La Nación
“Es absurdo”: Fenalco arremete contra acuerdo de aprendices Sena 1 5 octubre, 2024
ECONOMÍA

“Es absurdo”: Fenalco arremete contra acuerdo de aprendices Sena

El gremio rechazó que se incluyeran oficios como el ser gigoló y vendedor callejero de agua fresca, entre otros, que no requieren formación profesional para desarrollarlos. 

 

CATERIN MANCHOLA

@cate_manchola

La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios – Fenalco, rechazó las actualizaciones que hizo el Servicio Nacional de Aprendizaje – Sena al acuerdo de aprendices, concretamente, el listado de oficios y ocupaciones, donde se incluyeron como trabajos el ser gigoló, vendedor callejero de agua fresca y adivinador cartomántico, y 10.000 más, que no requieren formación profesional para desarrollarlos.

Según el gremio, la inclusión de esos nuevos oficios afecta negativamente a las empresas que están obligadas a cumplir con una cuota mínima del contrato de aprendizaje, es decir, de emplear aprendices Sena o de pagar la obligación mensual si no contratan personas.

Ese listado sirve para determinar “la cuota de aprendices que debe contratar o monetizar cada empresa y, con el acuerdo 10, estos oficios se triplicarían, generando, según encuestas realizadas por Fenalco, un aumento en el número de aprendices a contratar por las empresas de la muestra, de entre el 550% y el 670%, con lo cual se dificulta la continuidad de muchas de ellas”.

“Terapeuta de poesía”

Precisó que el Sena por disposición legal, debía excluir de esa lista: a los oficios y ocupaciones del sector estatal y de la construcción, a aquellos que no requirieran dicha formación (profesional metódica y completa) y a los que no cuentan con oferta de formación o en el Sena o en entidades autorizadas.

Sin embargo, la realidad fue otra. “En el listado se encuentran oficios y ocupaciones como: autor de libros, cantante callejero, vendedor callejero de agua fresca, ropavejero, prendero, médico unani, terapeuta de poesía, arzobispo, bonzo, amaestrador de fieras, artista de hula hoop, conjurador, faquir, lanza y traga fuego, astronauta, tinterillo, acólito, adivinador cartomántico y gigoló, entre otros”, detalló.

Aunque el Sena aduce que la actualización del listado de oficios y ocupaciones que presentó en el acuerdo 10, que determina la cuota de aprendices que debe contratar una empresa, adoptó la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones de la OIT –Organización Internacional del Trabajo-; “en la práctica desconoció que la ley, solo le permite incluir oficios que requieran formación profesional metódica y completa, por lo que el listado presentado por la entidad desconoce la realidad del mercado laboral y en consecuencia el alcance de este acuerdo para las empresas del país”, explicó Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco.

Demandado

En suma, para el gremio la entidad debe reversar el acuerdo y hacer los ajustes. Además, ya cursa un proceso en su contra ante el Consejo de Estado.

Si bien cada año se debe actualizar el listado de aprendices, lo cierto es que siempre se habían atendido los criterios establecidos.

No obstante, “esta vez sumó más de 10 mil nuevos oficios, la mayoría de ellos inverosímiles para el propósito del acuerdo, lo que va a generar un impacto nocivo para las empresas, especialmente del sector comercio, de carga, transporte, mensajería, logística, confección y floricultores”, dijo el vocero de los comerciantes. “Esperamos que la demanda que se interpuso ante el Consejo de Estado surta su efecto y el acuerdo pierda su vigencia”, concluyó.

El argumento del Sena

El Sena se defendió mediante comunicado de prensa y explicó que dicho listado “no impactará al sector empresarial de forma negativa, toda vez que, de acuerdo con la normatividad que rige la regulación de cuota del contrato de aprendizaje, estas denominaciones – por ejemplo el ser tinterillo – deben pertenecer a la planta de personal de las empresas para que sean objeto de regulación”.

Para la entidad se trata, en síntesis, de un listado que es consultado por las empresas para contratar aprendices, de acuerdo con las funciones de cada una de estas.

Dijo que está avalada por la OIT y que Colombia ratificó los convenios internacionales de esa organización relacionados con la clasificación de ocupaciones, “como el Convenio 111 sobre la Discriminación en el Empleo y la Ocupación, que busca promover la igualdad de oportunidades en este aspecto y proteger a los trabajadores contra la discriminación”.

Colombia se comprometió a cumplir con estos principios y a adoptar medidas para eliminar la discriminación en el empleo y la ocupación.  “Con base en lo anterior, el Sena, en cumplimiento de lo establecido en la ley, adaptó la Clasificación Única de Ocupaciones para Colombia (CUOC) como referente para la identificación y uso de ocupaciones del mercado laboral colombiano, a partir de la adaptación realizada por el Dane”.

Por último, recalcó que no se trata exclusivamente “de cursos de formación que hagan parte de la oferta de programas del Sena”.