Un siglo después
Determinar si K. Th. Preuss robó las estatuas, si fue abusivo o actuó movido por un interés noble, es un ejercicio que involucra aspectos legales, culturales y sociológicos. No debe desconocerse que el país de hace un siglo es completamente distinto al de hoy y que en ese entonces el tráfico de antigüedades era una práctica común en países como Alemania, Inglaterra y Francia. Por tanto, los testimonios de hace muchos años y las opiniones de personajes actuales que dejan muy mal parado al etnólogo, deben contrastarse con la mirada de expertos ya fallecidos o actualmente vigentes y del mismo Gobierno.
El desaparecido Luis Duque Gómez, prestigioso arqueólogo colombiano que por años vivió en la zona arqueológica, no condenaba ni absolvía al científico. En un artículo de ‘Historia general del Huila’ (tomo 1), sostuvo: “A Preuss y otros viajeros extranjeros les fue fácil sacar estatuas y otros objetos arqueológicos de San Agustín, pues en la época en que visitaron la zona todavía no existía una legislación que amparara la defensa del patrimonio histórico y artístico del país”.
El ex alcalde Calderón Molina también considera que no hubo abusos del alemán por dos razones: “Primero, llevar piezas arqueológicas de San Agustín o de cualquiera otro lugar, no era en ese tiempo una novedad ni se le consideraba un atropello al patrimonio cultural. Segundo, no existía una conciencia pública sobre el valor de las mismas ni existían leyes que expresamente lo impidieran”. En idéntico sentido se pronunció el arqueólogo Héctor Llanos Vargas, autor del libro ‘Los jaguares chamanes de San Agustín’: “Hay que ver a Preuss en su contexto histórico, él no era un saqueador” (El Tiempo, 23.01.2013).
Carlos Alirio Esquivel, presidente de la Asamblea del Huila, también justificó la actuación del etnólogo: “Así como él sacó estatuas ―con anuencia o no del gobierno― otros también lo hicieron, pero eso se debió a que no había las prohibiciones legales que solo surgieron muchos años después”. Por su parte, Fabián Sanabria, director del Instituto Colombiano de Antropología e Historia ―Icanh― estimó que aunque Preuss hizo moldes en yeso “y se llevó unas estatuas porque no había protección de ese patrimonio”, su presencia en San Agustín “no es la historia de un señor que vino a saquear”.
Luis Armando Soto Boutín, director de Asuntos Culturales de la Cancillería y Olga Lucía Rivera Díaz, jefe de la Oficina Jurídica del Icanh, coinciden con otros especialistas en señalar que el explorador no infringió la ley. En respuesta a un derecho de petición enviado por el autor de este reportaje, los ministerios de Relaciones Exteriores y Cultura (representado por el Icanh), indicaron: “…para la fecha de las excavaciones realizadas por Preuss y la sustracción de las piezas del país, dichas actividades no se configuraban como delitos en el ordenamiento penal colombiano”.
Ante la inexistencia de la norma expresa que sancionara la apropiación irregular de bienes arqueológicos, teniendo en cuenta que los predios en los que se hicieron las excavaciones eran de particulares, es válido preguntar si se violó o no el Código Penal de entonces (Ley 19 de 1890). En particular, el artículo 771: “Comete robo el que quita o toma lo ajeno con violencia o con fuerza y ánimo de apropiarse”. O el 792: “Comete hurto el que quita o toma lo ajeno fraudulentamente, con ánimo de apropiárselo, sin fuerza ni violencia…” O el 800: “El que retenga la cosa ajena que se ha encontrado, sabiendo quién es el dueño, o que no sabiéndolo no dé cuenta a la autoridad…” O el 904: “El que sin fuerza ni violencia, pero sin el consentimiento del dueño de una cosa, se apoderare de ella, a sabiendas y maliciosamente, no para apropiársela, sino para servirse de ella…” O el 906: “Si el que ha usado de la cosa, la enajenare o rehusare devolverla al dueño…”
El penalista Raúl Eduardo Sánchez estima que si se intenta un ejercicio jurídico sobre la conducta de Preuss con base en las normas penales de hace un siglo, habría que tener en cuenta el ingrediente subjetivo de tipo penal, es decir, si él tuvo ‘ánimo de apropiarse de una cosa’. Para este catedrático de la Universidad del Rosario, “es difícil establecer si hubo ese deseo porque, al parecer, él quería exhibir su obra y sentir orgullo de su descubrimiento y no apropiarse de una cosa. Por tanto, debido a la imposibilidad de establecer un dolo penal por faltar el ánimo y el uso de la violencia y ante la falta de una legislación aplicable en la materia, se podría invocar el principio ‘in dubio pro reo’ (la duda favorece al procesado) y por falta de pruebas, en sentido hipotético, Preuss podría ser absuelto”.
