Los dineros destinados para cancelar los dictámenes, claves para calificar el grado de invalidez de centenares de víctimas, se desviaron sin haber expedido un solo concepto. En tres años, 467 expedientes laborales permanecen en el congelador. Parte de los recursos terminaron en festejos.
RICARDO AREIZA
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Además de la extrema morosidad para tramitar los dictámenes periciales, claves para definir demandas o reclamaciones laborales, la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Huila, se gastó los dineros sin expedir un solo certificado y desvió otros recursos para festejos y comilonas.
El organismo, encargado de calificar el grado de pérdida de la capacidad laboral, calificar el grado de invalidez y el origen de estas contingencias, está hoy en el ojo de un nuevo escándalo, por inoperante y desviación de fondos públicos de seguridad social.
Increíble pero real. La junta regional hasta el 25 de febrero de 2020 tenía en el congelador 467 expedientes, radicados en los últimos tres años. Los expedientes presentados desde el 3 de enero de 2018, dormían en los anaqueles de la ineficiencia sin que se hubiese movido un solo papel.
A pesar de haberle cancelado anticipadamente el valor de la gestión, la junta regional no ha emitido los dictámenes que le corresponden, para determinar la pérdida de capacidad laboral, calificar el grado de invalidez y el origen de estas contingencias de centenares de víctimas que esperan una solución.
El concepto resulta esencial, cuando existen secuelas permanentes que afectan la capacidad laboral de las víctimas.
Sin esta prueba, los operadores judiciales y la contraparte no tendrán elementos suficientes ni objetivos, para poder determinar con precisión, la magnitud del daño y por lo tanto, el valor de su indemnización. Además, pueden desenredar cualquier solicitud de indemnización, judicial o extrajudicial, y agilizar procesos judiciales, igualmente congelados.
El dictamen de pérdida de la capacidad laboral es una prueba fundamental, en todo proceso de responsabilidad civil en el que se pretenda reclamar o cancelar perjuicios derivados de lesiones corporales con secuelas permanentes.
A pesar de la trascendencia y el impacto social para los empleados y trabajadores afectados, la junta, sin justificación, mantuvo en los anaqueles todos los expedientes.
En contraste, la totalidad de los recursos percibidos de manera anticipada para obtener estos conceptos, fueron ejecutados en su totalidad. Y peor aún: parte de esos recursos, pertenecientes al sistema de seguridad social, fueron gastados en francachelas, licor, mariachis, tríos y comilonas.
Las denuncias fueron hechas por la directora Territorial Clara Inés Borrero Tamayo y José Walter Cruz Cruz, contador de la Junta Regional de Calificación de invalidez del Huila respectivamente, por presuntas irregularidades encontradas en la supervisión, inspección y control operativo y de gestión financiera del organismo.
“En la Junta de Calificación de Invalidez del Huila a febrero 25 de 2020 existen 467 expedientes por $360.308.808 radicados desde el tres (3) de enero de 2018 y no se ha emitido el correspondiente dictamen, sin embargo, los recursos recibidos de manera anticipada ya fueron ejecutados”, precisó el documento.
Morosidad
Por la excesiva morosidad, las denuncias tuvieron eco en los organismos de control. Por lo menos, la Procuraduría Regional inició las indagaciones preliminares del caso. Lo mismo ocurrió con la Contraloría General de la República.
El daño se configura en el hecho de que la Junta ha procedido a ejecutar de manera anticipada, los recursos recibidos por dicho concepto, los cuales ascienden a la suma de 360, 30 millones de pesos, sin haber rendido ningún dictamen.
“Lo anterior por deficiencias de supervisión y control por el Revisor Fiscal y el Ministerio de Trabajo que conlleva a una inefectividad de las actividades y de los recursos, que afecta el cumplimiento de la misión institucional”, concluyó la contralora Provincial de Neiva, Yaneth Rocío Urrea.
“El valor se determinó ‘verificando’ los expedientes que habían sido radicados en los últimos tres años, encontrando que no se había expedido el correspondiente dictamen de invalidez, y sin embargo dichos recursos ya han sido cancelados”, confirmó.
