El concejal de Neiva Félix Felipe Trujillo Uribe perdió su curul en primera instancia, según sentencia emitida por el Tribual Administrativo del Huila. Su elección fue anulada por haber incurrido en violación al régimen de inhabilidades al celebrar un contrato con la Esap.
De acuerdo con el Tribunal Administrativo del Huila, el concejal Félix Felipe Trujillo Uribe (2024 – 2027) sí estaba inhabilitado para aspirar al Concejo Municipal de Neiva y, en consecuencia, al haber logrado una curul por el partido Centro Democrático, debe declararse nula su elección.
La Sala pudo comprobar que el concejal sí celebró un contrato con la Esap, que es una entidad pública, para alquiler de un inmueble en Neiva 12 meses antes de las elecciones regionales. Lo hizo como representante legal de la empresa inmobiliaria Félix Trujillo Falla SAS identificada con Nit. 891100304-6.
El conejal violó el numeral 3 del artículo 40 de la Ley 617 de 2000 la cual versa: “Artículo 43.- Inhabilidades. No podrá ser inscrito como candidato ni elegido concejal municipal o distrital: (…) 3. Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o distrital o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito. Así mismo, quien dentro del año anterior haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito.”
Puntualmente, el contrato con entidad pública que lo tiene con un pie afuera del Concejo corresponde al que suscribió el primero de febrero de 2023 con la Escuela Superior de Administración Pública – Esap, por cerca de $180 millones ($179.873.188), para alquiler de un inmueble.
Otros contratos
En las demandas también se le acusó de haber contratado con dos entidades públicas más: el 14 de septiembre de 2023 con el Fondo Nacional del Ahorro, pero eso no fue tenido en cuenta por la Sala, porque el mismo no fue firmado por el concejal como representante legal; y otro con el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana –Inurbe por $136 millones, pero la Sala no pudo establecer las condiciones en las que fue suscrito, y si encuadra o no en las circunstancias inhabilitantes.
De acuerdo con los demandantes, después de efectuar esos contratos, la empresa cambió su ‘gerente dos’, cargo en el estaba el concejal Trujillo Uribe desde el 13 de abril del 2022. Ocurrió según certificado de Cámara de Comercio el catorce 14 de noviembre de 2023. Y se designó a la señora Liliana Trujillo Uribe, quien hasta ese momento fungía como gerente suplente.
“Lo anterior significa que el demandado conoció de su inhabilidad al haber suscrito dichos contratos y pretendieron mediante la asamblea extraordinaria del 14 de noviembre de 2023, esconder su paso como representante legal”, argumentó el demandante.
Su único sustento
Durante los alegatos, el concejal nunca negó que hubiera sido el representante legal dos, y tampoco que se hubieran celebrado los citados contratos. Sin embargo, en su defensa argumentó que se trató de renovación de contratos que venían de años atrás.
Además, durante la audiencia en el interrogatorio respecto a su actividad profesional antes de ser Concejal de Neiva, indicó que se dedicaba al “negocio familiar el cual representaba”.
Esos negocios familiares le habrían permitido costearse los gastos de campaña.
Curiosamente, según información que suministró el propio concejal al portal Cuentas Claras, la financiación de su campaña ascendió a más de $72 millones ($72.375.000), de los cuales la empresa Professional Consulting Services aportó solo cinco millones de pesos, mientras que los restantes $67 millones ($67.375.000) fueron recursos propios del hoy concejal.
“No existe duda”
Para la Sala, definitivamente el concejal sí estaba inhabilitado para aspirar a la corporación edilicia. “No existe duda” que el demandado “en representación de la persona jurídica de derecho privado Félix Trujillo Falla SAS, suscribió un contrato de arrendamiento con la Escuela Superior de Administración Pública -Esap”.
También está acreditado que era el representante legal de la firma en mención. Y en ese sentido, el contrato lo hizo en interés de un tercero. Y es “incuestionable” que lo hizo “dentro del año anterior a su elección”. Y “no existe duda” que se desarrolló en Neiva.
Así las cosas, “están acreditados los cuatro requisitos indispensables para que se configure la causal de inhabilidad”, razón por la que al haberse elegido “debe declararse nula su elección por configuración de la causal de nulidad electoral establecida en el numeral 5 del artículo 275 de la Ley 1437 de 2011”.
La curul del Trujillo Uribe tuvo varias demandas; las de Ernestina Perdomo Castro y Juan José Rodríguez Avendaño, son las que lo tienen con un pie afuera del Concejo. Ahora se prepara para apelar la decisión; por el momento continuará sesionando a la espera de la segunda instancia.
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Otros concejales con un pie afuera
Además de Félix Felipe Trujillo Uribe, otros dos concejales de Neiva (2024 – 2027) podrían perder su curul. El Tribunal Administrativo del Huila anuló en primera instancia las elecciones de Johan Steed Ortiz Fernández (Centro Democrático) y Cristhian Rubther Bautista Cachaya (Nuevo Liberalismo). Otros cabildantes están a la espera de fallos en primera instancia como Abel Mendoza Vásquez y Juan Yamid Sanabria Triana, por citar solo dos.