Exalcaldes, siguen escondiéndose de la justicia

Cerca de dos años huyendo para no pagar en la cárcel las condenas en su contra llevan los exalcaldes de Neiva, Héctor Aníbal Ramírez, y Palermo, Helber Yesid Pinzón. El exmandatario de la capital huilense fue sentenciado por irregularidades en la contratación de obras en el parque Isla; mientras que el excalde palermuno tiene en contra dos condenas, una por el llamado caso Tigsa y la otra por anomalías en la venta dos lotes. El Tribunal Superior de Neiva aún no decide sobre las apelaciones a las condenas.

Rafael Rodríguez C.

rafael@lanacion.com.co

Los exalcaldes de Neiva, Héctor Aníbal Ramírez Escobar, y de Palermo, Helber Yesid Pinzón Saavedra, siguen burlándose de la justicia, se esconden para que no sean hechas efectivas las órdenes de captura en su contra y así no pagar las condenas que tienen sobre sus espaldas.

Y es que ya han pasado 19 meses desde que jueces de conocimiento en la capital huilense los hallaron culpables en primera instancia de los delitos que fueron acusados por la Fiscalía. Las sentencias condenatorias fueron proferidas en los meses de agosto y septiembre de 2022. Pinzón Saavedra, además, acumuló un segundo fallo de culpabilidad que se emitió en noviembre de 2023.

Los dos exfuncionarios a través de sus abogados de confianza que los defendieron durante los juicios orales, apelaron las sentencias y en la actualidad se encuentran en los despachos de los magistrados de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Neiva. “Están para decisión”, dijo un funcionario de la Secretaría del alto Tribunal.

Fuentes judiciales, cercanas a los procesos, manifestaron que los exfuncionarios públicos estarían escondiéndose de los efectivos de policía judicial tanto de la Sijín como el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) que tienen en sus manos las órdenes de captura para hacerlas efectivas.

Agregó que Pinzón Saavedra se encuentra prófugo una vez conoció la pena de 24 años de prisión por los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros y contrato sin cumplimiento de requisitos legales. “Él se encontraba en el congreso de diputados del país en la ciudad de Cartagena cuando se hizo la lectura del fallo en agosto de 2022”.

Mientras que Ramírez Escobar se encuentra evadiendo la orden de captura una vez la juez anunció que la sentencia en su contra sería condenatoria. El exmandatario, al parecer, se encontraba en su oficina en la ciudad de Neiva, el 27 de septiembre de 2022.

La condena contra Ramírez Escobar

El exalcalde Ramírez Escobar, para el período 2008-2011, salió huyendo de su vivienda, cuando escuchó en la audiencia virtual que la Jueza Primera Penal del Circuito de Neiva con Funciones de Conocimiento, ordenó su captura, sin embargo no se ha hecho efectiva.

El 22 de noviembre de 2023 se adelantó la diligencia de lectura del fallo, la operadora judicial condenó al exmandatario a la pena de 10 años de prisión, además de una multa de 154 millones de pesos y una inhabilitación para el ejercicio de derechos    y    funciones    públicas    por     el     término     de 131 meses., al hallarlo responsable del delito de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales.

La Fiscalía acusó a Ramírez Escobar por la irregular contratación de los senderos peatonales y  la plaza ceremonial en el parque Isla al costado izquierdo del malecón del río Magdalena.

La administración municipal, argumentando falta de recursos, delegó en Empresas Públicas la ejecución del proyecto, en una clara estrategia, según la juez, para direccionar la contratación.

A su vez, EPN tercerizó la contratación, lo que a juicio de la Fiscalía, pudo tipificar la conducta de celebración de contratos sin requisitos legales.

Ante la imposibilidad de la financiación total, el alcalde decidió iniciar la primera fase. La iniciativa contemplaba además, un malecón palafítico, muelles flotantes, senderos internos y un pasaje peatonal perimetral, en una extensión de 140 hectáreas.

“El estudio de conveniencia fue incompleto y amañado para direccionar la adjudicación del contrato con Empresas Públicas de Neiva”, advirtió la juez.

Agregó que  EPN no tenía la capacidad técnica, ni experiencia específica en intervenciones paisajísticas, construcción y reparación de vías (senderos) o en trabajos de construcción o adecuación de edificaciones como las contempladas en el proyecto original.

“La Alcaldía de Neiva tenía un reglamento de contratación que no se acató, que no se realizó la licitación pública, pese a que Héctor Aníbal Ramírez, sabía y conocía que por el monto de la contratación debía suscribirse”, insistió la Juez Primera Penal del Circuito.

Señaló que ya existía un trámite adelantado en cuanto a su presupuesto, su asignación, su Certificado de Disponibilidad Presupuestal, además de diseños que fueron autorizados mediante una contratación.