Además de su conducta frente a la ley penal, también es cuestionable su comportamiento ético. Un ensayo de la antropóloga Paulina Alcocer publicado en la revista ‘Artes de México’ (núm. 85), demuestra que el etnólogo, respetado por su elogiado trabajo en tierras nayaritas, allá actuó de manera muy diferente a la época en que vivió en San Agustín, se internó en selvas del Caquetá y estudió a los koguis. El documento, titulado ‘Konrad Theodor Preuss’, revela que su expedición a la Sierra Madre Occidental para estudiar a los indígenas cora y huichol, inicialmente pretendía conseguir objetos para el Museo Etnológico de Berlín que no poseía “ningún material arqueológico ni etnológico proveniente de ahí”. Más adelante, la historiadora mexicana revela que “Los objetos arqueológicos iban a transportarse ilegalmente a Berlín y a enriquecer las colecciones ya mundialmente famosas del Museo Real de Etnología de Prusia”, pero que Preuss no obedeció la orden de su jefe en Berlín de llevar material arqueológico y “Decidió respetar la legislación mexicana que, ya entonces, prohibía la exportación de antigüedades…”
Resulta evidente que el doctor y profesor K. Th. Preuss ―director del Museo Etnológico de Berlín, miembro de la Real Academia de Ciencias de Ámsterdam e integrante de la Academia de Historia de Quito― fue rigurosamente pulcro entre 1905 y 1907 cuando respetó a rajatabla las leyes mexicanas que impedían el comercio de bienes arqueológicos, pero no actuó con el mismo rigor legal ni con idéntica rectitud en Colombia, seis años después, tal vez porque sabía, como bien lo señalan la Cancillería y el Icanh, que esas actividades no eran delictivas.
Aunque la comparación de testimonios y documentos con la normatividad penal de entonces ―cuya violación contemplaba multas, arresto, prisión o presidio― genera serios interrogantes legales sobre su buen proceder o su mala fe, no hay duda de que la ‘exportación’ irregular de ‘su’ cargamento deja el desagradable sabor de una actitud abusiva, indelicada e irrespetuosa y que, como decía Escalona en su canto, se podría tratar de otro ‘ratero honrado’. Cuento aparte lo constituye la total pasividad ―por no decir silencio cómplice― de las autoridades colombianas que necesariamente debieron enterarse de la pública y notoria presencia de un alemán que vivió seis años en el país y lo atravesó norte a sur y de sur a norte sin que nadie se tomara el trabajo de preguntarle qué estaba haciendo. Esa omisión absurda, que también cumple un siglo, solo se subsanaría si las estatuas vuelven a su tierra y, claro, si Alemania colabora.
Los aportes de Preuss
Es incuestionable la trascendencia de los estudios arqueológicos, etnológicos, sociológicos y antropológicos realizados por este hombre de ciencia para desentrañar y comprender la vida de importantes culturas precolombinas. Tampoco se puede desdeñar su obsesión intelectual por exhibir en un museo especializado, ante la aristocracia alemana y connotados americanistas, aquellas “… figuras gigantescas en piedra, testigos únicos y mudos de una civilización remotísima y enigmática”. Gracias a él, muchos hombres de ciencia y gentes del común, se interesaron por una tierra que borrosamente aparecía en los catálogos culturales de entonces. Su nombre, transcurrida una centuria, es un referente ineludible en el mundo de la etnología y la arqueología.
