En uno de los casos el menor fue amarrado a su silla y amordazado por el educador. El otro profesor le dio golpes en la cabeza, en la espalda a dos alumnos y usó palabras injuriosas para referirse a ellos.
En fallos de primera instancia la Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión e inhabilidad especial de cuatro meses a dos docentes de instituciones educativas en Leticia, Amazonas, al encontrar probado el hecho de que maltrataron física y verbalmente a sus alumnos.
En el primer caso, la Regional de Juzgamiento de Cundinamarca confirmó que Jorge Infante Bautista amarró a la silla y amordazó a uno de sus estudiantes de la Institución Educativa Francisco del Rosario Vela, con lo que incumplió su deber como servidor público de tratar con respeto e imparcialidad a las personas con las que tiene relación en función de su servicio.
Los hechos, que habrían ocurrido en 2022, su sumaron a la deserción de al menos la mitad de los alumnos que tenía inicialmente, lo que sugiere un ambiente conflictivo, su inestabilidad laboral reflejada en quejas constantes por parte de los padres que se quejaron de su desempeño, y agresiones reportadas por compañeros de trabajo con los que hubo incidentes en varias oportunidades.
Por su comportamiento, el Ente de control resaltó que infante Bautista incumplió su deber de proteger y cuidar a los menores que tenía a cargo, con lo que vulneró el principio de responsabilidad, por lo que de manera definitiva calificó su falta como grave cometida a título de dolo.
En un segundo caso la Procuraduría declaró responsable disciplinariamente al docente y director rural de la Institución Educativa Indígena San Juan Bosco, Pedro Pablo Parra Bardales, por agredir física y verbalmente a dos de sus alumnos, de 11 y 16 años.
El Ministerio Público sostuvo que a uno de ellos le dio golpes en la cabeza, al otro en la espalda, uso palabras injuriosas para referirse a ellos e insultó a una mujer, entre otros señalamientos sobre su trato y comportamiento que hicieron padres de familia, compañeros y personal administrativo.
Para la Entidad es necesario revisar lo que podría considerarse un patrón de conducta indicativo de una mala gestión emocional y una aparente incapacidad de manejar de manera constructiva situaciones de conflicto que se dan en el entorno escolar, y que afectan la sana convivencia.
Al igual que en el primer caso, la Procuraduría reiteró que Parra Bardales quebrantó las normas a las que estaba obligado dar cumplimiento por su rol educativo, con lo que configuró una falta que fue calificada de forma definitiva como grave a título de dolo.