Fiscalía ‘prendió’ las turbinas

Fernando Iregui responderá ante la Fiscalía por supuestas irregularidades en El Quimbo.
El llenado de la represa El Quimbo, sin cumplir con la totalidad de los requerimientos, pero además, desconociendo un fallo judicial, terminó como estaba cantado, en las compuertas de la Fiscalía.

La generación de energía por orden expresa del presidente Juan Manuel Santos y por la totalidad de sus ministros, desacatando una medida cautelar que la prohibía, generó un choque de trenes que esta semana entró a una nueva estación en predios de la justicia penal.

El director de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla), Fernando Iregui Mejía, fue llamado a interrogatorio ante la Fiscalía por las posibles infracciones penales que se hubieran podido tipificar.  

También serán investigados el biólogo Fabio Augusto Botero Garzón; el ingeniero civil, Andrés Alarcón Rozo; el coordinador del sector de energía, Juan Sebastián Arenas y la trabajadora social, Ana Leonor Porras quienes elaboraron el polémico concepto técnico que sirvió de soporte para introducir las modificaciones a la licencia ambiental.
Según la Fiscalía también  deberán responder Claudia Yaneth Matéus, líder jurídica del sector energía y Carmiña del Socorro Imbachí Cerón, profesional jurídica.

Los funcionarios serán investigados en principio por el presunto delito de prevaricato por acción. Las diligencias judiciales se surtirán a partir del próximo jueves.

Los investigados fueron los encargados de realizar un concepto técnico que sirvió de base para modificar la licencia ambiental y permitir el llenado. El concepto quedó consignado en la Resolución 0759 proferida el 26 de junio, semanas antes del inicio del llenado. 
 
¿Más implicados?

Las investigaciones podrían extenderse a otros funcionarios del nivel nacional que estimularon el desacato, aun ante el peligro de contaminación que podría generar.
El 30 de noviembre de 2015 el magistrado Ramiro Aponte Pino compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación, para que inicien las investigaciones de rigor, si lo considera conveniente por  el desacato y eventuales conductas punibles que se puedan derivar.

La solicitud la presentó ante la Coordinación de Fiscalías Delegadas ante los Juzgados Penales del Circuito.

En el mismo auto le solicitó al presidente Juan Manuel Santos que garantice el  cumplimiento de la medida cautelar. De igual manera, le pidió que conmine a la Anla a ejercer un verdadero control sobre el proyecto hidroeléctrico, en procura de que se allane a cumplir las obligaciones ambientales.

“En el auto del 30 de noviembre de 2015 no se formuló  ninguna  denuncia contra persona determinada. Siendo del caso destacar,  que dentro del marco de su autonomía, el ente acusador determinará sí la información contenida en la actuación es de su interés. Amén de que la decisión que se pueda adoptar al culminar el incidente, es totalmente independiente de la que en su momento profiera la jurisdicción penal”, recordó Aponte Pino.
 
Investigación preliminar

La fiscalía acogió la solicitud y ordenó en enero pasado la apertura de la investigación preliminar.

El 16 marzo pasado  Juan Carlos Santamaría y Oscar Javier Reyes, funcionarios de la Dirección de Articulación de Policía Judicial y miembros del grupo de trabajo anticorrupción de la Fiscalía General de la Nación, revisaron los expedientes del proceso, acogiendo la solicitud formulada por el magistrado Aponte Pino.

En su poder quedaron consignadas todas las actuaciones de los servidores públicos que han intervenido en este proceso por la operación del complejo hidroeléctrico.
 
Soportes legales

El Tribunal Administrativo del Huila determinó que la multinacional no podía iniciar el llenado de la represa, ni la generación de energía hasta que retirara la totalidad de los residuos vegetales del vaso del embalse. 

“Permitir la generación de energía sin cumplir las obligaciones contenidas en la licencia ambiental, equivale a privilegiar el interés particular sobre el general, a sentar un nefasto precedente de irrespeto por la judicatura, y a resquebrajar las bases del contrato social”, explicó el magistrado Aponte.