Los testimonios lo demuestran. Hermann Walde–Waldegg dijo en el proemio de ‘Arte monumental prehistórico’ que ese libro fue pionero en el país porque trató de manera ‘profunda y científica’ una de las más interesantes culturas americanas. Para el arqueólogo Gregorio Hernández de Alba, ‘la arqueología Colombia se enriqueció con su presencia’. El español José Pérez de Barradas, también arqueólogo, se declaró su admirador y lo calificó de ‘verdadero sabio’. Luis Duque Gómez ponderó su expedición de 1913 y consideró que fue ‘el primer reconocimiento sistemático’ de San Agustín. Pablo Gamboa destacó su análisis sobre la variedad de formas artísticas de las esculturas y Hermann Parzinger estimó que uno de sus principales aportes consistió en interpretar las estatuas desde el punto de vista histórico-religioso.
Para Duque Gómez y Llanos Vargas, la exploración de Preuss ‘marcó el inicio de las modernas investigaciones arqueológicas en Colombia’ y obligó al Estado a expedir las primeras normas para proteger el patrimonio arqueológico. Es innegable que las disposiciones surgieron por la gran resonancia en Europa de los hallazgos de Konrad Theodore ―catalogados del mismo nivel de los tesoros del faraón Tutankamón― pero sobre todo, por las denuncias de la ‘exportación’ indebida y la receptividad que hubo en algunos sectores políticos.
Además de las Leyes 48 de 1918, 119 de 1919 y 47 de 1920, que establecieron los parámetros iniciales para impedir la expoliación de objetos artísticos, debe destacarse la Ley 103 de 1931, que declaró de utilidad pública los monumentos y objetos arqueológicos de San Agustín, Pitalito y el Alto Magdalena. Tiempo después, se aprobaron las Leyes 14 de 1936 y 163 de 1959 y se crearon el Instituto Etnológico Nacional y el Servicio Arqueológico Nacional. En 1995 San Agustín, Isnos y Tierradentro fueron declarados Patrimonio de la Humanidad por la Unesco y más adelante, con la creación del Ministerio de Cultura y el nuevo rol del Icanh, se consolidó un moderno régimen jurídico que protege los bienes que los abuelos llamaban guacas, entierros, precolombinos, tesoros, monumentos o antigüedades.
El lío de la repatriación
El 12 de diciembre de 2012 David Dellenback y numerosos habitantes de San Agustín enviaron un derecho de petición a la ministra de Cultura, Mariana Garcés y al director del Icanh, Fabián Sanabria, para solicitarles que tramitaran por vía diplomática ante el gobierno de Alemania la “repatriación de 35 piezas arqueológicas líticas que ilegalmente se encuentran en el Museo Etnológico de Berlín”. Los agustinianos consideran que el patrimonio colombiano “fue lesionado por el traslado ilegal” de esas esculturas de San Agustín, Briceño e Iscandoy por parte de Preuss y piden que una vez sean recuperadas las ubiquen en el Parque Arqueológico o en algún lugar del Macizo Colombiano. Mes y medio después, el Icanh respondió que por sus implicaciones legales, patrimoniales e internacionales, todo procedimiento relacionado con las estatuas debía contar con la participación de diversas entidades.
Dellenback ―quien viajó a Berlín en 1992 para conocer, registrar y dibujar las figuras ‘exportadas’ y plasmarlas después en su libro ‘Las estatuas del pueblo escultor’― constató que durante más de 80 años esos bienes han estado arrumados en una bodega sin que ninguna autoridad colombiana haya hecho nada para recuperarlas. “Sin tener en cuenta el mercado negro, en Alemania está la principal caleta de estatuas de San Agustín y del Macizo que hay en el mundo. De las 35, solo tres están exhibidas, las demás no han sido mostradas”, manifestó este hombre de Oregon que no puede creer cómo 28 gobiernos han sido incapaces de hacer respetar “un patrimonio imprescriptible, inextinguible, inembargable e inalienable”. Esa negligencia se nota en la carta de Parzinger a Dellenback en la cual refiere que las estatuas, con el auspicio de los embajadores, se han expuesto en Colonia (1962) y Bonn (1986). Para infortunio del país, el remitente revela que en esas ni en otras ocasiones “Los representantes del gobierno de Colombia no pidieron su repatriación”.
