Editorial,Fuero Militar

En medio de un duro debate y cuestionamientos de algunos organismos internacionales de Derechos Humanos, el Senado de la República aprobó la reforma constitucional que da vía libre al nuevo Fuero Militar.

En medio de un duro debate y cuestionamientos de algunos organismos internacionales de Derechos Humanos, el Senado de la República aprobó la reforma constitucional que da vía libre al nuevo Fuero Militar. El proyecto, votado en su octavo debate fue aprobado por 54 votos contra 5 y  entrará en vigencia luego de ser conciliada por las plenarias del Senado y la Cámara, lo cual se haría en las sesiones de hoy jueves.
La lucha contra la delincuencia, el terrorismo, los grupos subversivos, entre otros factores de desestabilización en el país, requieren de unas Fuerzas Militares consolidadas, garantes de los derechos ciudadanos y humanos, responsables en su accionar y que sigan mereciendo la admiración y respeto de la comunidad.
Una de las voces más críticas ha sido la del director de la ONG Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, quien dijo que el Gobierno cometió un error al adelantar esta iniciativa, pues representa “un retroceso en materia de derechos humanos”. Con este proyecto “retrocedemos al siglo pasado, décadas de los 80 y 90, en donde se cometían violaciones a los derechos con total impunidad”, afirmó Vivanco.
Sin embargo, en el artículo cuarto de la Ley se definió que los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública que no tengan relación con el servicio o por los delitos expresamente excluidos del conocimiento de la Justicia Penal Militar continuarán en la justicia ordinaria.
También para no dar paso a que en la transición y entrada en vigencia del nuevo fuero no se cuelen casos de la justicia ordinaria a la militar, el articulado señala que en un año la Fiscalía General de la Nación deberá confirmar los procesos que sean estudiados por cada una de estas jurisdicciones.
“La Fiscalía General de la Nación, en coordinación con la Justicia Penal Militar, contará con un periodo de hasta un  año para identificar todos los procesos que se adelantan contra los miembros de la Fuerza Pública, y trasladar a la Justicia Penal Militar aquellos donde no se cumplan los supuestos para la competencia de la jurisdicción ordinaria. En el marco de esa coordinación, se podrá verificar si algún proceso específico que cursa en la Justicia Penal Militar podría ser de competencia de la Justicia Ordinaria”, dice el texto.
Asimismo, el Gobierno Nacional ha garantizado que no habrá impunidad en los casos de ‘falsos positivos’, según afirmaron los ministros de Defensa, Juan Carlos Pinzón, e Interior, Fernando Carrillo. Pinzón indicó que “los falsos positivos nunca irán a la Justicia Penal Militar, las violaciones de niños y mujeres, tampoco, y los casos de tortura, no irán”. El titular de Interior argumentó  que la norma de carácter transitoria, en alusión al artículo que otorga ese plazo, “va a evitar que se dé impunidad”.

En medio de un duro debate y cuestionamientos de algunos organismos internacionales de Derechos Humanos, el Senado de la República aprobó la reforma constitucional que da vía libre al nuevo Fuero Militar. El proyecto, votado en su octavo debate fue aprobado por 54 votos contra 5 y  entrará en vigencia luego de ser conciliada por las plenarias del Senado y la Cámara, lo cual se haría en las sesiones de hoy jueves. La lucha contra la delincuencia, el terrorismo, los grupos subversivos, entre otros factores de desestabilización en el país, requieren de unas Fuerzas Militares consolidadas, garantes de los derechos ciudadanos y humanos, responsables en su accionar y que sigan mereciendo la admiración y respeto de la comunidad. Una de las voces más críticas ha sido la del director de la ONG Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, quien dijo que el Gobierno cometió un error al adelantar esta iniciativa, pues representa “un retroceso en materia de derechos humanos”. Con este proyecto “retrocedemos al siglo pasado, décadas de los 80 y 90, en donde se cometían violaciones a los derechos con total impunidad”, afirmó Vivanco. Sin embargo, en el artículo cuarto de la Ley se definió que los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública que no tengan relación con el servicio o por los delitos expresamente excluidos del conocimiento de la Justicia Penal Militar continuarán en la justicia ordinaria. También para no dar paso a que en la transición y entrada en vigencia del nuevo fuero no se cuelen casos de la justicia ordinaria a la militar, el articulado señala que en un año la Fiscalía General de la Nación deberá confirmar los procesos que sean estudiados por cada una de estas jurisdicciones. “La Fiscalía General de la Nación, en coordinación con la Justicia Penal Militar, contará con un periodo de hasta un  año para identificar todos los procesos que se adelantan contra los miembros de la Fuerza Pública, y trasladar a la Justicia Penal Militar aquellos donde no se cumplan los supuestos para la competencia de la jurisdicción ordinaria. En el marco de esa coordinación, se podrá verificar si algún proceso específico que cursa en la Justicia Penal Militar podría ser de competencia de la Justicia Ordinaria”, dice el texto. Asimismo, el Gobierno Nacional ha garantizado que no habrá impunidad en los casos de ‘falsos positivos’, según afirmaron los ministros de Defensa, Juan Carlos Pinzón, e Interior, Fernando Carrillo. Pinzón indicó que “los falsos positivos nunca irán a la Justicia Penal Militar, las violaciones de niños y mujeres, tampoco, y los casos de tortura, no irán”. El titular de Interior argumentó  que la norma de carácter transitoria, en alusión al artículo que otorga ese plazo, “va a evitar que se dé impunidad”.

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