El Ministerio de Hacienda publicó el borrador del Proyecto de Decreto que deroga la exención del impuesto sobre las venta- IVA para el próximo 2 de diciembre de 2022. Además, la reforma tributaria próxima a convertirse en ley, acaba con ese beneficio a partir del 2023.
CATERIN MANCHOLA
Finalmente, el Gobierno Nacional liderado por el presidente Gustavo Petro sí acabará con los días de la exención del impuesto sobre las venta- IVA que tanta polémica han causado desde que comenzó a estudiarse la reforma tributaria ‘para la Igualdad y la justicia social’.
Durante el debate de la reforma el Ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo intentó tumbar la jornada incluyendo artículos que durante el estudio de la medida no fueron apoyados por varias bancadas, es así como el Gobierno cedió incluso hasta modificar la medida. Y fue entonces cuando se habló de que sería solamente para productos nacionales, a desarrollarse el próximo 2 de diciembre.
Más adelante, en los debates se estableció que definitivamente a partir del 2023 no habrá más de esta jornada de exención quedando así anunciado que el último día se desarrollaría en el próximo mes y por eso el sector comercio y muchas familias se venían preparando ante el esperado día.
Sin embargo, ayer el Ministerio de Hacienda publicó el borrador del Proyecto de Decreto que deroga la exención del impuesto sobre las venta – IVA para el próximo 2 de diciembre de 2022. El documento se encuentra en la atapa de comentarios.
El día sin IVA viene desde el gobierno de Juan Manuel Santos, pero solamente fue posible durante el periodo de Iván Duque en el año 2020, quien más adelante la dejó en firme a través de su última reforma tributaria.
Pero por su parte el gobierno Petro siempre ha insistido en que son más los perjuicios que los beneficios. La Dian contextualizó que “implicaría un costo fiscal de $276mil millones”. Además, “el festivo tributario se aprovecha para ofrecer promociones y descuentos que en últimas terminan explicando los mayores valores en ventas, y que se hubieran podido implementar sin necesidad de renunciar al recaudo por concepto de IVA”. Incluso que “no constituyen necesariamente alivios tributarios sustanciales para las personas o que los aumentos en las ventas terminan sin efecto, porque los contribuyentes reducen sus compras antes y después del impulso asociado al festivo”.
La derogación de la medida se daría el próximo 25 de noviembre.