“El acusado Héctor Aníbal Ramírez para la suscripción de esos contratos debió cumplir con unos mínimos requisitos que no están en la contratación dispuesta en este convenio interadministrativo”, aseguró la funcionaria judicial.

“Igualmente- agregó- se le reprocha a Juan Carlos Herrera Ramírez, quien en su calidad de representante de Empresas Públicas de Neiva suscribió, celebró, firmó este convenio pese a que sabía que la entidad no había realizado ni tenía experiencia en este tema específico de arquitectura y paisajismo”.

La operadora judicial señaló que el contrato sin el cumplimiento de requisitos legales se perfeccionó al haberse faltado a los principios de transparencia, responsabilidad, imparcialidad y eficiencia al no observarse las citadas disposiciones en el momento de ejecutar los recursos públicos. “Los estudios previos y de conveniencia fueron sesgados y la contratación amañada”, insistió la togada.

“Si bien es cierto Empresas Públicas es una entidad descentralizada, celebró con la Alcaldía de Neiva el contrato interadministrativo 675 de 2010 conociendo las limitaciones”, acotó.

“Además, no atendió que este estudio de conveniencia donde se fundamentaba la contratación ya tenía unos diseños, un presupuesto y lo que finalmente se pactó fue una construcción del Parque Isla de Aventura que finalmente no fue realizado por Empresas Públicas de Neiva”, sostuvo.

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Helber Yesid Pinzón, exmandatario palermuno tiene en contra dos condenas, una por el llamado caso Tigsa y la otra por anomalías en la venta dos lotes.

‘Chepe’ condenado a 24 años de cárcel

La misma juez que condenó al exalcalde de Neiva, Ramírez, un mes después profirió la condena de 24 años de prisión contra el exmandatario de Palermo, Helber Yesid Pinzón, conocido por sus amigos y allegados como ‘Chepe’.

El exfuncionario y quien fungió como diputado antes de la condena, fue hallado responsable de los delitos de peculado por apropiación en beneficio de terceros y celebración indebida de contratos, por el llamado caso Tigsa, que tiene que ver con las irregularidades en el manejo de recursos de regalías.

Pinzón Saavedra fue encontrado responsable de invertir indebidamente 2.000 millones de pesos correspondientes a excedentes de regalías en la firma Tigsa, sin ningún respaldo y en condiciones que no garantizaban liquidez, seguridad y rentabilidad.

La inversión fue hecha a través de Raúl Toro Pérez, quien gestionó personalmente el supuesto contrato, sin estar legalmente autorizado para realizar ese tipo operaciones como corredor de bolsa.

Las ‘inversiones’ se realizaron amparadas en un contrato de encargo fiduciario, suscrito entre Tigsa y la fiduciaria Fiducor, donde el primero aparecía como constituyente y único beneficiario.

El contrato de encargo fiduciario, distinguido con el número 732-0921, el mismo que se utilizó para captar recursos de la Alcaldía de Neiva, fue firmado el 5 de julio de 2007 para el manejo de recursos de flujo de caja de propiedad de Tigsa.

“Los dineros estuvieron diez meses, primero se hizo una por cinco meses y luego se amplió a otros cinco”, confesó en su época el ex mandatario conservador.

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Giros irregulares

Los recursos, según el ex mandatario, fueron girados en dos cheques de gerencia (J4214129 y J4214793 de Bancafé) directamente a la fiduciaria Fiducor. Los giros se realizaron en el 2009, cada uno de 1.000 millones, los cuales eran reinvertidos con los rendimientos, según las instrucciones impartidas por Toro Pérez, el único constituyente y por lo tanto, el único beneficiario.

Pinzón Saavedra formuló una denuncia penal contra los representantes de Tigsa el 6 de mayo de 2010 por falsedad en documento público. Sin embargo, ni la devolución del dinero, ni las denuncias penales le sirvieron. Pinzón fue procesado por celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y peculado en favor de terceros. Por estas dos conductas la Juez Primera Penal del Circuito anunció sentencia condenatoria.

Pinzón Saavedra, quien confirmó su credencial en la Asamblea del Huila quedó con orden de captura.

Segunda condena contra ‘Chepe’

Pinzón Saavedra ocho meses después de la primera condena conoció una nueva sentencia en su contra también proferida por la Jueza Primera Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento.

El exmandatario, quien fungía como diputado, fue hallado culpable de adelantar un trámite amañando para enajenar dos lotes y favorecer a un privado, faltando 15 días para terminar su periodo en el 2011.

La maniobra del entonces mandatario fue probada con testimonios y documentos, que llevaron a la togada a sentenciarlo a 17 años y 2 meses de prisión. “Helber Yesid Pinzón Saavedra, fue quien interesado en el negocio de la venta de los inmuebles, motivo al Concejo Municipal de Palermo ad portas de finalizar su periodo como alcalde, para la enajenación de unos lotes justificando su poco uso o inutilidad pero con intenciones non sancta en un proceso de contratación pública de selección abreviada amañando…con fines de favorecer finalmente la adquisición a favor de la Sociedad Villegas”, dijo la operadora judicial.

