Gobierno tomó el control de Viva Air

La Superintendencia de Transporte anunció que el Gobierno toma el control de la aerolínea, luego del cese de operación ordenado por Viva Air que dejó varados a miles de pasajeros en los principales aeropuertos del país.

Redacción Web/LN

Por medio de un comunicado, la Superintendencia de Transporte anunció el día de hoy que se tomará el control de Viva Air, luego de una lamentable afectación a los pasajeros y empleados de la compañía, pues la aerolínea tomó la decisión el pasado 27 de febrero de suspender la operación.

El Estado podrá intervenir cuando se presenten situaciones externas o ajenas a los productores nacionales que afecten o distorsionen las condiciones de competencia en los mercados de productos nacionales, según lo consignado en el Artículo 32 de la Ley 1340 de 2009.

“En el marco de sus competencias, la Superintendencia de Transporte, mediante la Resolución No 705 del 3 de marzo de 2023, tomó la decisión de imponer la medida de sometimiento a control a la aerolínea Fast Colombia S.A.S., en Proceso de Recuperación Empresarial, la cual se notifica hoy 6 de marzo de los corrientes”, informó en un comunicado de prensa el Ministerio de Transporte.

Dentro de las medidas especiales para el caso de Viva Air están las siguientes:

    • Presentar un Plan de Recuperación y Mejoramiento a través del cual se tomen acciones para resolver las situaciones críticas que dieron origen a la imposición de la medida. Para esto tendrá un plazo de dos días, contados a partir de la notificación de la resolución.
    • Deberá presentar un reporte de información necesaria que permita determinar el órgano de administración o agente externo que tomó la decisión administrativa y operativa de suspender la prestación del servicio público aéreo y los análisis técnicos, administrativos y financieros en que se soportó esta decisión.
    • Se conmina a los administradores de Viva Air, que en febrero entró a un proceso de recuperación empresarial, para que se abstengan de realizar actos contrarios a la ley.
    • Se conmina a la aerolínea a restablecer la sede administrativa y los servicios asociados a ellos, dentro de los tres días calendario, a partir de la notificación del acto administrativo.
    • Conmina a Viva Air a que, dentro del día hábil siguiente a la ejecutoría de este acto administrativo, defina a los pasajeros el estado de reservas emitidas y confirmadas.
    • Se advierte a dicha aerolínea que cualquier reforma estatutaria deberá ser presentada a la SuperTransporte para que la misma autorice su solemnización.

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