La Sala Plena de ese alto Tribunal determinó que la norma está ajustada a la Constitución y se dio el aval por razones de salud pública.
Redacción Web/LN
La Sala Plena de la Corte Constitucional, con una votación de 8-0 avaló el cobro de impuesto a las bebidas azucaradas, incluidas las gaseosas, que quedó establecido en el artículo 54 de la Reforma Tributaria aprobada en el 2022.
Este artículo había sido demandado por el abogado constitucionalista Juan Manuel Charry, y alegaba que ese impuesto afectaba la libre empresa y la libre competencia. Sin embargo, la Corte dio vía libre para crear el impuesto por razones de salud pública.
Lo que aseguran algunas fuentes de la Corte, es que, los magistrados concluyeron que, si bien esa medida podría generar un impacto desde la perspectiva del libre mercado porque al elevar el precio desestimularía su consumo, también es cierto que el consumo de esos productos afectaría la salud pública.
Cabe mencionar que, a partir del 1 de noviembre de este año, entra en vigencia ese impuesto y los precios de los alimentos ultra procesados aumentarán y el objetivo es recaudar alrededor de $3 billones.
De acuerdo con estimaciones del Ministerio de Hacienda, el efecto del impuesto a alimentos azucarados y ultra procesados sobre la inflación total es de 0.21 puntos porcentuales en 2023, de 0.11 en 2024 y de 0.12 en 2025.
Los productos gravados serán aquellos comestibles ultra procesados que, como ingredientes, se les haya adicionado azúcares, sal/sodio o grasas suficientes para llevar el sello frontal de advertencia establecido por el Ministerio de Salud.