Pinzón Saavedra, ingeniero electrónico, fue acusado por la venta irregular de dos lotes ubicados en el predio La Fuente en la inspección o zona industrial de Amborco, en diciembre de 2011. “La presunta comisión de los delitos se configuran por la adjudicación de los lotes de terreno por un menor precio al valor comercial y por un área menor a la real…”, dijo en la acusación El Fiscal 25 adscrito a la Unidad Nacional Contra la Corrupción en la ciudad de Bogotá.

Señaló que el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales se  configuró en la medida que como alcalde, Pinzón Saavedra, tramitó un contrato de compraventa sin el acatamiento de los requisitos legales esenciales. “No tuvo en cuenta los principios de planeación, publicidad y transparencia en la contratación exigidos para el correcto funcionamiento  de la administración pública”.

Agregó que el mandatario, para el periodo 2008-2011, obtuvo autorización del Concejo de Palermo para celebrar el contrato de compraventa de los bienes inmuebles de propiedad del Municipio ubicados en la zona industrial del corredor suburbano.

El alcalde Pinzón Saavedra en la petición de la autorización señaló que el interés de vender los lotes era para continuar el desarrollo industrial del sector a raíz de “la existencia de una propuesta de adquisición de los dos lotes de terreno de propiedad del Municipio, para generar industria y proyectos complementarios a la misma”.

La venta de los dos lotes en una zona estratégica para el municipio fue calificada por el ente acusador como sospechosa al realizarse en menos de dos semanas para culminar su periodo como alcalde. “El panorama y la intención de la venta se torna difuso”.

Señaló el fiscal que la elaboración de los estudios, diseños, proyectos requeridos y los pliegos de condiciones están ausentes en el proceso liderado por el entonces mandatario lo que conlleva al incumplimiento de los requisitos necesarios en el contrato. “No cabe duda que en el escenario del trámite (previo) del contrato, no se estructuró de forma adecuada puesto que la necesidad de la administración en vender no encuentra respaldo jurídico, técnico, financiero, de oportunidad, ni mucho menos de conveniencia”.

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Menor precio

Recordó el ente acusador que los lotes fueron adquiridos por el municipio de Palermo por 671.250.000 millones de pesos el 18 de abril de 1997, por el entonces alcalde José Reynel Cerquera Perdomo con aprobación del Concejo. “El alcalde de la época compró los predios  necesarios para la creación del Parque Industrial Palermo futura zona franca. Igualmente para realizar las ventas una vez adquiridos los predios delimitando sus puntos geográficos”.

Los predios, el Municipio los compró con un crédito con el entonces Banco Cafetero  por un plazo de cinco años y con un interés de plazo DTF + 5 puntos de T.A. y que tenía como garantía de pago la pignoración a favor del banco, de las rentas provenientes de las regalías de la explotación de hidrocarburos que le debía cancelar Ecopetrol al Municipio.

Sostuvo el fiscal que la venta de los lotes por parte de Pinzón Saavedra obedeció a un interés de un particular en adquirirlos y no a una selección de contratista por parte de la administración municipal. “No se evidencia que la venta de los lotes sea fruto de una selección de contratistas, o de una tarea programada y preconcebida. Todo lo contrario, fue la manifestación de un contratista para luego convocar al Concejo a la aprobación de un proceso de contratación que entre otras es apresurado pues se llevó a cabo en 12 días”.

Para la Fiscalía hubo un “actuar desbordado” del exalcalde a fin de favorecer a un tercero para la adquisición de los dos lotes por 551.416.400 millones de pesos, el 26 de diciembre de 2011. “La extensión del área adquirida fue de 11 hectáreas, sin embargo el área real del terreno corresponde a 17 hectáreas, fue incluso corregida la extensión por parte del nuevo adquiriente”.

Las pruebas permitieron establecer que el entonces alcalde Pinzón Saavedra, vulneró el principio de planeación, requisito esencial que rige la contratación pública. “En un claro actuar negligente y espontaneo, desatendiendo los deberes que impone su investidura como servidor público…”, manifestó la juez de conocimiento.

Precisó que el acusado se apartó de sus deberes “voluntariamente”, procediendo a tramitar la Selección Abreviada No. 008 de 2011, sin asegurarse que los documentos aportados para la elaboración de los estudios previos, habían sido obtenidos sin el cumplimiento de los requisitos legales y con el fin de perfeccionar el peculado por apropiación a favor de terceros. “Pasando por alto los principios de planeación, transparencia y moralidad”.

La juez señaló que Helber Yesid Pinzón Saavedra es coautor responsable de los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros agravado e interés indebido en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

La operadora judicial lo condenó a 17 años y 2 meses de prisión, además de una multa de  e $4.640.220.664 más 80 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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