La Corte Constitucional ordenó incluir la categoría “no binario” entre “los marcadores de sexo en el esquema de identificación ciudadana” a través de la sentencia T-033 de 2022.
Luego de estudiar la demanda de una persona que no se reconoce en las categorías tradicionales de “hombre” y “mujer”, el alto tribunal tomó esta decisión. De igual forma, la Corte Constitucional determinó que se le vulneraron sus derechos a la dignidad humana, a la personalidad jurídica, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de conciencia, al negar tanto el cambio de nombre como la modificación de los documentos de identidad con una denominación con la que se sintiera identificado.
En esta determinación, la Corte Constitucional exhorta al Gobierno Nacional y a la Registraduría, para que modifiquen e incluyan la categoría “no binario” en los documentos de identidad, en los próximos seis meses.
El alto tribunal también advirtió que si después de los seis meses la regulación no se ha implementado “las personas (…) que cumplan con los requisitos para la corrección del componente sexo podrán cambiar ante las autoridades competentes la asignación del género no binario en sus documentos de identidad”.
Finalmente, el Congreso tendrá un plazo de dos años para que “regule todos aquellos derechos, obligaciones y servicios que encuentran en el sexo o en el género, un criterio de asignación”.