La decisión del CNE de investigar no solamente la campaña presidencial sino al jefe de Estado Gustavo Petro por presuntamente violar el límite de gastos, trae a colación un caso similar contra Ernesto Samper, pero que, no es lo mismo.
Las opiniones en el caso de presunta violación al límite de gastos por parte de la campaña ‘Petro presidente’, en primera y segunda vuelta del 2022, han girado mayoritariamente en torno a si el Consejo Nacional Electoral – CNE tiene o no facultades para investigar y formular cargos, además de la campaña, al ahora presidente Gustavo Petro.
En febrero del 2023 el CNE abrió una indagación preliminar a la campaña, y el pasado martes dio un paso más e informó que determinó investigar y formular cargos formalmente. Nunca antes un proceso había llegado tan lejos, el caso que podría asemejársele, aunque no del todo, ocurrió en el siglo pasado.
En su comunicado oficial el CNE informó que la investigación y formulación de cargos, es tanto contra la campaña presidencial de la “coalición Pacto Histórico, representada por los ciudadanos Gustavo Francisco Petro Urrego, candidato”, como también “Ricardo Roa Barragán, gerente de campaña”, quien no renunciará al cargo; y otros.
En el periodo de mandato del expresidente Iván Duque se abrió una indagación a la campaña, pero solo preliminar (escándalo de la Ñeñepolítica), que luego se archivó y nunca escaló a una investigación formal. Lo mismo sucedió con la campaña del expresidente Juan Manuel Santos (caso Odebrecht).
Caso Samper
Un hecho con el que se asemeja el caso Petro, es la formulación de cargos contra el expresidente Ernesto Samper Pizano (1994-1998) por presuntas irregularidades en su campaña, pero la coyuntura es radicalmente distinta.
Cabe recordar, y según lo registró en su momento El Tiempo, que el CNE resolvió formular cargos contra el exmandatario Samper, pero pocas horas después el Consejo de Estado se le atravesó y decidió tumbar los topes electorales, (el límite máximo en dinero permitido para financiar las campañas presidenciales de 1994), por lo que la investigación y esa formulación plasmada en papel, fracasó inmediatamente; ya no había norma que tipificara la conducta de Samper como delito. Samper se salvó y nunca trascendió a lo que se aprecia hoy con Petro.
Hay un precedente más interesante y es que, de acuerdo con El Tiempo, en su momento el CNE argumentó por qué sí podía formular cargos al entonces presidente Samper. “Para el CNE, la formulación de cargos al presidente Samper obedece a que constitucional y legalmente él era el responsable del manejo administrativo y financiero de la campaña que finalmente lo llevó al poder. Él permitió que hubiera inexactitud en la contabilidad y que se violaran los topes, dijo el magistrado consultado por EL TIEMPO”.
“No puede imputar cargos”
Precisamente el exmandatario Samper, recordado por el escandaloso proceso 8.000, fue uno de los que reaccionó al caso Petro durante la jornada anterior. “El CNE tiene derecho a investigar administrativamente las campañas electorales. En consecuencia, no puede imponer sanciones penales ni disciplinarias a sus administradores y tampoco puede imputar cargos al presidente, que escapan a su competencia constitucional”, dijo mediante X.
Y agregó que la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes debe hacer público el expediente que tiene sobre el presidente. Incluso alertó que la oposición busca “afectar las condiciones de gobernabilidad”.
Otras reacciones
Esa misma postura tiene el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, para quien el CNE en el caso Petro “se equivocó al desconocer el fuero presidencial: pueden investigar las campañas y a los candidatos, pero no al presidente en ejercicio. Este tipo de extralimitaciones no solo violan el fuero presidencial, sino que debilitan la institucionalidad”.
Una posición contraria asume el jurista Rodrigo Uprimny Yepes, para quien la “decisión del CNE de investigar al presidente (y no sólo a su campaña) por eventual violación de topes es discutible, pero no es golpe de Estado”; como lo ha advertido Petro.
“Es cierto que hay sectores de derecha que pretenden que la presidencia de Petro sea inviable y que este no termine su mandato, por lo cual buscan su destitución invocando el artículo 109 de la Constitución que dice que la violación de los topes electorales “debidamente comprobada, será sancionada con la pérdida de investidura”. Es cierto que es una vergüenza que el proceso del CNE esté liderado por Álvaro Hernán Prada, investigado por la Corte Suprema por soborno de testigos en el caso de Álvaro Uribe. Es cierto que hay aspectos de la decisión de la Sala de Consulta del Consejo de Estado que ameritan una discusión jurídica. Todas esas críticas y discusiones son razonables, pero es una irresponsabilidad que el presidente llame a la revolución argumentando que existe un golpe de Estado en marcha”, dijo mediante una columna de opinión.
Y aclaró que el CNE puede imponerle a Petro ciertas sanciones administrativas, como multas, pero que “la posible verificación de la violación de esos topes por el CNE no acarrea la pérdida de la presidencia por Petro ya que su eventual destitución sólo puede ser decretada por el Congreso”. Además, que “es legítimo que en una democracia se investiguen eventuales irregularidades de las campañas electorales”.
En medio de todo este escándalo, César Lorduy, presidente del CNE, aseguró ante medios que lo máximo que pueden hacer contra el presidente Petro es imponerle una multa económica.
No obstante, ayer el presidente Petro convocó a marchas y algunos sindicatos le copiaron en el llamado. El Gobierno también expuso el “intento de golpe de estado contra el mandato popular” ante la Cepal. Además, la Cancillería solicitó protección ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Finalmente, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum expresó apoyo hacia el Jefe de Estado.
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