Uno de los artículos que tumbó la Corte Constitucional de la reforma tributaria fue el que creaba un impuesto para la educación superior con el Icetex.
Redacción Web/LN
La Corte Constitucional tumbó dos artículos de la reforma tributaria del Gobierno Nacional, uno que creaba un impuesto para beneficiar a los estudiantes que acceden a educación superior con el Icetex y otro que extendía los efectos de decretos emitidos en pandemia hasta final de año.
El tribunal tumbó el artículo que creaba el impuesto a los créditos del Icetex en beneficio de los estudiantes, pues la corte determinó que este punto de la reforma no fue debatido correctamente en el Congreso.
“La Sala encontró que el artículo 95 no se presentó ni se debatió en las comisiones constitucionales permanentes de asuntos económicos y solo se propuso y aprobó durante los debates de las plenarias de la Cámara de Representantes y del Senado de la República”, señala uno de los apartes del pronunciamiento.
Por su parte, el artículo que extendía los efectos de los decretos 560, que permite aplazar los pagos de gastos administrativos que considere el deudor y el decreto 772 que dictó medidas especiales en materia de insolvencia económica que fueron emitidos en pandemia, fueron declarados inconstitucionales por no tener relación con el objeto de la ley.
“No existe siquiera un mínimo principio de conexidad entre la reforma tributaria contenida en la Ley 2277 de 2022 y las normas prorrogadas, como sí podría eventualmente existir entre dicha ley y las normas de carácter tributario que el Legislador excluyó de la prórroga que le otorgó a las demás”, recalcó el tribunal.