación le solicitó al alcalde de Neiva, German Casagua Bonilla, la inmediata suspensión del convenio interadministrativo celebrado con la Empresa de Servicios de Iluminación Pública (Esip) para la polémica actualización catastral.

Por considerar que el supuesto convenio es ostensiblemente oneroso y perjudicial para el municipio, el procurador judicial, David de la Torre Vargas, solicitó medidas urgentes para frenar los daños contingentes, evitar los pagos ilegales y declarar la terminación anticipada.

En su criterio, el convenio, bajo una fingida cooperación, contiene una ‘soterrada’ operación de crédito público no autorizada, disfrazada en favor de la empresa ‘cooperante’, controlada por el ‘zar del alumbrado público’, Alfonso ‘El turco’ Hilsaca.

“Me permito solicitar que se adopten las medidas necesarias con el fin de evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos colectivos a la moralidad administrativa, defensa del patrimonio público, libre competencia económica, acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna que se consideran afectados con la suscripción y ejecución del cuestionado Convenio interadministrativo 2105 de 2023”, precisó en un documento remitido al alcalde Casagua Bonilla.

 

El estudio del polémico convenio fue solicitado en diciembre por el Procurador Delegado con funciones mixtas para la conciliación administrativa atendiendo las múltiples denuncias ciudadanas.

El documento final fue presentado al alcalde German Casagua el pasado 15 de enero. El funcionario conformó un equipo jurídico y técnico para examinar las conclusiones y solicitudes del documento, incluyendo, la terminación anticipada.

“Aún estamos evaluando los alcances de las peticiones para tomar una decisión de fondo”, precisó un funcionario de la administración municipal. “Hasta tanto no se haga el estudio no habrá un pronunciamiento”, precisó sin dar más explicaciones.

Las conclusiones también fueron remitidas a la empresa Esip, pero hasta el momento, no han emitido pronunciamiento alguno. Según la Procuraduría, guardó silencio.

 

 

Objetivo ilícito

El convenio interadministrativo 2105 fue suscrito a las carreras, en un tiempo récord, el 28 de junio de 2023, en plenas fiestas del San Pedro, violando expresamente los principios de transparencia, planeación y responsabilidad, según el agente especial del Ministerio Público.

El contrato fue firmado a puerta cerrada por el entonces jefe de contratación de la Alcaldía, Juan Diego Isaza Valderrama y el representante legal de Esip Diego Alejandro Pérez Pineda.

Según el contrato, el valor es indeterminado pero determinable en el tiempo. Sin embargo, para efectos de la póliza se estableció un valor de 37.019 millones de pesos, solo por formación y actualización catastral y 52.981 millones por concepto de intereses que se comenzarán a pagar a partir de 2024.

Tentativamente se fijó un valor global de 90.001 millones de pesos (más impuestos costos y gastos que no hayan sido contemplados en el presupuesto oficial), un monto abusivamente desproporcionado en favor del contratista.

Por conservación catastral, plataforma tecnológica y soporte técnico, el valor será el resultante de la sumatoria del presupuesto anual de conservación y el valor de la plataforma, lo que resultará abusivamente detrimental para el municipio.

La etapa operativa de formación y actualización, según lo pactado, se realizará en 24 meses, a partir de la fecha de inicio.

En cambio, la etapa financiera, será de 15 años o más, hasta cancelar el valor total, incluyendo los intereses de los aportes realizados por la empresa Esip, operadora del alumbrado público.

La etapa de conservación catastral y operación de la plataforma estará supeditada al tiempo que dure en recuperar los montos invertidos, incluyendo todos los intereses.

La solicitud de la Procuraduría.

Contrato leonino

Contrario a lo expresado por la anterior administración, el convenio además de leonino, compromete en forma grave el patrimonio del municipio en un por lo menos15 años, sin tener autorizadas vigencias futuras.

“No es cierto que el convenio interadministrativo no genere erogación alguna para el Municipio de Neiva. Por el contrario, está comprometiendo el patrimonio del municipio con pagos absolutamente costosos y a largo plazo sin haberse agotado los requisitos previos para comprometer vigencias futuras ni las autorizaciones provenientes del concejo y de los análisis del marco fiscal requeridas para que un municipio pueda asumir créditos”.