Por lo menos así se demostró en los saldos de los extractos bancarios de la cuenta de ahorros, donde se consignan por anticipado el valor por dicho concepto, “soportados también en los informes y extractos suministrados por la entidad”.
La relación de extractos bancarios correspondiente a los meses de enero a diciembre de los años 2018 y 2019 fueron expedidos por el Banco AV Villas.
Financiación
Las juntas de calificación se financian, principalmente, con el pago de los honorarios provenientes de las Empresas Promotoras de Salud (EPS), de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) de las compañías aseguradoras o de quienes acuden de manera particular para solicitar la calificación.
Según la normatividad vigente, las juntas de calificación de invalidez percibirán los recursos de manera anticipada, pero el pago de los honorarios a sus integrantes solo será cancelado hasta que el respectivo dictamen haya sido emitido y notificado, recursos que deben ser diferenciados y plenamente identificables en la contabilidad. Pero en el Huila, esta normativa no se cumplió.
Sin haber expedido ninguno de los 495 conceptos, por cada uno de los expedientes que reposan en su poder, la junta se gastó los recursos percibidos, algunos en gastos suntuarios, festejos y hasta serenatas con mariachis.
La calificación deberá contener los criterios técnicos-científicos de evaluación y calificación de pérdida de capacidad laboral porcentual por sistemas ante una deficiencia, discapacidad que hayan generado secuelas como consecuencia de una enfermedad o accidente.
Los dictámenes deben expedirse previo estudio del expediente y valoración del paciente. Los psicólogos y terapeutas físicos u ocupacionales deberán estudiar y preparar conceptos sobre discapacidad y minusvalía, previa valoración del paciente y luego podrán recibir sus honorarios.
Las comilonas
Los gastos administrativos de la junta, de acuerdo con la reglamentación, están determinados exclusivamente para su adecuado funcionamiento, como salarios y prestaciones, honorarios, aportes a la seguridad social y parafiscal de sus trabajadores, defensa judicial, arriendos, servicios públicos, aseo y cafetería, adecuación del archivo, libros, fotocopias y papelería, sistemas de información y correspondencia, entre otros.
En ningún caso incluyen gastos personales de sus integrantes, tales como pago del sistema de seguridad social integral, retención en la fuente y demás deducciones, manutención y transporte personal, gastos de representación, gastos financieros, sistemas de comunicación, pregrados, diplomados, posgrados, maestrías, doctorados relacionados o no con el sistema de riesgos laborales, entre otros.
Y menos aún, gastos en convites, celebraciones, anchetas, fino licor y serenatas, como quedó demostrado en las primeras investigaciones.
Gastos suntuarios
Según el reporte, obtenido por LA NACIÓN, en las vigencias 2018 y 2019 la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Huila realizó gastos suntuarios por $24.797.030 en suministro de refrigerios, servicio de restaurante, licores, vinos, almuerzos, anchetas, arreglos florales, serenatas, entre otros de los cuales $12.208.340 en el año 2018 y $12.588.690 en la vigencia 2019.
Entre los gastos no autorizados figuran dos serenatas ofrecidas al director de la junta el 4 de mayo, día de su cumpleaños. Además, aparecen otros registros de pagos por concepto de “Licores, trago Buchanan’s, Aguila, Club”.
La mayoría de los gastos corresponden a refrigerios, servicios de restaurante, arreglos florales, servicios de cafetería, compra de anchetas, tamales, tortas de cumpleaños y hasta pago de tríos musicales.
Según las facturas, el director cobraba hasta los servicios de taxis, pasajes en transporte urbano y hasta un bolígrafo Parker Jotter flighter para su uso personal. En las facturas también aparecen relacionadas las almojábanas, helados y pandeyucas que pagaban por unidades en Picos Pan’.
Toda factura clasificaba, hasta las de menor cuantía. En los registros aparecen varios desprendibles ilegibles por $3.000, $1.400, $15.000, $3.200, $6.400, que también sumaban. Igual una botella de agua, un helado, un pan integral, un jugo hit, un granizado de fruta, consumidos independiente, también engrosaban el listado de golosinas pagadas con recursos de la seguridad social.
