En marcha nuevo régimen municipal

El presidente Juan Manuel Santos aseguró que la iniciativa, sancionada ayer, fortalecerá los gobiernos locales, desde las juntas de acción comunal hasta las alcaldías, incluyendo beneficios básicos a ediles. El presidente Juan Manuel Santos aseguró que la iniciativa, sancionada ayer, fortalecerá los gobiernos locales, desde las juntas de acción comunal hasta las alcaldías, incluyendo beneficios básicos a ediles. LA NACIÓN, Bogotá El presidente Juan Manuel Santos, destacó que la nueva Ley de Régimen Municipal sancionada ayer es un instrumento que fortalecerá los gobiernos locales, que permitirá que los ciudadanos participen en la definición de los planes de inversión de sus localidades. Señaló que el fortalecimiento del gobierno local no se limita a las alcaldías o a los concejos, ya que la nueva Ley extiende el poder de acción de ediles y líderes comunales. De un lado, se establece una estructura básica y unas competencias mínimas para que los municipios pequeños operen con lo que realmente requieren, sin que estén obligados a sostener una carga burocrática inútil por cuenta de leyes anacrónicas y dispersas. Por ejemplo, hay municipios que no necesitan un tesorero y un pagador por separado, o una oficina de contratos y una oficina jurídica, sino que esas funciones las puede cumplir un mismo funcionario o una sola oficina. La iniciativa facilita y agiliza la gestión territorial porque otorga nuevas competencias según la capacidad económica, los índices de crecimiento demográficos, el desarrollo industrial y comercial, entre otros aspectos. Los municipios con mayor capacidad institucional podrán determinar, directamente, asuntos como el manejo de políticas sociales y la autorización de espacios de conservación cultural. Además de crear nuevas tipologías de municipios, se ha previsto un régimen de municipios básicos que tendrán competencias mínimas, sin mayores cargas burocráticas como secretarías y dependencias que no necesitan. Participación El fortalecimiento del gobierno local no se limita a las alcaldías o a los concejos. La nueva normatividad también establece nuevas formas de participación de la ciudadanía en los asuntos de su municipio. Los concejos podrán constituir presupuestos participativos para apoyar la inversión social en los corregimientos o comunas. Una Junta de Acción Comunal podrá, por ejemplo, determinar conceptos sobre rutas de transporte y ejecución de proyectos. A partir de ahora, las Juntas Administradoras Locales podrán emitir conceptos a la hora de establecer rutas de transporte y esos conceptos tendrán que ser atendidos por el alcalde y por los concejales. Tanto ediles como líderes comunales tendrán un papel más activo en la definición del presupuesto de las alcaldías. Concejales Considerando que cerca del 80 por ciento de los cerca de 12.500 concejales del país carecen de formación profesional, la norma les ofrece capacitación y formación profesional gratuita, a cargo de la Escuela de Administración Pública, (Esap) y el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena). También habrá lugar a la diferencia étnica y socio-cultural, pues los Planes de Desarrollo de los municipios deberán estar en concordancia con la visión de las minorías étnicas, las organizaciones comunales y los grupos de población vulnerables. Municipios especiales El nuevo Régimen Municipal crea municipios especiales biodiversos, acorde con la necesidad y deber que tiene el Estado de generar un desarrollo sostenible y sustentable. La Agencia Nacional para la Defensa Judicial, asesorará los procesos de defensa judicial de los municipios más pobres y débiles institucionalmente: los de cuarta, quinta y sexta categoría. Personeros La nueva norma define requisitos especiales para la elección de personeros, permitiendo que éstos participen en un concurso público de méritos y formación profesional especializada, lo que seguramente hará mucho más efectiva la acción del Ministerio Público a nivel municipal. Además de esto, el personero municipal velará por hacer cumplir los derechos de la población víctima del desplazamiento, víctimas de la violencia y por temas de Derechos Humanos, antes que los temas disciplinarios, pues estos son resorte de las procuradurías departamentales o de las oficinas disciplinarias de las propias entidades. El presidente Santos durante la sanción de la iniciativa. FOTO PRESIDENCIA

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