Los doce años de sanción disciplinaria con destitución del cargo e inhabilidad general, contra el ex director de las Tics de la Alcaldía de Neiva, Oscar Hernando Motta Valencia, por presentar documentación falsa, quedaron en firme.
Así lo dio a conocer el procurador Regional del Huila, Diego Alexis Tello Esquivel, al confirmar el fallo de primera instancia emitido por la Personería de Neiva el pasado 10 de septiembre de 2021.
La decisión del procurador Tello Esquivel, se da luego de resolver el recurso de queja instaurado por César Augusto Murcia Suárez, abogado de confianza de Motta Vargas, al señalar que la Personería de Neiva le negó a su defendido el recurso de apelación del fallo.
Documentos falsos
El entonces funcionario de la Alcaldía de Neiva, Motta Vargas, que se posesionó sin los debidos requisitos, con títulos que no eran legales. El descaro y burla del hombre a la administración pública para tomar posesión del cargo fue tal que presentó un diploma de la Universidad católica de Colombia falso.
La investigación disciplinaria comenzó con la denuncia instaurada por la secretaria General de la Alcaldía de Neiva, Liliana Trujillo Uribe y la líder de Talento Humano, Rosa Fernanda Chacón Antía, contra Motta Vargas por presuntamente haber aportado documentos falsos en su hoja de vida.
Las pesquisas fueron adelantadas por la Oficina para la Vigilancia Administrativa y la Gestión Pública de la Personería, contra Motta Valencia, quien se desempeñaba como director de las Tics de la Alcaldía de Neiva, cuando tomó posesión del cargo el 23 de mayo de 2017.
Las denunciantes manifestaron que el entonces funcionario para tomar posesión del cargo presentó la hoja de vida junto a los documentos de formación académica, tarjeta profesional y certificados de experiencia que exigía el Manual de Competencias Laborales del Municipio de Neiva. “Bajo gravedad de juramento manifestó no encontrarse inmerso en inhabilidades e incompatibilidades, además de certificar la autenticidad y validez de todos los datos”, señaló la Personería.
Las funcionarias aportaron a la denuncia un oficio del Consejo Nacional de Ingeniería ‘Copnia’, del 15 de noviembre de 2019, dirigido al Alcalde de la época, señalando que tras revisarse el registro profesional de la copia de la tarjeta profesional como ingeniero de sistemas de Oscar Motta Valencia enviado a la dependía, “no encontró registro alguna que coincida con la identificación de Motta y el número de matrícula profesional con el que él se identifica no pertenece a los emitidos por el Consejo…”.
Señaló el documento de ‘Copnia’ que Motta Vargas presuntamente se incurrió en “una falsedad de documento público por parte del funcionario anteriormente mencionado”.
Las Secretaria General y la líder de Talento Humano, aportaron el 30 de diciembre de 2019, una nueva prueba de las presuntas irregularidades de Motta Vargas para asumir el cargo de Director de las Tiscs de la Alcaldía de Neiva, y fue un oficio de la Universidad Católica de Colombia.
El oficio suscrito por Sergio Alberto Martínez Londoño, secretario General de la Universidad, señalaba que Motta Valencia “no figura en la base de datos del Sistema Académico para el programa de Ingeniería de Sistemas”.
No apeló el fallo
En la audiencia de alegatos finales, el 10 de septiembre de 2021, la Personería dio a conocer el fallo y la sanción disciplinaria de 12 años de inhabilidad, sin que la abogada de oficio del entonces funcionario, Natalia Jiménez González, practicante y adscrita al Consultorio Jurídico de la Universidad Surcolombiana, lo apelara luego que se diera la palabra a las partes para que instauraran los recursos quedando ejecutoriado.
Cinco días después la abogada de oficio presentó la apelación del fallo manifestó que su defendido Motta Vargas fue diligente y “admitió su error antes de dicha formulación de cargos”.
Agregó además que él admitió que está realizando la carrera de Ingeniería con el fin de superar propósitos personales y “con el fin de remediar su falta…”.
Sin embargo la Personería negó la apelación al considerar que se había presentado extemporáneamente. Además en la audiencia de alegatos finales y de fallo, quedaron notificados de la decisión los intervinientes, quienes manifestaron “no presentar recurso contra la misma, quedando ejecutoriada la sanción…”.
Ante la negativa del Ministerio Público, el abogado de confianza de Motta Vargas, César Augusto Murcia Suárez, instauró el recurso de queja ante la Procuraduría Regional del Huila, contra la personería de Neiva.
El procurador Regional del Huila, Tello Esquivel, manifestó que luego de examinar las pruebas, la notificación del fallo de primera instancia se “surtió ajustado a principio de legalidad y quedó debidamente ejecutoriado, porque los sujetos procesales no interpusieron el recurso de apelación que contra el mismo procedía”.
Agregó además que tuvieron la oportunidad y garantías procesales suficientes para hacerlo en la misma sesión de audiencia, porque el proceso se tramitaba verbalmente, “por tanto, para que el recurso de apelación no fuera extemporáneo, debió ser presentado y sustentado oralmente en la misma audiencia que se surtió el 10 de septiembre de 2021 y no por escrito como lo hiciera la defensora de oficio, el día 15 de septiembre de 2021, vencidos los términos…no se trataba de un procedimiento ordinario, sino verbal”.