En la respuesta al derecho de petición enviado por el autor de este informe, la Cancillería y en Icanh informan que funcionarios de la embajada colombiana visitaron el Museo Etnológico de Berlín en marzo de 2013 y constataron que hay tres estatuas en exhibición y que “otras (sin indicar número), se encuentran en la colección de estudios del museo”. Sorprende que los diplomáticos no se hayan tomado el trabajo elemental de verificar el número exacto de esculturas, tal lo hizo el particular David Dellenback, y que para suplir esa deficiencia simplemente inviten a visitar la página web del museo.
En relación con las diligencias adelantadas para recuperar la estatuaria con fundamento en leyes nacionales y tratados internacionales como la Convención de la Unesco de 1970, la Cancillería y el Icanh le advirtieron al periodista sobre posibles obstáculos legales, entre ellos, el principio ‘ratione temporis’ (razón de temporalidad). Según este concepto, “el mecanismo de la restitución previsto en la precitada norma no resultaría aplicable” debido a que las piezas “habrían sido sustraídas entre 1906 y 1914 (sic)” y porque la Convención entró en vigencia para Colombia y Alemania en una fecha posterior a la ocurrencia de los hechos. Al indagar sobre la posibilidad de un gesto de buena voluntad por parte de Alemania sin que sea necesaria una indemnización a esa nación según contempla la Convención, las entidades esgrimieron una trillada frase de cajón: “El gobierno de Colombia sigue trabajando en el fortalecimiento de los lazos de amistad y cooperación con Alemania, lo cual ha permitido que las relaciones entre ambos países atraviesen un gran momento…”
Las quejas de los agustinianos y la inconformidad regional están produciendo los primeros resultados. En declaraciones publicadas por El Tiempo el 15 de septiembre, el director del Icanh, Fabián Sanabria, confirmó que viajará en noviembre a Berlín para estudiar las 21 estatuas y ratificó que su eventual repatriación “es un proceso complejo y diplomático porque, para la entidad, no se trató de un tráfico ilegal de piezas”.
Mientras comienza ese trámite, el Ministerio de Cultura celebra el Año de San Agustín, una conmemoración que omitió la obligación constitucional de readquirir bienes arqueológicos agustinianos que están en poder de particulares en Alemania, Estados Unidos, Inglaterra y Chile (art. 72 C. N.). En la programación, que ha debido ser menos inmediatista y más futurista, no se planteó un estudio sobre la posible creación de una facultad de Arqueología en la región ―como lo sugirió el exministro Germán Arciniegas en 1998― ni se propuso el análisis crítico y escrito de la herencia de Preuss ni se programó el montaje de una moderna página web del Parque Arqueológico tal como la tienen otros patrimonios arqueológicos. En cambio, se realizará en Bogotá la interesante exposición ‘El retorno de los ídolos’, vendrán gurúes de la Arqueología y la Etnología, el Museo Luis Duque Gómez tendrá nueva cara, se emitirá un documental y la Sinfónica de Colombia brindará en el Lavapatas un concierto en el que no habrá música del Huila pero sí del alemán Beethoven en homenaje al germano Preuss.
Para bien y para mal, la arqueología colombiana siempre tendrá la impronta de Preuss. Quienes lo exaltan y dicen que no ha habido justicia con él, podrían recordarlo retomando la ingenua despedida de Gustavo Muñoz en 1914: “¡Perdone!”. Aquellos indignados por sus ‘exportaciones’, los cien años de desidia estatal y el cúmulo de homenajes, tal vez lo evocarían al estilo bogotano: “¡Le salimos a deber!”.