Por falta de control y seguimiento a los gastos por parte del revisor fiscal, se inició una investigación por falta de austeridad del gasto público y un presunto detrimento al patrimonio público por 24,79 millones de pesos”, reveló la funcionaria comisionada para adelantar la investigación.
Adicionalmente, la Contraloría investiga los gastos reportados el año pasado para determinar si la cifra es superior al monto inicialmente determinado.
Pero además, investiga otros pagos, realizados a particulares, o facturas firmadas por personas ajenas a la entidad y el destino de los remanentes que resulten una vez se hayan cancelado los honorarios y gastos de funcionamiento.
Los remanentes de los gastos de administración, según la reglamentación, se deben invertir con criterios de seguridad, liquidez y rentabilidad en entidades financieras autorizadas por la Superintendencia Financiera, que cuenten con calificación por una sociedad calificadora de riesgos autorizada en el país.
La utilización de remanentes solo se realizará siempre y cuando se hayan garantizado los recursos necesarios para una adecuada prestación del servicio y el manejo administrativo de la junta.
Imputación
La Junta Regional de Calificación de Invalidez del Huila, efectúo pagos por servicios de restaurante, transporte, arreglos florales, licores, serenatas y otros que se consideran suntuarios durante las vigencias 2018 y 2019 por valor de 24,79 millones de pesos ($24.797.030)
“No se entiende como los gastos continuos y suntuosos en restaurantes y otros menos continuos pero suntuosos como serenatas, licores, transportes, realizados por la Junta Regional de Calificación de Invalidez durante las vigencias 2018 y 2019, contribuyen a la mejora continua del servicio que presta”, anotó el investigador de la Contraloría.
“Por el contrario, estos recursos dejaron de invertirse en otras actividades para fortalecer y mejorar el servicio público que brinda a la comunidad”.
“Estos gastos suntuosos no se corresponden con los fines de economía, eficiencia y eficacia que debe caracterizar el servicio público de la seguridad social y pueden ser causa de desperdicio, derroche y presunto detrimento de recursos públicos”, explicó.
A responder
Por estos hechos deberán responder en forma preliminar, el director administrativo y financiero Gustavo Rojas Yáñez, como probable autor y Pablo Bocanegra, en calidad de revisor fiscal de la junta periodo en que ocurrieron los hechos, por omisión.
El primero no ha respondido ninguno de los requerimientos. Sólo obra copia de la cédula de ciudadanía y el acta de posesión suscrita el 8 de noviembre de 2011 como miembro suplente de la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Huila.
Por estos mismos hechos, la Procuraduría Regional inició una indagación preliminar. Ante el silencio del implicado, el procurador Arlid Mauricio Devia tuvo que notificarlo por edicto.
Sancionado
Rojas Yáñez fue designado mediante Resolución No. 4726 del 12 de octubre de 2011 proferida por la viceministra de Salud Beatriz Londoño Soto. Sin embargo ese documento no obra en el expediente, tampoco su hoja de vida. Solo aparece una dirección en Bogotá.
Rojas Yáñez había sido sancionado el 30 de agosto de 2018 (Resolución 410 de 2018) por el director territorial del Ministerio del Trabajo, Carlos Ernesto Jiménez. Le impuso una multa equivalente a diez salarios mínimos mensuales (7, 37 millones de pesos, aproximadamente) por una demora injustificada en el trámite de una calificación.
La contraloría ordenó la apertura de un proceso de responsabilidad fiscal. El Auto 506 está firmado por la contralora provincial de Neiva, Yaneth Rocío Urrea.
Rojas Yáñez también deberá responder por los gastos en francachelas. Pero además, por la morosidad en el trámite de los expedientes laborales y por la anticipada ejecución de los dineros recaudados.
En este segundo caso, se investiga un detrimento que se causa al patrimonio público, por actos u omisiones en ejercicio de una gestión fiscal ineficiente o ineficaz, que vulnera los principios rectores de la función administrativa, pero también por despilfarro de fondos destinados para la seguridad social.