Adicionalmente, tendrá onerosas implicaciones no mencionadas por el ex alcalde Gorky y su equipo económico que la disfrazaron y permitieron su ilegal consumación.

“El convenio implica una clara operación de crédito público encubierta bajo otras formas jurídicas como quiera que se evidencia una proyección por valor superior a los 90.000 millones de pesos por concepto de financiación y pago de intereses a largo plazo”.

“Pese a ello en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop 2) – se publicó con un valor de cero pesos, violando expresamente el Estatuto de Contratación Estatal y el Código de Régimen Municipal”.

 

Operación soterrada

“El interés pactado es claramente remunerativo y está a una tasa alta lo que desnaturaliza en la existencia de cooperación interadministrativa y demuestra que se realizó una operación de crédito público soterrada y carente de todos los requisitos estudios y autorizaciones propias que deben venir del Concejo municipal de Neiva, entre otras”.

El cuestionado convenio interadministrativo 2105 de 2023, según la Procuraduría, está viciado de objeto ilícito por contravenir el derecho público de la Nación.

“El convenio desconoce los principios de transparencia, planeación, y publicidad, al no contar con certificados de disponibilidad presupuestal previos, ni con autorización para comprometer vigencias futuras pese a comprometer los recursos públicos a 15 años”, añadió.

Grave amenaza

El agente especial del Ministerio Público estimó que el convenio 2105 de 2023 representa un total desconocimiento y una amenaza grave a los derechos colectivos derechos e intereses colectivos a la moralidad administrativa, defensa del patrimonio público, libre competencia económica, acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna.

“En el convenio 2105 de 2023 no hay ninguna cooperación interadministrativa. “Lo que existe es una serie de obligaciones recíprocas conmutativas y onerosas que desnaturalizan la figura del convenio interadministrativo y lo convierte n en un verdadero contrato estatal. No hay asociatividad alguna, pero si existen intereses contrapuestos propios de un contrato, que no de un convenio”.

“Al ser un verdadero contrato interadministrativo, debió contar con certificado de disponibilidad presupuestal previo y contar con las respectivas reservas y no adjudicarlo a dedo, disfrazado de un convenio de cooperación”.

 

Calculado

Asimismo, hay un desconocimiento del principio de transparencia. Aunque parezca increíble los estudios previos, que definen las bases de la contratación fueron realizados el 28 de junio, el mismo día que se adjudicó el contrato.  La invitación a presentar propuesta se presentó el 25 de mayo de 2023, antes de los estudios previos, antes de la indebida delegación y antes de la justificación para realizar la contratación directa y no la licitación, como era lo procedente.

La fecha de presentación de la propuesta se realizó el 15 de mayo de 2023, la fecha de delegación de la etapa precontractual 27 de junio de 2023 y la fecha del acto que justifica la contratación directa (28 de junio de 2023) el mismo día de la celebración del convenio. “Lo que evidencia que todo estaba previamente concertado pues era jurídicamente imposible que en un lapso tan corto se pudieran definir los detalles y aristas de un negocio jurídico de tal magnitud y complejidad. O, en gracia de discusión lo que se evidencia es un desconocimiento al principio de planeación”.

 

Amañada

Según la Procuraduría, el cuestionado contrato no fue transparente y su adjudicación fue amañada.  “El convenio violó la transparencia en la medida en que se pidió la presentación de la propuesta sin acto que definiera que el mecanismo era por contratación directa”, advirtió.  Primero se recibió la propuesta y luego se definieron los estudios previos y las condiciones. Insólito.

La viabilidad del convenio fue definida indebidamente por quienes no tenían la competencia para ello. De acuerdo con el análisis de la Procuraduría, la propuesta fue presentada antes de que los estudios previos estuvieren debidamente formalizados.

“En el lapso de dos días se delegó la facultad precontractual, se justificó la contratación directa y se suscribió el convenio”, afirmó el procurador judicial.

“El estudio previo es posterior a la solicitud de presentar propuesta”, insistió.

La invitación a presentar propuesta para el cuestionado convenio se dio incluso antes de que se hubiese definido que el medio jurídico a usar era el de la contratación directa.