En varias oportunidades  le solicitó al Jefe del Estado, que conminara a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) para que ejerciera el verdadero control  que le corresponde sobre el complejo hidroeléctrico El Quimbo y garantice el cumplimiento de las obligaciones ambientales.  


No todo el material vegetal fue retirado del embalse.

“Hasta la fecha la Anla se ha limitado a fungir en calidad de notario de la información que le suministra Emgesa”, observó el togado.

“Teniendo en cuenta que el auto que prohibió la generación de energía se expidió el 17 de julio de 2015, y que el mismo se encuentra debidamente ejecutoriado; no es de recibo aceptar que la hidroeléctrica haya iniciado operaciones sin satisfacer previamente los requerimientos ambientales, aunado al hecho de que esa desobediencia -al parecer consciente-, es una amenaza potencial para el interés colectivo”, argumentó Aponte.

Por esa razón compulsó copias a la Fiscalía “para que si lo estima procedente, inicie las investigaciones de rigor, a efectos de establecer si dicha conducta se puede circunscribir dentro de los tipos consagrados en el estatuto punitivo”. 
 
Guerra mediática

Las investigaciones podrían extenderse  a otros funcionarios del nivel nacional que estimularon el desacato y facilitaron las operaciones.

Los salientes ministros de Minas y Energía, Tomás González Estrada; de Medio Ambiente, Gabriel Vallejo y el director de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap), Otto Polanco, actuaron como un solo cuerpo para presionar la reactivación de la represa, contrariando una orden judicial.

Igual ocurrió con la dimitente ministra de Presidencia, Lorena Gutiérrez, quien desde ese alto cargo y llamó a los magistrados del Huila para que reversaran la medida cautelar.

Los funcionarios no solo recurrieron a los medios legítimos de defensa judicial, como la tutela, para mantener encendidas las turbinas, argumentando razones de inconveniencia para apagar El Quimbo en época de baja hidrología. El equipo oficial libró, paralelamente una guerra mediática sin precedentes contra los fallos judiciales proferidos por el magistrado Aponte.
 
Guerra jurídica

El diputado Orlando Ibagón Sánchez formuló el año pasado otra denuncia penal por haber desconocido una decisión judicial. La Gobernación del Huila coadyuvó otras acciones judiciales instauradas por ambientalistas. La CAM adoptó medidas preventivas al reiterar que no se han cumplido con la totalidad de los requerimientos ambientales.

El 23 de noviembre de 201, el  gobernador  Carlos Mauricio Iriarte formuló  un incidente de desacato considerando que se desconoció la orden impartida por el magistrado Ramiro Aponte.

A la avalancha de acciones judiciales se sumó el gobernador Carlos Julio González, Asoquimbo, y otras organizaciones sociales. Mañana lunes se realizará una nueva mesa de trabajo para preparar la audiencia pública solicitada al Anla para verificar el estado de las compensaciones.

En las diferentes providencias que con antelación se han proferido, la corporación judicial resaltó que las medidas cautelares han estado orientadas a prevenir una eventual contaminación del río Magdalena; cuyos efectos negativos pueden generar un desastre ambiental aguas abajo de la hidroeléctrica El Quimbo.

Además, señaló que si bien es cierto que por conducto de la Resolución 759 del 26 de junio de 2015 la Anla modificó en 14 oportunidades la licencia ambiental dejó vigentes los compromisos relacionados con el aprovechamiento forestal y otras obligaciones que  no fueron satisfactoriamente atendidas, y merced a ello, el 17 de julio de 2015  fue necesario decretar la medida cautelar.

El 22 de febrero  pasado el magistrado Ramiro Aponte Pino levantó temporalmente la medida cautelar fijada el 17 de julio de 2015, permitiendo la generación de energía eléctrica por un lapso de seis meses que están corriendo.

