Confirmado. La Contraloría General de la República llamó a responder a dos ex alcaldes por la pérdida de 851 millones de pesos destinados asignados para la fallida ampliación de la sede educativa del colegio San José. También la fundación contratista, ‘importada’ de Santander.
RICARDO AREIZA
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La cuestionada Fundación Edificar de Colombia (Funecol) tendrá que responder pecuniariamente por la fallida ampliación del colegio San José en Oporapa (Huila). También responderán en forma solidaria los ex alcaldes Yamit Sterling Sánchez y Jaime Calderón Losada y el interventor Alex Alberto Calvache Mena.
La decisión fue confirmada en grado de consulta por la Contraloría Delegada Intersectorial No. 08 (Auto No. URF2- 0252 de 2022).
El organismo, adscrito a la Unidad Nacional de Responsabilidad Fiscal, falló a título de culpa grave y en forma solidaria en cuantía 851,04 millones de pesos, determinados por la Gerencia Colegiada del Huila, durante la instrucción del proceso fiscal.
Las anomalías en serie fueron detectadas en los estudios previos, en el diseño, en la adjudicación y ejecución, abortando en seco la ampliación del colegio para beneficiar a unos 600 estudiantes urbanos y rurales y la pérdida de los recursos provenientes de regalías petroleras.
En los estudios aparecieron obras que no fueron previstas, contempló una menor cantidad de obras, no tenía estudio de suelos y los planos y diseños presentaban serias inconsistencias que impidieron su ejecución.
Estas deficiencias estructurales originaron considerables retrasos en la ejecución de las actividades programadas y finalmente provocó la suspensión y la parálisis total de las obras.
Según el cronograma la ampliación de la sede educativa debía entregarse en funcionamiento a más tardar en junio de 2012. Sin embargo, diez años después, la obra quedó como otro monumento al despilfarro de dineros públicos.
El proyecto
La ampliación contemplaba la construcción de 14 aulas, dos baterías de baño, un aula polivalente, un restaurante escolar, cocina, vestier y cafetería en un área a construir de 3.264 metros cuadrados. La obra quedó ejecutada en un 28.65%. Las pocas obras construidas fueron adecuadas como bodegas de inservibles y en una especie de “cementerio” de mobiliario escolar dado de baja.
El proyecto fue gestionado por el ex alcalde Jaime Calderón Losada al final de su mandato. El proyecto costaba 2.188 millones de pesos, de los cuales 2.100 millones fueron aportados por el Fondo Nacional de Regalías (ya desaparecido) y 50 millones los aportaba como contrapartida la Alcaldía de Oporapa. El FNR giró los primeros 630,20 millones de pesos, correspondiente al 30% del valor del anticipo.
Sin embargo, las grandes falencias técnicas y financieras del diseño, impidieron su ejecución.
En obra negra
La ampliación del colegio quedó en obra negra con un avance del 28% La construcción fue suspendida desde el 30 de agosto de 2014. Hoy está al solo y al agua, convertida en una bodega de inservibles.
“Actualmente la obra presenta deterioro y abandono total. Lo construido no es funcional y debe ser demolida”, anotó.
Solo quedaron como testigos mudos del desmangurre dos módulos, uno de ellos, a nivel de cimentación y elevación de columnas, totalmente enmontado, a la intemperie sin ningún avance de obra distinto a la cimentación. El otro módulo está compuesto por dos niveles, en el primero con cuatro aulas casi terminadas, convertidas en bodegas con inservibles. El segundo nivel no tiene divisiones de mampostería, ni tiene cubierta, anegado, lo que ha ocasionado daños en lo construido por la humedad.
Convenio leonino
El contrato fue entregado a una fundación foránea por el alcalde Jaime Calderón Losada faltando dos semanas para terminar el gobierno.
El convenio de asociación fue adjudicado a dedo a través de una convocatoria pública exprés que se inició el 22 de diciembre y terminó con la adjudicación el 28 de diciembre de 2011, tres días antes de concluir su mandato.
El Fondo Nacional de Regalías (ya liquidado) lo aprobó el 14 de diciembre de 2011 y el 16 de diciembre ya estaban elaborados los estudios de conveniencia, hechos a la carrera, con graves falencias que repercutieron en su fallida ejecución.
Los pliegos de condiciones se conocieron el 22 de diciembre de 2011. La invitación pública se abrió en la misma fecha estableciendo para la presentación de propuestas concluyendo como era lo esperado, con un solo proponente. La propuesta fue presentada a las 11:30 a.m. y a las 5:10 p.m. ya había sido aprobada por el comité evaluador.
El convenio de asociación No. 014 fue firmado con la Fundación Edificar de Colombia (Funecol) de Bucaramanga (Santander) el 28 de diciembre de 2011 (Día de los Inocentes) por valor de 2.028 millones. El plazo fue de seis meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio. Calderón Losada explicó que nunca firmó el acta de inició y que su labor fue la consecución de los recursos y la adjudicación del contrato.
La entidad foránea, con sede en Floridablanca (Santander) recibió el anticipo sabiendo de antemano que había cláusulas pactadas que no podía cumplir. Tampoco cumplió con los compromisos adicionales de dotación que anunció a cambio del contrato. El daño patrimonial, debidamente indexado (actualizado) asciende a 851, 04 millones que corresponde al monto total del anticipo más los intereses.