Además, precisó que la solicitud para presentar propuesta se hizo por quien no tiene la capacidad contractual del municipio.

 

Extralimitación

En este estudio, el alcalde Gorky Muñoz, a través del Decreto 582 del 27 de junio de 2023, delegó indebidamente la etapa precontractual para la suscripción de un supuesto convenio interadministrativo.

“Sin embargo, extralimitando las facultades delegadas, no sólo se adelantó la etapa precontractual, sino, que se usó ese decreto par a la suscripción misma del convenio interadministrativo, lo que ya no es propio de la etapa precontractual sino de la fase contractual en estricto sentido”, resaltó el Procurador judicial

“Lo anterior conduce a que si se requería delegar la facultad para celebrar contratos se requería la expedición de un acto administrativo que delegara específicamente tal función”, recalcó.

La etapa operativa de formación y actualización se realizará en 24 meses

La ‘jugadita’

En los estudios que hizo la pasada Alcaldía de Neiva sobre la propuesta presentada, se mezclaron los indicadores de la empresa de iluminación pública Esip con los indicadores financieros propios de las sociedades que la integran lo que no permite reflejar la realidad de la entidad obligada.

“Si bien la norma catastral permite que la experiencia pueda ser suplida o calificada con base en los indicadores de los integrantes del contratante, dicha norma no habilita para que los indicadores financieros también sean analizados de manera conjunta”.

“De lo anterior se colige que la Esip no cumple con los indicadores financieros requeridos para un negocio de tal magnitud”, precisó el procurador David de La Torre.

 

Falsa motivación

“Los estudios previos del convenio y la cláusula sexta de éste evidencian que sí había valores que cubrir y que se motivó falsamente el convenio suscrito, cuando se indicó que no hay erogación por parte del Municipio de Neiva y que por tanto no hay necesidad de disponibilidad presupuestal ni de afectación de vigencias futuras”.

“La figura utilizada, las obligaciones y las responsabilidades en la gestión del servicio a favor del contratante evidencian que se entregó la gestión total del servicio público, un vaciamiento de la competencia que no puede hacer el Municipio de Neiva so pena de desconocer el marco normativo de la gestión catastral”

“El convenio 2105 de 2023 así suscrito afectó también la libre competencia económica puesto que evitó que el Municipio al momento de entregar la gestión de un servicio permitiera libertad de concurrencia entre varios posibles oferentes mediante un proceso público de selección”, insistió la Procuraduría.

 

Medidas urgentes

En estas condiciones, el Procurador Judicial solicitó con carácter perentorio, la adopción de las medidas internas para que el Municipio ejerza directamente su rol de gestor catastral autorizado por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Resolución 249 de 2021).

La agencia especial de la Procuraduría solicitó que la administración debe ordenar la devolución de todos documentos y bases de datos que se hayan entregado a la Esip para que el Municipio opere directamente su rol de gestor catastral.

Además, planteó como otra opción la procedencia de aplicar la cláusula decima quinta del convenio interadministrativo 2105 de 2023 para dar por terminado el convenio anticipadamente.

El Procurador insistió en recurrir a la nulidad absoluta del cuestionado convenio por las razones de ilegalidad e inconveniencia reveladas. La acción judicial tendrá que adelantarse ante el Tribunal Administrativo del Huila.

Adicionalmente anunció que la Procuraduría, prepara una acción popular para impedir la ejecución del desventajoso contrato.

 

Frenar pagos

Adicionalmente requirió al ejecutivo para que se abstenga el de autorizar cualquier pago derivado de financiación o intereses con ocasión del convenio interadministrativo por cuanto ello implica una operación de crédito público no autorizada por el Concejo Municipal.

De acuerdo con lo pactado, en el 2024 el primer año, la administración tendría que cancelarles la primera cuota equivalente a 458,83 millones de pesos.

Además, se pactó el pago de otros 1.966 millones de pesos correspondiente al valor de la conservación catastral en los primeros seis meses de ejecución durante 2023 (junio-diciembre) más impuestos, costos y gastos que no hayan sido contemplados en el presupuesto oficial.

El resto se cancelará en cuotas de 6.3696 millones durante los próximos 14 años.

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