El togado resolvió 38 solicitudes formuladas por todos los actores, entre ellas varios incidentes desacato , entre ellos por parte de Emgesa, que mantuvo vigente. Lucio Rubio Díaz, asumió la defensa. El ex magistrado Eduardo Cifuentes, ex presidente de la Corte Constitucional atiende el proceso.  Los demás temas se operan ahora desde la Fiscalía.
 

Racha de incumplimientos

La medida cautelar fue ordenada por el Tribunal Administrativo del Huila el 5 de febrero de 2015  y ratificada 17 de julio del mismo año amparado en el principio de precaución, para precaver -o mitigar- la ocurrencia de un daño ambiental irreversible.  Sin embargo, fueron desatendidas. Una semana antes del llenado, la Anla autorizó 14 modificaciones a la licencia ambiental.  Después  prohibió la realización de las pruebas técnicas, las cuales se realizaron. Finalmente prohibió la generación de energía.

A pesar de las medidas cautelares, el  6 de octubre  el presidente Juan Manuel Santos expidió  Decreto Legislativo 1979 autorizando  la generación de energía.  

La Anla, el 30 de octubre de 2015 expidió la Resolución 1390, confirmando in extenso la Resolución 759 del 26 de junio de 2015 (la cual, a su vez, había modificado acápites de la licencia ambiental.

Soportado en una nuevo informe técnico de la CAM, el Tribunal Administrativo confirmó que la multinacional Emgesa no ha cumplido con el retiro total de los escombros vegetales y confirmó la medida cautelar que prohibía la generación de energía.

De paso, dejó sin efectos legales, el decreto presidencial con fuerza de ley, argumentando que esa decisión “se sustentó en circunstancias fácticas extrañas a la realidad”. 

Según el reporte técnico de la Cam, se vislumbra una alta contaminación del río Magdalena por la descomposición de los grandes volúmenes de madera no retirada con consecuencias posiblemente irreversibles en los temas ambientales, sociales y económicos.

La medida producida antes del receso judicial de fin de año desató una tormenta en la Casa de Nariño.

El 11 de diciembre la Corte Constitucional tumbó el decreto presidencial y dejó sin piso la autorización para la generación de energía.

Según la Corte la orden del Gobierno Nacional fue impartida “con el propósito deliberado de desconocer lo dispuesto en una decisión judicial válidamente adoptada por el Tribunal Administrativo del Huila”.

En su criterio, “el Gobierno Nacional autorizó el inicio de la generación de energía eléctrica en el proyecto hidroeléctrico El Quimbo, con conocimiento pleno de la existencia de un proceso judicial que curso en el Tribunal Administrativo del Huila”.

El 16 de diciembre, Emgesa apagó las turbinas acatando otro fallo de la Corte Constitucional
 

Emgesa estaba autorizada

Según Emgesa, propietaria del complejo hidroeléctrico, el llenado se inició con autorización de la Anla.  “retiró más madera y biomasa de la acordada”.

La compañía  reiteró el cumplimiento de los requerimientos conforme a las autorizaciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla).  La entidad, en efecto,  mediante Resolución 0759 proferida el 26 de junio firmada por su director Fernando Iregui Mejía, le introdujo 14 modificaciones, excluyendo 937 hectáreas ubicadas en suelo rocoso, erosivo y en zonas de alta pendiente (compensándose con la extracción de un mayor volumen de biomasa).

Según Emgesa, la Anla permitió que las ramas de diámetros pequeños se apilaran y aislaran en barreras contrafuegos de por los menos 10 metros de ancho. Esa modificación garantizó que se sacara más material del que se exigía en la licencia original; en razón a que no estaba previsto retirar la biomasa cuyo diámetro fuera inferior a cinco centímetros y no era necesario que la totalidad del material vegetal se extrajera antes de que se iniciara el llenado del embalse. Incluso, las actividades de retiro y llenado se pueden realizar simultáneamente, como en efecto se viene haciendo.
 

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