Responsables
Por esta suma deberán responder solidariamente la Fundación Edificar de Colombia (Funecol) representada legalmente por Javier Alberto Sánchez Díaz; los ex alcaldes de Oporapa Jaime Calderón Losada, (2008-2011) y Yamit Sterling Sánchez (2012-2015).
También responderá Alex Alberto Calvache Mena, quien actuó como primer interventor de la obra.
En cambio falló sin responsabilidad fiscal en favor del interventor Cesar Mauricio Figueroa Parra cuya gestión no fue irregular, según la Contraloría, ni le es imputable el daño patrimonial investigado, ya que ni participó en la fase precontractual reprochada; ni permitió la ejecución de obras no aprobadas ni autorizadas por la administración municipal como si lo hizo su antecesor.
Detrimento
Los contratistas recibieron equivalente al 30% del anticipo (630,20 millones de pesos) cuando la obra está inconclusa, no está cumpliendo con el fin social para el cual fue contratada y planteada, siendo un riesgo para la prestación del servicio de educación pública, es decir, no es funcional frente al fin social que pretendían satisfacer.
Esos recursos de regalías petrolíferas debían ser reintegrados por la Alcaldía al extinto Fondo Nacional de Regalías, con sus respectivos rendimientos financieros, en razón a que la liquidadora de dicho fondo
El daño patrimonial investigado corresponde a la pérdida de unos recursos de regalías petrolíferas en cuantía de 630.202.136, los cuales fueron girados, reconocidos y pagados, por concepto del anticipo a los contratistas.
“Estos recursos públicos no cumplen, con el propósito para el cual fueron girados desde el Fondo Nacional de Regalías y pagados como anticipo, ya que, casi diez años después de suscritos referidos negocios jurídicos, cuyo plazo de ejecución era de seis meses, los mismos no satisfacen las necesidades que pretendía solucionar la administración pública con su inversión, que para este caso era mejorar la infraestructura del Colegio San José”, explicó Libia Ruíz Orejuela, contralora Delegada Intersectorial No. 8.
La funcionaria dejó en firme el fallo emitido por la Gerencia Departamental Colegiada del Huila.
Graves omisiones
En su criterio, se encuentra suficientemente acreditado en el proceso, que dichos recursos, fueron invertidos en unas obras inconclusas que no cumplen ninguno de esos propósitos estatales, ya que no benefician a los estudiantes de la zona, a quienes se les pretendía garantizar el inicio de la jornada académica en el año 2012.
“Por lo tanto, los daños son imputables jurídicamente a los declarados fiscalmente como responsables en razón a que su conducta activa u omisiva en diferentes etapas del proceso contractual, se concretó en la pérdida de la totalidad de los recurso girados, es decir, en la producción de un daño cierto al patrimonio público”, concluyó la contralora delegada.
En su opinión, no solo era obligación de Yamit Sterling Sánchez, como alcalde para el periodo 2012-2015, el ajustarse a los diseños con deficiencias e irregularidades, como afirma, sino que, estaba facultado legalmente, por ser el ejecutor del proyecto de regalías aprobado por el DNP, para realizar la gestión frente a la realización de los ajustes en el proyecto.
Su conducta como ejecutor del convenio 014 de 2011, junto con las demás irregularidades acreditadas en otras fases del proceso, endilgadas a otros responsables fiscales, llevaron a que finalmente los recursos se perdieran.
Primeras fallas
En el caso del ex alcalde Jaime Calderón Losada su responsabilidad se determinó por las omisiones presentadas en la fase precontractual y en especial de falencias de diseños y cantidades de obra, y premura en el proceso de adjudicación que finalmente se concretaron en la producción del daño por unas obras inconclusas. “Es decir, como ejecutor del proyecto, ordenador del gasto, director de la acción administrativa del municipio era a quien le correspondía la adecuada gestión frente a la planeación de la correcta inversión de los precitados recursos de regalías y no lo hizo”.
“Está acreditado en el proceso que la causa inicial del menoscabo de los recursos de regalías tuvo su génesis en la elaboración de los referidos estudios previos con falencias constructivas en cantidades y diseños, tanto así, que si no se hubieran presentado tales irregularidades en fase de planeación del proyecto, hoy no se estaría hablando de un daño al patrimonio público, por pérdida de unos recursos de regalías petrolíferas invertidos en unas obras abandonadas y que no cumplen con el propósito para el cual fueron contratadas”, precisó la contralora delegada.
El contratista
La funcionaria también confirmó la responsabilidad fiscal a Funecol, la fundación de Santander, encargada de la construcción de la obra, “al ejecutar el anticipo pagado en unas obras no aprobadas, que finalmente llevó a que estos recursos públicos pagados, no cumplieran con el propósito para el cual fueron destinados, y no representen ninguna contraprestación para la administración pública y los fines estatales”. La fundación contratista no cumplió con las obligaciones del contrato, no le dio un buen manejo al anticipo, lo cual redundó en perjuicio de los intereses patrimoniales públicos. Por lo tanto, estimó que la compañía de seguros Liberty que amparó a la fundación contratista está obligada a responder como tercero civilmente responsable.